Cambio de local a vivienda y licencia.
Qué requisitos se necesitan en Barrio del Pilar 28029 para cambiar el uso de local comercial puerta de calle con 59 metros de superficie y 39 de sótano? De ser posible pediría presupuesto para el cambio. Gracias.
2 Respuestas

Buenas noches.
En la línea de lo comentado por el compañero... en Madrid (que conozco bien) la superficie de 59 m2 de planta baja es suficiente para el proyecto de cambio de uso y, tal como indica Jorge, el sótano no computará como vivienda, es más, es bastante probable que no se pueda incluir en el proyecto de cambio de uso o se le tenga que asignar uso almacén.
Un punto importante en Madrid y, a día de hoy, lo único que conozco que puede dar al traste un proyecto de este tipo, es que se haya superado la densidad edificatoria, en caso así, recomiendo hacer una consulta previa al Ayuntamiento con un primer esbozo de distribución y cumplimiento de normativa, un anteproyecto.
En cuanto a los costes, a nivel informativo, horquilla a medio camino entre obra nueva y reforma integral, al tener que incorporar casi seguro aislamientos perimetrales, si una reforma integral está entre 600 o 650 €/m2, en el caso de proyecto de cambio de uso la obra puede estar sobre los 750 €/m2+IVA, proyecto y tasas no incluidas.
No obstante, hasta que no disponga del proyecto, planos y mediciones, no se podrán lanzar datos a empresas para disponer de costes realistas.
Gracias. Un saludo.


Requisito nº 1: que las Normas Urbanísticas (NNUU) permitan el uso residencial en locales.
Requisito nº2: que las NNUU establezcan unas condiciones de superficie, longitud de fachada, etc, y que el local las cumpla (no contar el sótano, donde seguro que no se autoriza).
Requisito nº3: Si los anteriores se cumplen, obtener la licencia municipal. para lo cual deberá presentar un proyecto arquitectónico, con objeto de demostrar la distribución prevista cumple las demás condiciones aplicables al uso de vivienda; superficies mínimas de dormitorio, salón, cocina y baño; aislamientos suficientes, iluminación y ventilación según establezcan las NNUU, instalaciones, etc.
Requisito nº4: Y éste es fundamental, que el coste de las obras y otros gastos necesarios para conseguir todo lo anterior, sea asumible.
NOTA: No quiero decir que el sótano no se pueda usar. Lo que indico es que no se autorizará como vivienda, sino como eso "sótano anejo a la vivienda "y comunicado con ésta, con un uso distinto al residencial (puede ser una bodeguilla, almacén, trastero, etc.
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