¿Es necesario tener autorización de los vecinos para instalar estos vidrio?
Es necesario tener autorización de los vecinos para instalarlos?
Para presupuesto que necesita que le envíe?
GRrcias

5 Respuestas
Buenos días.
Es necesario tener autorización del Ayuntamiento... no de los vecinos, eso será en segundo lugar.
Teóricamente, ese tipo de acristalamientos sin marco servirían como cerramientos de terrazas si, hay un proyecto de conjunto de la comunidad de propietarios, es decir, al acuerdo de la mayoría legal suficiente y necesaria según Ley de Propiedad Horizontal para que todos los cerramientos presentes y futuros tengan una estética similar y, ese acuerdo, ese proyecto de conjunto, debe ser sometido a aprobación del Ayuntamiento, ese es el proceso correcto... pero si el Ayuntamiento no permite el cerramiento, da igual que los propietarios estén de acuerdo, es como si todos ustedes acuerdan pintar la fachada de negro (es un ejemplo) si en las normativa y ordenanzas no se contempla, no será legal nunca por mucho acuerdo que exista.
Así pues, primero infórmese en su Ayuntamiento y, le decía que "deberían servir" pero no sirven pues le podría mostrar un caso en zona Montecarmelo / Las Tablas en Madrid en el que un cerramiento exactamente como ese, tuvo que ser desmontado por las buenas por un cliente o acatar orden de ejecución municipal valorada en 8.000 €
Gracias. Un saludo.

Hola Anabel.
No necesitas autorización para instalar cerramientos, pero nunca está de más una comunicación formal a los vecinos. El procedimiento es igual a la instalación de un toldo. Hay ayuntamientos con normativas más laxas y otros más escritos.
Desde Kauma, siempre recomendamos comunicar la intención de cerrar la terraza con la comunidad de vecinos.
Saludos.
Buenos días.
Espero que sus clientes hagan las comprobaciones pertinentes antes de solicitar cerramientos... y no tiren directamente de "no necesitan autorización"... aunque estoy seguro que ustedes se cubren las espaldas con la coletilla normal en presupuestos de "licencias y permisos a cargo de la propiedad" ¿verdad?... si es así, en el fondo me está dando la razón y si no es así, que suerte tienen sus clientes pero, le aseguro que en Madrid (Avd. Santuario Nuestra Señora de Valverde) un cerramiento de cortinas de vidrio como la de la foto, retirado bajo orden de demolición y le aseguro que tengo un buen saco de sentencias bien guardaditas al respecto sobre este tipo de actuaciones... no es cuestión de que un Ayuntamiento sea laxo, es cuestión de que el deber de ornato y de cumplir leyes es de los propietarios y la Administración tiene ahí las leyes para que la gente las cumpla... y si empezamos por el Código Civil y Ley de Propiedad Horizontal, la fachadas no se modifican sin acuerdo de la comunidad y, si nos vamos a los Ayuntamientos, lo que digan sus ordenanzas que suelen ir desde el NO hasta el "les permito de manera ordenada y estética... pero me lo comunican", pero como en este país somos como somos, hacemos lo que queremos, nunca pasa nada, pero al que le pasa, se lleva un buen multazo.
Un saludo.

... es más, me gustaría ver esa afirmación suya de "no necesitas autorización" frente a un técnico municipal o en un juzgado en un caso de Ley de Propiedad Horizontal, que firme usted debajo de esa afirmación y ponga su buen seguro de responsabilidad civil.
Hagamos el favor de no confundir... evidentemente, usted debe mantener esa afirmación, de lo contrario, usted no trabaja, vive de hacer cerramientos, es lógico, yo vivo de defender la parte técnica pero, solo le pido que me indique en que artículo de la Ley de Propiedad Horizontal dice que se pueden modificar fachadas de manera arbitraria e individual, sin acuerdo del conjunto de la propiedad... seguramente en su búsqueda se va a encontrar con lo contrario.
Un saludo.

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