¿Está permitido construir una casa adosada en una casa ya existente?

Hola expertos. Vivo en el último chalet adosado de una fila de siete desde hace diez años en un pueblo de Avila. En mi fachada que da a una vía pública, que ahora han convertido en una parcela, abrí un hueco de 20x20 para salida de humos de la campana de la cocina.

La cuestión es que el ayuntamiento cuyo alcalde es constructor (de los malos) se ha empeñado en adosarme una casa en esa fachada. Eso es legal? No debería dejar distancia entre la nueva construcción y mi pared?

Que puedo hacer?

Me urge la respuesta por cuestión de plazos. Atentamente

Conchi
Conchi preguntó sobre
Construcción Casas
Hace 7 años

¿Está permitido construir una casa adosada en una casa ya existente?

Hola expertos. Vivo en el último chalet adosado de una fila de siete desde hace diez años en un pueblo de Avila. En mi fachada que da a una vía pública, que ahora han convertido en una parcela, abrí un hueco de 20x20 para salida de humos de la campana de la cocina.

La cuestión es que el ayuntamiento cuyo alcalde es constructor (de los malos) se ha empeñado en adosarme una casa en esa fachada. Eso es legal? No debería dejar distancia entre la nueva construcción y mi pared?

Que puedo hacer?

Me urge la respuesta por cuestión de plazos. Atentamente

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15 Respuestas

Respuestas útiles 12
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 7 años

... ¿esto?, ¿el Alcalde es el constructor?, hay temas legales que se me escapan pero no parece "muy apropiado", está claro que poder construir, como el indicaba, si el Plan General lo permite, se podrá construir pero la construcción el Alcalde la podrá hacer a título particular (entendiendo que la vivienda es para él) pero no estoy del todo seguro de la legalidad de que actúe como cargo público y como constructor privado.

Tal vez debería consultar con algún abogado.

Un saludo.

Conchi replicó... Particular - hace 7 años

En el plan general el suelo es rustico.

Ayer estuve en el catastro y les habían mandado un informe en el que ponía que faltaba dar de alta esa parcela que según el ayuntamiento esta mal dibujada en el catastro y que cuenta con todos los requisitos, toma de agua, luz, alcantarillado, pero que como se aprecia en la foto no es cierto.

Además otra cosa que me parece extraña es que den de alta la parcela con fecha enero 2015, cuando estamos en la fase de procedimiento de subsanación de discrepancias.

Pues si, el alcalde es el constructor, es el que construye las viviendas para luego venderlas.

Gracias de nuevo

Conchi replicó... Particular - hace 7 años

Mando la foto de catastro (vease la fecha) y mando la misma foto pero he señalado con amarillo mi parcela.

2 fotos
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 7 años

Buenas tardes.

Da igual lo que fuese el día que usted compró... en escrituras figura lo que había y con lo que lindaba y delimitaba la propiedad, pero lo que hay alrededor, puede cambiar, como parece que ha cambiado, si así de regula y se aprueba en las modificaciones del Plan General de Ordenación Urbana.

Efectivamente, si anteriormente era una vía público o camino, la venta de suelo público a un particular está descartada y mucho menos para "beneficio propio" ampliando la superficie de una parcela que está así determinada y registrada.

Así mismo, mientas la fachada lateral está al descubierto, es suya y a usted le corresponden los arreglos y reparaciones, así se estipula en el Código Civil, Ley del Suelo y Normas Urbanísticas de cualquier Ayuntamiento, los propietarios son responsables de estado de conservación, pero si se modifica el Plan General y se permite la edificación adosada, pues al fin y al cabo, su casa tiene estructura y tipología adosada, no pareada, aquel que construya al lado será el responsable de adosarse son perjuicio alguno al predio vecino y en caso de causar algún perjuicio o daño, correr con los gastos de reparación.

La nueva construcción debe ser resistente, segura, habitable y salubre por si misma, pero a la hora de redactar el proyecto de ejecución, se deben tener en cuenta los condicionantes que hay alrededor, es decir, la nueva construcción debe "respetar" la medianería (lo que le indicaba antes de no producir daños o reparar los producidos), más allá de eso, es hasta cierto punto normal que al construir una vivienda junto a otra ya construida, puedan surgir ciertos roces y tiranteces, no es agradable tener una obra justo a lado y seguro que, por poner un ejemplo... a la hora de construir la cubierta, algún trabajador puede pisar la suya, romper una teja (es un ejemplo, a lo mejor no pasa nada, a lo mejor al hormigonar un forjado se mueve la grúa con un golpe de viento y le hace un agujero en la pared (es otro ejemplo exagerado)) en ese punto no deje pasar ni una, perite y documente cualquier perjuicio por si acaso debiera proceder contra el responsable de la parcela contigua, que no es otro que el propietario, responsable de la contratación del proyectista y de la constructora de conformidad con la Ley de Ordenación de la Edificación.

En cuanto al hueco y si es o no un derecho adquirido... básicamente y de manera global, debe existir constancia documental y la Administración tener conocimiento para que puede darse el periodo de prescripción, si la Administración no lo conoce y usted no puede demostrar fehacientemente fecha, lo pueden decir que hizo el hueco ayer.

Por otro lado, abrir un hueco, dependiendo del tamaño y la naturaleza del mismo, hacia una vía pública, podría ser ilegal si vulnera derechos de luces y vistas.

