Hola a todos,Estoy valorando comprar una parcela y el Ayuntamiento me indica que,para obtener la licencia de obra,dentro de mi parcela debo dar continuidad a una calle prevista en el planeamiento y urbanizar ese tramo (calzada y servicios). Quisiera resolver varias dudas antes de seguir: Cesión y coste de urbanización. Si cedo gratuitamente la franja de mi parcela necesaria para completar la calle (que pasaría a dominio público),¿por qué tendría que asumir también el coste de urbanizar ese tramo viario y sus servicios para poder obtener la licencia? ¿Es una carga urbanística habitual o depende de si el suelo es urbano consolidado/no consolidado o de si la actuación está dentro de una unidad de ejecución? Línea de retranqueo respecto al vial. La calle prevista tiene 7 m de ancho total. ¿Debo retranquear toda mi edificación 7 m desde el lindero actual,o el cómputo se hace desde el eje de la calle,de forma que yo retranqueo 3,5 m y el vecino de enfrente los otros 3,5 m? ¿Cómo se aplica normalmente cuando el planeamiento marca una alineación oficial o nueva sección de vial? Presupuesto orientativo de urbanización. ¿Qué coste aproximado puede suponer urbanizar unos 20 metros lineales de calle con todos los servicios exigibles (calzada,acerado,bordillos,pluviales,red de saneamiento,acometida y red de agua potable,electricidad,telecomunicaciones,alumbrado público y señalización)? Entiendo que depende de anchos,secciones y normativa local,pero agradecería rangos por metro lineal y partidas típicas para tener una referencia. Quién puede ejecutar las obras. ¿Puedo contratar a una constructora para ejecutar toda la urbanización y luego coordinar las acometidas con las compañías suministradoras,o el Ayuntamiento exige que determinadas redes (agua,luz,telecomunicaciones) sean ejecutadas o,al menos,supervisadas/recepcionadas por las empresas concesionarias o por los servicios municipales? ¿Qué trámites son habituales para la recepción de las obras por el Ayuntamiento?
Dudas sobre cesión de vial,retranqueos y quién paga la urbanización para obtener licencia
Hola a todos,Estoy valorando comprar una parcela y el Ayuntamiento me indica que,para obtener la licencia de obra,dentro de mi parcela debo dar continuidad a una calle prevista en el planeamiento y urbanizar ese tramo (calzada y servicios). Quisiera resolver varias dudas antes de seguir: Cesión y coste de urbanización. Si cedo gratuitamente la franja de mi parcela necesaria para completar la calle (que pasaría a dominio público),¿por qué tendría que asumir también el coste de urbanizar ese tramo viario y sus servicios para poder obtener la licencia? ¿Es una carga urbanística habitual o depende de si el suelo es urbano consolidado/no consolidado o de si la actuación está dentro de una unidad de ejecución? Línea de retranqueo respecto al vial. La calle prevista tiene 7 m de ancho total. ¿Debo retranquear toda mi edificación 7 m desde el lindero actual,o el cómputo se hace desde el eje de la calle,de forma que yo retranqueo 3,5 m y el vecino de enfrente los otros 3,5 m? ¿Cómo se aplica normalmente cuando el planeamiento marca una alineación oficial o nueva sección de vial? Presupuesto orientativo de urbanización. ¿Qué coste aproximado puede suponer urbanizar unos 20 metros lineales de calle con todos los servicios exigibles (calzada,acerado,bordillos,pluviales,red de saneamiento,acometida y red de agua potable,electricidad,telecomunicaciones,alumbrado público y señalización)? Entiendo que depende de anchos,secciones y normativa local,pero agradecería rangos por metro lineal y partidas típicas para tener una referencia. Quién puede ejecutar las obras. ¿Puedo contratar a una constructora para ejecutar toda la urbanización y luego coordinar las acometidas con las compañías suministradoras,o el Ayuntamiento exige que determinadas redes (agua,luz,telecomunicaciones) sean ejecutadas o,al menos,supervisadas/recepcionadas por las empresas concesionarias o por los servicios municipales? ¿Qué trámites son habituales para la recepción de las obras por el Ayuntamiento?
2 Respuestas
La cesion de vial esobligatoria y gratuita al ayuntamiento segun la Ley del Suelo, aunque pueden haber figuras urbanísticas como la Compensación y otras. Es complicado sin tener mas datos del planamiento. Los gastos de urbanizar los debe pagar el propietario del solar pero, segun el dibujo, si la parcela de enfrente se ve beneficiada porque participa de los servicios, tambien tiene que entrar.
La persona que vende la parcela es la que tiene que asumir todos los gastos o reflejarse en la escritura de la compra-venta todas las cargas que tiene. La calle se abrirá en función a una figura de planeamiento que ha tenido que aprobar el Ayuntamiento. No se puede ceder una calle porque si, la propiedad al día de hoy todavía se respeta en este país, por que el vendedor habrá tenido alguna compensación por la recalificación pero no querrá asumir los gastos y por eso la vende
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