¿Cuál es la responsabilidad civil de un autónomo dependiente de una empresa?

Hola,

Os quería comentar una duda sobre responsabilidad civil que me tiene un poco preocupada. Trabajo como autónoma dependiente económicamente de una empresa (TRADE) que hace todo tipo de obras y reformas. Mis trabajos los realizo bajo una dirección facultativa. Es decir, solo firmo el libro de órdenes como enterada. Pero, en el supuesto que se de un accidente, ¿tendría alguna responsabilidad civil? Si es así, ¿cuál sería? Siempre había creído que el seguro de la empresa me cubriría, pero no sé si es mejor que me saque también un seguro por mi parte.

¿Cuál es la responsabilidad civil de un autónomo dependiente de una empresa?

Hola,

Os quería comentar una duda sobre responsabilidad civil que me tiene un poco preocupada. Trabajo como autónoma dependiente económicamente de una empresa (TRADE) que hace todo tipo de obras y reformas. Mis trabajos los realizo bajo una dirección facultativa. Es decir, solo firmo el libro de órdenes como enterada. Pero, en el supuesto que se de un accidente, ¿tendría alguna responsabilidad civil? Si es así, ¿cuál sería? Siempre había creído que el seguro de la empresa me cubriría, pero no sé si es mejor que me saque también un seguro por mi parte.

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1 Respuestas

Respuestas útiles 2
Particular - hace 6 años

Buenas tardes María.

Tu situación es la misma que tuve yo hace unos años, aunque en ese caso, yo ejercía como dirección de obra. En una empresa promotora / constructora, casi todos los técnicos eramos jefes de obra en nuestras obras y direcciones de obra en otras obras de otros compañeros.

El caso es que mientras trabajaba para la empresa, el seguro de responsabilidad civil de la misma me cubría, incluso teníamos un acuerdo firmado que también nos cubría en el desempeño como dirección de obra, pero cuando dejé de trabajar con esa empresa, los 4 años que restaban para cubrir seguro decenal, me tocó pagarlos a mí.

Si firmas como "enterada", inicialmente, no tendrías responsabilidad civil de conformidad con la LOE, pero,... nunca pasa nada, hasta que pasa... y solo es necesario que pase algo para que un abogado avispado pueda conseguir atribuirte responsabilidad por el hecho de estar enterada.

Si, como comentas en la otra pregunta, estás pensando en asumir direcciones de obra, creo que te interesa contratar un seguro de RC que te cubra cualquier responsabilidad civil en tu trabajo.

Actualmente tengo una póliza conjunta con el Colegio de Aparejadores de Madrid en la cual el propio Colegio es tomador al 50 % del seguro conmigo y me cubre cualquier trabajo profesional.

Un saludo.

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