Buenas tardes
Estoy valorando la compra de una parcela y consultando la cédula urbanística me indica que el frente mínimo tiene que ser de 8 metros y la distancia a las lindes de 3 metros
La parcela es un rectángulo de 15 x 19 metros, siendo el lado de 15 metros el que está con la acera y vía urbana.
Estos 8 metros de frente mínimo significa que no puedo construir mi casa en los primeros 8 metros de parcela? Me parece raro por que los chalets colindantes a izquierda y derecha no tienen estos 8 metros y no sé si lo estoy entendiendo bien
Si estoy en lo cierto es que prácticamente me quedo sin terreno para construir entre estos 8 metro y los tres de linde
Gracias por vuestra ayuda
¿Qué es el frente mínimo de una parcela?
Buenas tardes
Estoy valorando la compra de una parcela y consultando la cédula urbanística me indica que el frente mínimo tiene que ser de 8 metros y la distancia a las lindes de 3 metros
La parcela es un rectángulo de 15 x 19 metros, siendo el lado de 15 metros el que está con la acera y vía urbana.
Estos 8 metros de frente mínimo significa que no puedo construir mi casa en los primeros 8 metros de parcela? Me parece raro por que los chalets colindantes a izquierda y derecha no tienen estos 8 metros y no sé si lo estoy entendiendo bien
Si estoy en lo cierto es que prácticamente me quedo sin terreno para construir entre estos 8 metro y los tres de linde
Gracias por vuestra ayuda
18 Respuestas

te puedo contar lo que en mi pueblo significa eso para el ayuntamiento en zona de viviendas unifamiliares aisladas, casas o chalets.
frente mínimo, de vivienda 8 metros, mas 3 y 3 a cada lado sin edificar, son 14 metros y tienes 15, tu frente seria de 9 metros.
retranqueos a colindantes, de 3 metros, tienes 19 metros de profundidad, menos los 3 que tienes que dejar por detrás, te quedan 16 y si en fachada tienes que dejar los mismos te quedan 13 metros de profundidad.
13 por 9 son 117 metros cuadrados de construcción.
si quitamos paredes exteriores y escalera, sobre 30 metros cuadrados, te queda una vivienda útil por planta de unos 87 metros cuadrados mas o menos.
seguramente la altura a rafe, será de 9 metros, que sale planta calle o cochera y dos plantas de vivienda, que te darían unos 174 metros de vivienda y 87 de planta baja.
Muchas gracias

El frente mínimo es la fachada mínima que debe construir en esa parcela, dando a la calle principal. Otra cosa es el retranqueo de la fachada, que es lo que usted estaba pensando. Espero haber aclarado sus dudas sobre este tema.
Gracias por tu ayuda

Si tienes la cedula urbanística, es un documento vinculante, con una duración de seis meses des de el momento de la expedición. Los datos que te ponen en la cèdula son vinculantes para el Ayuntamiento. El frente mínimo, es la longitud minima de fachada de parcela permitida. La separación calle se llama retranqueo, i puede ser igual a la de los laterales i fondo, varia segun zonas i municipios.

Los arquitectos son como el VINO; si ud no nota la diferencia, elija el más barato. ¡!! Pero no se queje del dolor de cabeza al día siguiente ¡!!
Es lamentable que se acuda en la mayoría de las ocasiones al arquitecto una vez se ha comprado la parcela. Luego surgen a
veces sorpresas desagradables como que la normativa de la parcela no permite hacer el tamaño de construcción que
queríamos, las interrelaciones entre las vistas, la orientación cardinal, el acceso y las ideas de casa ó no son compatibles ó se
dan de bofetadas, la pendiente de la cubierta permitida es menor que la que imaginábamos, ó el terreno en que nos dijeron
que salían 5 parcelas solo salen 4 ...
¿Que datos de la normativa urbanística se necesitan saber principalmente?
Los datos urbanísticos necesarios usualmente son:
Superficie mínima de parcela
Edificabilidad
Ocupación
Retranqueos a lindes. Fondo, frente y laterales.
Altura a cornisa
Número de plantas sobre rasante
Frente mínimo a calle de parcela
Hay otros datos que en ocasiones no vienen en la Cédula Urbanística y si en la normativa y que es necesario saber porque
puede llegar a condicionar el proyecto:
Altura a cumbrera
Pendiente máxima de cubierta
Materiales permitidos ó prohibidos
Altura máxima y composición obligatoria del cierre de parcela
Criterio de medición de superficies construidas de porches, pérgolas y terrazas
Criterio de medición de superficies útiles y construidas de plantas bajo cubierta, planta baja y semisótano
Infraestructuras existentes en la parcela para conectar las acometidas.
No todos estos datos están siempre regulados por escrito en las Normas Urbanísticas y en ocasiones los técnicos de cada
ayuntamiento establecen los suyos.

