Cedula de habitabilidad

Hola,

Quería hacer una consulta para un cliente que quiere comprar una masia en vinaroz. La masía no tiene cédula de habitabilidad. Es posible obtener la cédula de habitabilidad sabiendo que actualmente la masía se alimenta de energía a través de un generador de gasoil y que no tiene agua corriente? cual sería el coste.

Gracias,

Daniel.

Cedula de habitabilidad

Hola,

Quería hacer una consulta para un cliente que quiere comprar una masia en vinaroz. La masía no tiene cédula de habitabilidad. Es posible obtener la cédula de habitabilidad sabiendo que actualmente la masía se alimenta de energía a través de un generador de gasoil y que no tiene agua corriente? cual sería el coste.

Gracias,

Daniel.

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6 Respuestas

Respuestas útiles 5
Particular - hace 8 años

Por eso, lo mejor en estos casos y como decía ayer, mi recomendación es asesorarse a través de un arquitecto de la zona o directamente con el técnico municipal.

Saludos.

Particular - hace 8 años

Cierto... en Andalucía existe algo al respecto para edificación "fuera de ámbito", pero debe ser algo poco habitual, insisto por lo que me he encontrado y por lo que deduzco se ha encontrado el otro compañero, pero ya se sabe, cada Administración regula a su juicio (por no decír antojo).

Un saludo.

Particular - hace 8 años

En Andalucia existe un decreto que regula las construcciones ilegales ( construidas sin licencia), y el criterio de exigencia de cumplimiento se basa en acreditar el año de construcción para justificar la normativa de aplicación. Yo he tramitado numerosos expedientes de este tipo con resultado positivo.

Desconozco si en el resto de comunidades autónomas existe algo parecido.

Particular - hace 8 años

Buenos días Daniel.

Por mis últimas experiencias en este tipo de trabajos, estoy más del lado de VRD y es que se exige el cumplimiento de la normativa de aplicación a fecha efectiva de la solicitud y no del momento de la construcción (que no puede ser en la mayoría de las ocasiones verificado y no será el primer inspector de disiciplina urbanística que indica "debía usted haberlo hecho en su momento, el desconocimiento de la Ley no exime de su cumplimiento y los plazos de prescripción no contabilizan mientras la Administración no tenga constancia cierta del hecho).

Es probable que "le cojan" el expediente con justificaciones normativas anteriores, pero también es más que probable que entrará en un proceso de requerimientos y solicituddes para que finalmente lo ponga al orden normativo actual.

Gracias. Un saludo.

Particular - hace 8 años

Mi consejo es que consultes con algún Arquitecto de la zona porque es un caso relativamente común y sabrá asesorarte. En cualquier caso y desconociendo la normativa especifica de tu comunidad autónoma, seguramente tendrás q acreditar la antigüedad de la construcción y en función de la misma justificar los servicios de los que dispone. No se le exige lo mismo a una vivienda construida en 1940 que ha una construida en 2015 a efectos de "legalización" de la misma. Espero le sirva de ayuda.

Un saludo.

Particular - hace 8 años

La legalización a día de hoy exige el cumplimiento actual de la normativa, por lo que deberán justificarse a todos los efectos el cumplimiento de las normativas, incluyendo el suministro de agua .No se puede calificar como vivienda sin el entre otras cosas..

El proyecto de legalización deberá contener y justificar los mismos conceptos que una obra nueva, evidentemente sin la dirección de obra, pero para poder justificar el cumplimiento del as mismas se deberán realizar las pruebas pertinentes, por lo que suele ser incluso de mayor coste.

Un saludo

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