Hace algo más de un año, hablaba con una técnico de disciplina urbanística de un Ayuntamiento del Corredor del Henares sobre cerramientos de terrazas, porches, etc... y los plazos de prescripción, el criterio de esta señora era claro... si el Ayuntamiento "no conoce la existencia de manera fehaciente (licencia)" no existe, el día que el Ayuntamiento levanta la mirada del suelo y ve el cerramiento es cuando notifica al particular la infracción si es constitutivo de dicha infracción, a partir de ese momento comienzan a contar los plazos de prescripción; y con esto, me hizo una reflexión bien cierta, me dijo "los ciudadanos piensan que en los Ayuntamientos somos unos desgraciados y les crujimos a impuestos... ¿verdad que si levantamos la mirada y empezamos requerir cerramientos de terrazas calle a calle entonces seríamos malísimos o cumpliríamos con la legislación y normativa?, ¿de verdad somos tan malos o es que si hiciésemos lo que tenemos que hacer bloqueabamos los Ayuntamientos?"... la verdad es que ahí me dejo perplejo y no puedo más que dar la razón a aquella técnico de disciplina urbanística.

Somos nosotros, los ciudadanos los que nos saltamos las leyes a la torera y los que en ocasiones hacemos lo que nos da la gana y luego, cuando uno de cada cien casos acarrea consecuencias, nos quejamos amargamente.

Un saludo.

Conchi replicó... Particular - hace 7 años

Muchas gracias por la respuesta tan detallada.

Como el constructor es el propio alcalde...me temo que los daños que me puedan causar me los quedaré.

Saludos

José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 7 años

... por cierto, si el terreno no figura como urbanizable en el Plan General, el alcalde no puede edificar y si mueve un solo gramo de tierra ya sabe lo que debe hacer, proceder a la correspondiente denuncia.

Un saludo.

José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 7 años

Buenas noches.

Lo que indica el compañero es correcto... ni usted, ni el alcalde deciden que se construye o no, lo decide el Plan General de Ordenación Urbana del municipio que además de deber estar aprobado y en vigor, debe estar ratificado por la Comunidad Autónoma.

Si el Plan General establece que ese terreno lateral ha pasado a ser urbanizable, no puede hacer absolutamente nada, pues además, en su momento, el Plan sería sometido a exposición pública para sus alegaciones si fuesen oportunas, es más... si usted ha abierto un hueco lateral para ventilación de la campana de la cocina, algo que normativamente debe llevar a cubierta, quien está cometiendo una infracción urbanística es usted por abrir un hueco a un predio vecino con uso urbanizable,... se está saltando usted el Código Civil y las distancias / aperturas de huecos respecto de vecinos.

Gracias. Un saludo.

Conchi replicó... Particular - hace 7 años

Hola Jose Luis, gracias por contestar.

Cuando hace diez años compre la casa no existía tal parcela, era vía pública y así consta en mi escritura. Además hará ocho años que solicité de palabra al ayuntamiento que me vendiera un trozo de ese terreno para comunicar el patio de delante con el de atras y me dijeron que no podían porque era un camino.

Yo me he estado haciendo cargo de las reparaciones en esa fachada, ya que tenía humedades, y de pintarla ya que según escrituras es mía.

Con respecto al hueco, al llevar diez años ahí, no queda como un derecho adquirido?

Si construyen una casa adosada a la mía, que ya está asentada, no se que efectos puede provocar sobre la misma.

Estoy un poco perdida.

Saludos

José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 7 años

Me estoy quedando perplejo Conchi... más allá de la apertura del hueco (que no debería haber hecho y demás), si en el Plan General el suelo es rústico, si no hay modificaciones parciales previstas o aprobadas, si están en periodo de subsanación, etc,... esto huele mal, tiene toda la pinta de ser un planteamiento cacique.

Creo (más que ayer) que debería poner el caso en manos de una buen abogado...

Un saludo.

Alejandro Añon Espallargas Alcorisa
Alejandro Añon Espallargas Alcorisa
Alejandro Añon Espallargas Alcorisa respondió... Construcciones Y Carpinteria Hermanos Añon (Alcorisa, Teruel) Construcciones Y Carpinteria Hermanos Añon - hace 7 años

buenas tardes conchi

jose luis lo ha explicado de primera

yo solo te puedo dar un consejo, fotografia todo el exterior de tu casa antes del comienzo de las obras y el interior de la pared que linda con la parcela

en caso de que se deteriore, rompa, pasen humedades durante la construccion o cualquier cosa, reclama al ayuntamiento y al colegio de arquitectos, en muchos lugares exigen que se separe una casa de otra con una lamina de aislante y que las partes de hormigon no toquen las edificaciones ya realizadas

saludos

Hacienda de Corvera
Hacienda de Corvera
Hacienda de Corvera respondió... Hacienda De Corvera S.l. (Murcia, Murcia) Hacienda De Corvera S.l. - hace 7 años

Hola Cochi, eso depende de la normativa que se riga ese terreno ó parcela, tendras que verlo en el ayuntamiento, posiblemente en internet en la hoja del ayuntamiento venga el plan general y podras ver las normas urbanisticas de la zona, si no aparece te tendras que acercar al area de urbanismo de tu ayuntamiento é informarte

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