Gracias Rafael

Buenos días Daniel.
Aunque en la tele los programas de reformas lo pongan tan fácil, no lo es. Por eso existe la profesión de arquitecto, y hay que estudiar un grado y un master para serlo.
Raro podría ser que alguien sin conocimiento alguno de construcción y/o arquitectura supiera hacer una casa leyendo la cédula urbanística.
Hacer un edificio, del tipo que sea, cuesta dinero, mucho dinero.
No se atreva a hacer lo que no sabe hacer y contrate (si tiene dinero para hacer una vivienda) a un buen profesional.
Ni loco me meto en esto sin contar con la ayuda de un profesional, gracias Jesús


Buenos días,
Cuando en la normativa se habla de frente mínimo se refiere a la distancia mínima que debe tener la parcela de fachada, en este caso son 8m, al tener 15 m cumple sin ningún problema. Lo que hay que cumplir son los retranqueos, indicas que a lindes son 3m, habría que ver si también es a fachada, los retranqueos son la distancia que hay que separar la vivienda de los laterales o frentes.
Hay que tener en cuenta otros parámetros como la superficie mínima de parcela.
A la hora de construir si hay que tener en cuenta edificabilidad, ocupación, alturas, ...
Espero que haya sido de ayuda.
Saludos.
Miguel A. Sánchez.
arquisanchez
Mucha ayuda, gracias Miguel

Buenas,
Tu habras visto la normativa general, que te dice que el frente minimo es de 8 y tu tienes 15, asi que cumples. En general los lindes a respectar cambian de municipio a municipio, normalmente los retranqueos de 3 se refieren a los laterales y en Catalunya se pides 6 con respecto a la via principal.
Para salir de dudas, o contactas con un arquitecto de tu zona o pides un certificado urbanistico en tu ayuntamiento (sera de pago) a donde te indicaran todas las pautas a respectar.
Si estas en Barcelona, contacta conmigo sin compromiso.
Gracias Antonio

Buenos días Daniel.
Si le interesa la finca, vaya contratando un arquitecto, estas cuestiones se las resolverá por poco dinero... además, lo necesitará para el proyecto, así que estaría bien que dispusiese ya de presupuesto de proyecto de nueva vivienda y así le puede estudiar el terreno o terrenos que le interesen.
No obstante, el frente de fachada no es el frente de parcela, si lo que usted ha leído es FRENTE DE PARCELA, la finca que indica cumple, pues tiene un frente de parcela de 15 metros, superior a los 8 mínimos requeridos.
El retranqueo a lindes de 3 metros significa que, la fachada de la vivienda tiene que estar retranqueada como mínimo esos 3 metros de la línea de frente de parcela (de la línea de 15 metros) y, en función de la tipología de vivienda unifamiliar autorizada en la zona (aislada, pareada o adosada) deberá dejar esos 3 metros como mínimo al resto de lindes (a una (posterior) o al resto)... jugando también con los datos de edificabilidad y superficies máximas por planta.
También es más que probables (seguro que también está reflejado en las ordenanzas) una longitud mínima de fachada, que no de parcela.
Espero haber sido de ayuda.
Gracias. Saludos.

Gracias José Luis

Gracias a usted.
Saludos.
Escoge un tipo de trabajo

Contacta al instante con personas que buscan en tu zona a profesionales expertos en construcción, reformas, instalaciones, mudanzas, arquitectos, etc.