Hola
Me gustaría saber si es posible cambiar la caja del cuadro de luces por una más grande sin tener que modificar el boletín de la luz. Tengo el cajetín en el hall de entrada de la casa, el cual no me permite instalar más diferenciales por falta de espacio. Voy a pintar dicha estancia y quería ampliar el cajetín para disponer más diferenciales en el futuro y así poder individualizar el horno, vitrocerámica, iluminación, etc. Gracias.
¿Es posible cambiar el cuadro de luces sin modificar el boletín de la luz?
Hola
Me gustaría saber si es posible cambiar la caja del cuadro de luces por una más grande sin tener que modificar el boletín de la luz. Tengo el cajetín en el hall de entrada de la casa, el cual no me permite instalar más diferenciales por falta de espacio. Voy a pintar dicha estancia y quería ampliar el cajetín para disponer más diferenciales en el futuro y así poder individualizar el horno, vitrocerámica, iluminación, etc. Gracias.
8 Respuestas

Hola!
No hace falta, aunque si vais a cambiar la potencia si será necesario.

Si, sin problema ya que solo sustituyes la caja por una de mayor tamaño

Siempre y cuando no superes el 50% de la potencia con la modificación hecha, no tendrás que hacer nuevo boletín.
Eso sí, las modificaciones tienen que ir conforme al REBT.

No es necesario sino se aumenta la potencia

No se necesita boletín para renovar el cuadro general de protección, lo que si que que hacer es colocar las protecciones a normativa vigente para que no se te pueda prender fuego la instalación o la vivienda.

Buenos días Ricardo,
Los certificados de instalación eléctrica o boletines eléctricos, tienen una validez de 20 años, trascurrido ese periodo de validez, es necesario emitir un certificado si se realiza cualquier modificación en la instalación eléctrica.
Nos pueden solicitar un CIE en los siguientes casos:
Cuando solicitamos una modificación en el contrato de suministro eléctrico, ya sea un aumento o disminución de potencia o un cambio de tarifa, siempre y cuando el boletín anterior no sea válido.
Cuando solicitamos un aumento de potencia superior a la potencia máxima admisible.
Cuando solicitamos un cambio de tensión.
Cuando se solicita un alta en vivienda nueva.
Cuando se solicita una reactivación del servicio y el certificado anterior esta caducado
Cuando se realiza un modificación de la instalación que supere el 50 % de la potencia instalada.
Cuando lo requiera la compañía suministradora.
En su caso, si la modificación del cuadro no supera el 50 % de la potencia instalada, se puede realizar sin tener que solicitar un nuevo CIE.
Si se encuentra en la Comunidad de Madrid, estariamos gustosos de atender sus necesidades.
Un saludo.

No hace falta cambiar el boletin si no pides mas potecia

Siempre y cuando la potencia demandada no supere la contratada, en ese caso tendrías que hacer un aumento de potencia.
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