Soy autopromotor. Firme contrato con constructor que ha inciado obras, emitido facturas y estas abonadas hasta la fecha. La ultima factura no esta bien por errores en mediciones y pedi al aparejador una certificacion. El aprejador concerto una visita de obra conmigo y con el constructor a la cual este ultimo no se presento, ni contesta a las llamadas, wsp, mensajes, emails, ni mios ni del aparejador. Mientras tanto la obra va retrasada y al ralentí.
¿Puedo dar por finalizada la relacion contractual y contratar otro constructor?
¿Puedo dar por finalizada la relación contractual y contratar otro constructor?
Soy autopromotor. Firme contrato con constructor que ha inciado obras, emitido facturas y estas abonadas hasta la fecha. La ultima factura no esta bien por errores en mediciones y pedi al aparejador una certificacion. El aprejador concerto una visita de obra conmigo y con el constructor a la cual este ultimo no se presento, ni contesta a las llamadas, wsp, mensajes, emails, ni mios ni del aparejador. Mientras tanto la obra va retrasada y al ralentí.
¿Puedo dar por finalizada la relacion contractual y contratar otro constructor?
10 Respuestas

Buenos días.
Completamente de acuerdo... está claro que si no atiende a ninguna forma de contacto "algo se huele", por lo que es muy importante que el compañero aparejador emita un dictamen y certificación lo más exacto posible y bien documentado y, por medio de un abogado, se comunique fehacientemente la opción de reunión para alcanzar un acuerdo de rescisión y liquidación (el abogado deberá estudiar previamente el contrato entre las partes) y, si no se alcanza el acuerdo, interponer demanda, solo entonces podrá retomar la obra otro constructor.
Si no se dan estos pasos (intento de acuerdo y liquidación firmado / demanda) por desgracia, podría alegar desinformación e indefensión para hacer valer la totalidad del contrato pasado un tiempo.
Si la situación está como está, merece la pena que invierta ahora en dicho dictamen y ayuda legal... se lo digo con conocimiento de causa, tengo dos casos similares, uno de nueva construcción de edificio de viviendas en el que me incorporé a finales del pasado año dónde pese a parar la obra seis meses, se dieron los pasos correctos, ahora está la obra en vías de finalizarse y la demanda sigue su curso por otro lado... y otro caso de reforma de gran calado en vivienda particular en el que actualmente estoy trabajando para documentar técnica y económicamente el punto de corte y rescisión, pese a tener que detenerse también la obra.
Gracias. Un saludo.

Gracias.
Entiendo entonces que debo pasar obligatoriamente por el juzgado?
Y que en el momento de plantear la demanda es cuando puedo contratar a otro constructor sin esperar a que se resuelva la demanda?

Buenas tardes.
Si hay un acuerdo de liquidación, el abogado deberá encargarse de redactar un documento dónde quede claro que eso es lo que hay, que el constructor debe asumir la parte porcentual de responsabilidades y garantías sobre lo que ha ejecutado y, que cualquier vicio oculto o problema derivado de su trabajo que pudiera aparecer, le será notificado, indicándose claramente la cantidad en la que se cierra liquidación y que no habrá posibilidad de reclamación de cantidad sobre la liquidada a posteriori... si firma ese acuerdo en un despacho o en una sala de mediación, podrá retomar los trabajos; si no acceder y acaba en el Juzgado, depende de lo que diga su abogado... los hay que ven viable seguir con los trabajos si el dictamen que usted tenga es suficientemente amplio para que no quede lugar a dudas en un futuro del estado de la obra (el caso que le comentaba del año pasado, redacté un informe de más de 600 páginas con muchísima información gráfica), otros letrados no ven viable seguir en tanto no se resuelva al demanda... y en función de la provincia, puede haber unas variaciones terribles.
Por ejemplo, en Castilla La Mancha he tenido casos y juicios resueltos en menos de seis o siete meses, y sin embargo en Madrid casos que se han alargado tres años (la semana pasada me pasaron una sentencia de un cliente de la Sierra de Madrid, en la que ganamos, más de 40.000 €, pero un caso que llevábamos con él desde mediados de 2015).
Por cierto, si finalmente tiene que acudir al Juzgado, el constructor también tendrá derecho a contratar un perito que redacte informe pericial por su parte del estado de la obra.
Gracias. Un saludo.


Hola José Luis, aterrizo en tu consulta 4 anos después... Por desgracias me encuentro en un caso similar...Podrías compartir tu experiencia con el caso? Cómo decidistes proceder y cómo acabó todo? Espero que hayas tenido un final feliz.... Muchas gracias!!

En todo esto déjate aconsejar por tu abogado.
Pero si no quieres ver paradas las obras mucho tiempo (como dice José Luis, según la ciudad los plazos pueden ser eternos), una solución puede ser hacer un levantamiento notarial del estado de las obras y así saber qué hizo un contratista u otro si a futuro hay problemas.
No te olvides de reclamar todos esos costes cuando hagas la reclamación en el juzgado (si llegas ahí) o a la hora de negociar la liquidación.

buenas tardes
si ay un acuerdo por ambas partes no hace falta llegar al juzgado , pero si no te coje el telefono ni a tu aparejador , yo me plantearia por lo menos una consulta legal , sobretodo si deseas reiniciar los trabajos lo antes posible

Hay ver qué contrato firmaste. En principio, si tú has cumplido tus obligaciones y él ha dejado de hacerlo, puedes romper la relación.
Como dice Rubén, consulta con un abogado qué pasos tienes que seguir (probablemente te diga que avises al constructor vía burofax antes de rescindir indicando los motivos y cosas así). Lo que sí te aconsejaría es que documentes muy bien el estado actual y, a partir de ahora, hagas todas tus comunicaciones por escrito. Es muy importante que, si vas a hacerlo, te cubras bien las espaldas por si el caso llega a juicio.
Ah... y por supuesto no le pagues un duro más allá de lo que te diga tu aparejador.
Gracias

buenos dias
yo personalmente entiendo que si puedes rescindir el contrato al aber incuplimiento del mismo , no obtante seria interesante leer las condiciones que firmasteis , por si existiera algun tipo de penalizacion , yo te recomendaria que lo consutlaras con algun abogado por si requiera algun tipo de actuacion legal
gracias
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