Tengo un baño de uso personal en un local dedicado a copias e impresiones. El baño tiene 1 x 1,85 m. El ayuntamiento de SanSebastián de los Reyes (Madrid) me obliga ha hacer un vestibulo dentro del baño y para tal fin colocar una puerta entre lavabo e inodoro que no cabe. ¿Es verdad que la normativa lo exije? Muchas gracias
¿Es verdad que la normativa lo exige colocar una puerta entre lavabo e inodoro en local comercial?
Tengo un baño de uso personal en un local dedicado a copias e impresiones. El baño tiene 1 x 1,85 m. El ayuntamiento de SanSebastián de los Reyes (Madrid) me obliga ha hacer un vestibulo dentro del baño y para tal fin colocar una puerta entre lavabo e inodoro que no cabe. ¿Es verdad que la normativa lo exije? Muchas gracias
3 Respuestas

La normativa lo pide pon una de fuelle y ya esta solucionado el problema

Buenas noches Jorge.
Me temo que sí... tengo varias actividades en Madrid de diversos clientes y en todas ellas hay que separar la zona de inodoro con un anteaseo, normativa de la Comunidad de Madrid y casi seguro, de la inmensa mayoría de Ayuntamientos.
No obstante, en la legalización de cualquier actividad comercial, se tiene que cumplir con normativa nacional, autonómica, local y sectorial (si existiese)... así que el Ayuntamiento es "el primer filtro", lo primero que hay que cumplir y por encima, toda entidad superior (Comunidad de Madrid), así que si su Ayuntamiento se lo ha indicado, me temo que así tiene que ser... otra cosa es que se puede hacer, pues si el local es pequeño, si en el local no se van a hacer obras, si la licencia es vigente... salvo que el Ayuntamiento tenga una ordenanza o normativa específica que obligue sea la naturaleza que sea la actividad y el local, aunque ello implique nueva obra, podría existir alguna vía de escape, pero habría que estudiar el caso.
Hay casos y casos... tengo un caso similar al suyo en el centro de Madrid, un local muy pequeño (8,5 mts2) dónde el titular anterior hizo un baño para personal sin separación entre inodoro y lavabo, con superficies inferiores a lo establecido normativamente y para colmo, en un edificio con un determinado grado de protección arquitectónica, así que, como no se va a tocar la zona de servicio en la obra y como no hay distribución posible que permita agrandar el baño, el Ayuntamiento nos permite la separación con una pequeña puerta corredera.
Si lo desea, puedo estudiar el caso a ver que podemos hacer
empresas.habitissimo.es/pro/compas-y-cartabon
Gracias. Un saludo.

Depende de los ayuntamientos, pero en la gran mayoria si es asi
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