Gracias por vuestra ayuda para la reparación del tiro. ¿Pero a cargo de quién?
A título de comunidad quien debe hacerse cargo de :
1. Las chimeneas colocadas por los vecinos están sin homologar.
2. Los tiros han funcionado durante 30 años con esas chimeneas sin homologar.
3. Una cámara de inspección revela que los tiros están mal ejecutados desde el inicio del edificio e inundan de humo otras viviendas.
4. ¿Debe la comunidad convertirse en rehén de por vida de un "elemento comunitario" según los estatutos (el tiro) , de una construcción que ya nace mal ejecutada y que funciona durante años con instalaciones no homologadas ? GRACIAS
¿Quién debe hacerse cargo de esta reparación?
Gracias por vuestra ayuda para la reparación del tiro. ¿Pero a cargo de quién?
A título de comunidad quien debe hacerse cargo de :
1. Las chimeneas colocadas por los vecinos están sin homologar.
2. Los tiros han funcionado durante 30 años con esas chimeneas sin homologar.
3. Una cámara de inspección revela que los tiros están mal ejecutados desde el inicio del edificio e inundan de humo otras viviendas.
4. ¿Debe la comunidad convertirse en rehén de por vida de un "elemento comunitario" según los estatutos (el tiro) , de una construcción que ya nace mal ejecutada y que funciona durante años con instalaciones no homologadas ? GRACIAS
3 Respuestas
Es un tema complejo, ya que la normativa hace 30 años no estaba definida como ahora. Y no son retroactivas.
Luego entra en juego la ley horizontal, y ahí el gestor o un jurista es el mas adecuado para asesorar.
Pero el reglamento indica que cuando se modifica una instalación (por ejemplo cambiar el aparato) estás obligado a modificar toda la instalación cumpliendo la normativa aplicable en ese momento.
O sea entubar correctamente hasta tejado con chimenea adecuada segun las normativas vigentes.
Por lo tanto, lo ideal es buscar soluciones con una empresa habilitada RITE, con el fin de adaptar las instalaciones a normativa actual, y aquel que no quiera hacer ese gasto, deberá eliminar su chimenea,y dejar en el acta de la comunidad, que su vivienda no tiene chimenea, y que no se podrá vender la vivienda con tal uso. Y no tendrá que pagar las derramas correspondientes a la adaptación de las instalaciones y asumir solo el coste de eliminar la chimenea en su vivienda.
Prohibir su uso, pudiendo repararse, no tengo nada claro que se pueda hacer, pero para esa respuesta un abogado.
Pero si hay un informe con cámara de una empresa habilitada que indica que el conducto no es apto para su uso, se debe prohibir el uso hasta su reparación.
espero haber podido orientarle ya que es un tema complicado para responder en unas lineas.
Un cordial saludo
Es cierto que las normativas han cambiado totalmente, y que esos conductos por distintos motivos no están en condiciones, por un lado esta el que son parte de la vivienda de cada vecino pero tambien comunitaria, así que si no se llegase a un entendimiento cordial entre comunidad y propietarios debería hablar con un abogado experto en urbanismo y construcción para que al menos les informen de sus derechos y hasta donde pueden exigir a la comunidad o a cada vecino.
Buenos dias, como comenta el anterior compañero, no es sencillo puesto que estamos hablando de unas instalaciones de 30 años, a nivel de comunidad, todo lo que ha expuesto es asi, lo mejor, ponerlo en manos de un abogada.
Otra cosa sera que, ciñendonos a la normativa vigente, sea factible poder realizar dicha instalación según norma, eso es lo mas complejo que yo veo y mas tratándose de pisos con conducto restringidos en tamaño.
Según yo lo entiendo, lo ideal seria que cada propietario se haga cargo del arreglo de su tiro, en caso de utilización de la chimenea y si se negara, prohibir el uso de la misma por mal funcionamiento y posibles daños a terceros.
Espero haber servido de ayuda.
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