¿Existe alguna normativa respecto al hueco máximo que tiene que quedar entre la puerta corredera y el suelo?

Me han entregado una vivienda de obra nueva con 3 puertas correderas. Una está a 1cm del suelo, la otra a 2cm y la otra a 2,4cm. La primera es aceptable pero las otras dos son un desastre. Es porque el casoleto lo pusieron antes que el suelo y está más alto que el suelo. Se niegan a repararla. ¿Existe alguna normativa para poder reclamar? Gracias de antemano

José Vázquez
José Vázquez preguntó sobre
Arquitectos
Hace 2 años

¿Existe alguna normativa respecto al hueco máximo que tiene que quedar entre la puerta corredera y el suelo?

Me han entregado una vivienda de obra nueva con 3 puertas correderas. Una está a 1cm del suelo, la otra a 2cm y la otra a 2,4cm. La primera es aceptable pero las otras dos son un desastre. Es porque el casoleto lo pusieron antes que el suelo y está más alto que el suelo. Se niegan a repararla. ¿Existe alguna normativa para poder reclamar? Gracias de antemano

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5 Respuestas

Respuestas útiles 2
Edificalia Viviendas SA
Edificalia Viviendas SA
Edificalia Viviendas SA respondió... Edificalia Viviendas S.A. (Pozuelo de Alarcón, Madrid) Edificalia Viviendas S.A. - hace 2 años

Hola

Esa holgura de 2,5cm es un disparate y una chapuza.

Intente reclamar y llegado el caso de que no consiga su objetivo en la reclamación, la reparación del defecto puede lograrse desmontando la hoja y accediendo a las ruedas superiores que disponen de un tornillo para regular la altura, permitiendo bajar la puerta, y si fuese necesario añadir un pequeño remate arriba.

Aunque previamente tendría que quitar esa "base" inútil que han colocado abajo para elevar el tetón guía del carril (de ahí viene todo el problema), y colocar éste directamente en el suelo...

Un saludo

José Vázquez replicó... Particular - hace 2 años

La base que han colocado es porque la base del casoleto también está a esa altura. Si bajan la puerta con los tornillos aunque quiten ese trozo de madera choca con el metal del casoleto y no rueda. Gracias por su respuesta. Un saludo.

Antonio Cilea
Antonio Cilea
Antonio Cilea respondió... Antonio Cilea Arquitecto (Barcelona, Barcelona) Antonio Cilea Arquitecto - hace 2 años

No hay ninguna normativa que obligue el montador a arreglar la puerta, solo el sentido comun, si el cliente no esta satisfecho con un trabajo, hay que arreglarlo. En este caso, no se si hay una responsabilidad directa, a lo mejor se puede encontrar un compromiso entre las partes y solucionar el problema.

Responder
José Vázquez replicó... Particular - hace 2 años

Por desgracia el sentido común es el menos común de los sentidos. Dicen que la puerta es funcional y que entra dentro de lo normal, así que nos dejarán la puerta así por eso quería saber si había normativa al respecto, pero si no lo hay, tenemos las de perder. Un saludo y gracias por su respuesta.

José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 2 años

Buenas tardes.

Es que tal como dice Edificalia, el límite es la pieza de guía gris, que para eso está, para que asiente en el suelo, si no asienta, es que no está bien colocada, arranque a reclamar por ahí aunque no haya ninguna normativa clara al respecto... esa pieza tiene su función y su posición... es como si usted tiene una puerta abatible y en lugar de ponérsela a una altura de cabecero de 203 o 204 cm, se la ponen a 250 cm, efectivamente es funcional, abre y cierra, pero tiene una holgura de 50 cm debajo lo que significa que no está bien instalada.

Saludo.

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