Buenos días a todos,quisiera hacer una pregunta,ya que mi arquitecto no me está atendiendo. He construido una casa recientemente y,por motivos económicos,tuvimos que eliminar la aerotermia. Actualmente,la vivienda no cuenta con calefacción,ya que planeamos instalar una estufa de pellets canalizable en el futuro. En cuanto al agua caliente sanitaria,hemos instalado un termo de 80L. Mi pregunta es: ¿es obligatorio tener calefacción para obtener la licencia de primera ocupación? El ayuntamiento me solicita el certificado térmico y actualmente no lo tengo porque el termo no supera los 5 kW de potencia nominal. Muchas gracias.
CALEFACCIÓN
Buenos días a todos,quisiera hacer una pregunta,ya que mi arquitecto no me está atendiendo. He construido una casa recientemente y,por motivos económicos,tuvimos que eliminar la aerotermia. Actualmente,la vivienda no cuenta con calefacción,ya que planeamos instalar una estufa de pellets canalizable en el futuro. En cuanto al agua caliente sanitaria,hemos instalado un termo de 80L. Mi pregunta es: ¿es obligatorio tener calefacción para obtener la licencia de primera ocupación? El ayuntamiento me solicita el certificado térmico y actualmente no lo tengo porque el termo no supera los 5 kW de potencia nominal. Muchas gracias.
6 Respuestas
Yo no lo hubiera explicado mejor. Totalmente de acuerdo con lo indicado por Sergio
Buenos días,
Para obtener la licencia de primera ocupación (LPO), el ayuntamiento suele exigir el Certificado de Instalación Térmica según el RITE (Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios).
❗ No es obligatorio que la vivienda tenga calefacción instalada, pero sí es obligatorio que la instalación térmica prevista en el proyecto esté ejecutada o, si ha habido cambios, que el técnico los justifique y certifique.
En tu caso:
• Si en el proyecto original figuraba aerotermia, el arquitecto o un ingeniero debe modificar el proyecto y justificar que ahora la vivienda solo cuenta con ACS mediante termo eléctrico.
• El termo de 80 L está dentro del RITE incluso si no supera los 5 kW, pero sí requiere un pequeño certificado (Memoria técnica o Certificado de instalación), que debe firmar un técnico habilitado.
• El ayuntamiento pide ese certificado para comprobar que la instalación cumple el RITE y el CTE, aunque no tengas calefacción instalada todavía.
???? En resumen: no te pueden exigir tener calefacción, pero sí que la instalación térmica declarada cumpla la normativa y esté certificada por un técnico. Lo ideal es que tu arquitecto o un ingeniero te haga el certificado o la modificación del proyecto. Espero te ayude ala información GRUPO CANALES REFORMAS & MULTISERVICIOS
Buenas tardes.
Todo lo expresado bien y por otra parte incompleto... estamos viéndolo solamente desde el punto de vista de instalación, RITE, etc... el problema es que esa instalación que ya no está, afecta (seguro) a la calificación y eficiencia energética final de la vivienda y, si hay un valor determinado en proyecto y sin la instalación no cumple el mínimo necesario para vivienda nueva, puede que no le quede más remedio que instalar calefacción para cumplir con dicha certificación energética.
Saludos.
Muchas gracias José Luis como siempre por tus aclaraciónes. La cuestión es que mi arquitecto no me responde porque hemos salido mal parados (demanda incluida) y no quiere ya hacerme nada.
Os quería preguntar, ¿si viene un técnico externo y me hace el RITE del termo eso le valdría al ayuntamiento? Pero claro según me comentas posiblemente el ayuntamiento (que ya le he dicho que solo hay un termo) me ha contestado de nuevo lo del certificado térmico y como bien me dicen (Certificado de instalación térmica. Deberá presentar justificación del arquitecto director de
las obras, indicando el sistema de calefacción de la vivienda, y justificando el Documento
Básico de Ahorro de Energía del Código Técnico de la Edificación). Con lo que tengo un problema y no se ya cómo afrontarlo. Teníamos pensado poner una estufa de pellets canalizable y luego en ACS si no valiese el termo poner un Aerotermo.
Hola, lo que pides está en el reglamento RITe, por partes, El agua caliente sanitaria: un termo no es válido debe tener un 60 % de contribución de energía renovables y eso debe quedar justificado.
Un termo tradicional no es una energía renovable.
Necesitarás un Rite o un ITE, es decir, un boletín de instalaciones térmicas y la persona que firma ese boletín no puede certificar esto porque no cumple reglamento.
La solución es instalar por ejemplo Una Aerotermia de solo agua caliente, en nuestra web tienes ejemplos con instalacion incluida.
Calefaccion, una vivienda debe quedar dentro de unos márgenes de temperatura y debe quedar justificado, por lo que se tiene que justificar como vas a dejar la vivienda dentro de esos márgenes.
El reglamento no especifica que tengas que instalar un sistema u otro, especifica que debe quedar dentro de unas condiciones relativas a temperatura y humedad.
Es decir necesitas un sistema que sea capaz de hacerlo.
Volvemos a lo mismo, el que te firme, el boletín térmico deberá justificar como lo ha solucionado.
Y por último, no te olvides de la justificación de ventilación, un gran olvidado, que se justifica en el certificado térmico.
Toda vivienda debe cumplir una serie de características de extracción, ventilación, renovación de aire y debe también quedar justificado.
Un saludo
Muchas gracias Sergio por tu respuesta. Básicamente sin mi arquitecto tengo un problema que tendré que solucionar como me comentas con un técnico que venga a la vivienda, vea el panorama y me haga un certificado térmico como dios manda.
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