El falso techo del ático tiene una inclinación que quiero corregir. (Inclinarlo más, subirlo un metro y añadir vigas de madera a la vista que pueden ser estructurales o decorativas) debo pedir aprobación a la comunidad? En que documento vienen reflejados los metros cúbicos del piso? Hasta que punto puedo elevarlo sin meterme en la buhardilla que imagino pertenece a la comunidad?
¿Hasta dónde puedo modificar el falso techo de un ático?
El falso techo del ático tiene una inclinación que quiero corregir. (Inclinarlo más, subirlo un metro y añadir vigas de madera a la vista que pueden ser estructurales o decorativas) debo pedir aprobación a la comunidad? En que documento vienen reflejados los metros cúbicos del piso? Hasta que punto puedo elevarlo sin meterme en la buhardilla que imagino pertenece a la comunidad?
5 Respuestas
Buenos días Fermín.
Como digo muchas veces y perdone el chascarrillo, pero es muy complicado hacer planos por teléfono, por mucho que me quiera imaginar su caso, no es posible sin conocer la vivienda in situ, sin tomar datos o sin ver al menos fotografías.
La altura que usted quiere subir va a estar condicionada, efectivamente, por la altura de la zona superior que como indica, es de la comunidad de propietarios y, la modificación del falso techo lo podrá hacer hasta dónde empiecen la estructura... es decir, tal como indica, si quiere colocar vigas decorativas, no tienen problema alguno, pero si quiere modificar estructura deberá ser con el proyecto de un técnico y por supuesto, con la aprobación de la comunidad de propietarios.
Por cierto, los metros cúbicos no están reflejados por lo general en ninguna parte, tendrá la superficies (construida y útil) en diversos documentos (catastro, registro de la propiedad, planos) y las alturas (variables por lo que entiendo) en planos de proyecto (secciones).
Gracias. Un saludo.
Gracias Jose Luis! Me has aclarado varios puntos. Intenté subir fotos pero la App se colgaba. En todo caso me queda por conocer si por encima del falso techo tengo losa de hormigón en cuyo caso ese sería el límite. Pero de no tenerlo, es posible que el "limite" de mi piso sea donde termina la viga.
Gracias de nuevo por tu respuesta.
Un saludo.
Buenos días.
El límite teóricamente está en la estructura, como es lógico, no puede subir más allá del forjado.
Un saludo.
Buenas, otra limitación que se tiene es la altura mínima que debe tener el habitage, siendo esta de 2m en la zona de paso y de 2,5m en el resto. Por lo que respeta a la altura total estoy con mis compañeros.
Buenos días.
El falso techo no tiene afectación urbanística o legal alguna. Los elementos que definen el espacio a nivel urbanístico son los estructurales (bigas, techos...)
Metros cúbicos, no tienen incidencia ni reflejo en ningún documento.
La ampliación es posible hasta los elementos estructurales existentes.
La explicación es genérica. Habría que ver el caso concreto in situ para precisar con propiedad.
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