En mi caso,me han dejado 1,5 centímetros,que creo que es mucho,ya que se nota corriente y por las noches entra mucha luz. Necesito información para poder hacer una reclamación. Gracias.
¿Hay alguna normativa sobre la distancia que debe haber en las puertas de paso interior de una vivienda al suelo siendo este radiante?
En mi caso,me han dejado 1,5 centímetros,que creo que es mucho,ya que se nota corriente y por las noches entra mucha luz. Necesito información para poder hacer una reclamación. Gracias.
9 Respuestas
Mira a ver si en la Norma UNE 56890 dice algo de las tolerancias y huecos. Desgraciadamente es una norma que no es de acceso libre, hay que pagarla.
Andoni
DB HS3
Hola Andoni,
✅ Lo que sí regula la normativa
Algunas normas aplicables a viviendas contemplan las siguientes exigencias:
• Decreto 141/2012 (Comunidad de Madrid) fija que las puertas de acceso a los espacios internos de la vivienda “no practicables” deben tener una anchura libre mínima de paso de 0,70 m y una altura libre mínima de 2,00 m.
• En el “Anexo I. Conditions mínimas de habitabilidad…” se recoge que las puertas de acceso a los espacios internos deben tener una anchura libre mínima de 0,80 m y altura libre mínima de 2,00 m.
• En relación con accesibilidad, la Código Técnico de la Edificación (CTE) en el Documento Básico SUA “Seguridad de utilización y accesibilidad” exige condiciones de puertas, pero no he hallado que fije explícitamente la holgura al suelo.
• Artículo del blog “Conoce la normativa para puertas de entrada en viviendas” menciona: “la distancia entre el suelo y el borde inferior de la puerta no debe superar los 10 centímetros para evitar posibles entradas de roedores o insectos”. Pero esto no es normativa oficial, parece un consejo o interpretación.
⸻
• Ningún texto legal estatal o autonómico que especifique de forma obligatoria que la puerta interior deba dejar una holgura máxima o mínima al suelo de, por ejemplo, 1 cm, 2 cm o similar, en viviendas con suelo radiante.
• Tampoco una norma específica para puertas interiores de viviendas que regule la “corriente de aire” o la “luz que entra” por la distancia al suelo.
• Por tanto, que la puerta esté 1,5 cm sobre el suelo no se muestra claramente como incumplimiento normativo automático según la normativa general que he revisado.
⸻
???? Qué puedes hacer para valorar si eres susceptible de reclamar
Dado que no existe (o al menos no he localizado) una norma que diga “máximo 1 cm” de separación puerta-suelo, para reclamar habría que ver otros fundamentos:
1. Contrato, proyecto o descripción de la vivienda
• ¿La vivienda se entregó con características concretas que ahora no se cumplen (ej. otra holgura menor)?
• ¿Se ofreció/soldó con la garantía de “sin corrientes de aire”, “excelente aislamiento”, “suelo radiante sin pérdidas” y está claramente vulnerada por esa holgura?
2. Aislamiento térmico y eficiencia energética
• Si el suelo es radiante, puede haber compromiso implícito de aislamiento. Una puerta con gran holgura puede comprometer ese aislamiento (aire frío que entra). Podría argumentarse que se incumple una condición de confort o eficiencia.
• Verificar si el edificio o vivienda cumplía exigencias del CTE-HE (Ahorro de energía) sobre estanqueidad, y si la holgura supone una pérdida significativa.
3. Accesibilidad o habitabilidad defectuosa
• Si se demuestra que esa separación genera un problema de habitabilidad (corrientes, excesiva entrada de luz exterior, etc.), podría valorarse como defecto de construcción.
• Puedes acudir al técnico (arquitecto/ingeniero) para que emita informe técnico sobre el impacto de esa holgura.
4. Garantía de obra nueva o responsabilidad del promotor/constructor
• Si es vivienda nueva, se abre la posibilidad de que exista garantía (por ejemplo según Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación) y responsabilidad frente a defectos de construcción.
• Una separación mayor de lo diseñado podría considerarse defecto de ejecución si se demuestra que no respondía al proyecto ni al estándar de obra.
5. Normativa autonómica o municipal
• Puede que exista normativa autonómica o municipal que contemple holguras máximas específicas para puertas, aislamientos, etc. Habita revisar el código de edificación del municipio o comunidad autónoma.
• Se puede revisar la licencia de primera ocupación, el proyecto visado o las actas de entrega.
⸻
???? Mi valoración en tu caso
Que dejen 1,5 cm de separación bajo la puerta interior puede resultar excesivo desde el punto de vista del confort (corrientes, entrada de luz), pero no parece por sí solo un incumplimiento claro de una norma estatal específica (al menos de las que he podido consultar).
Para una reclamación viable, lo ideal es que puedas demostrar que esa distancia:
• no se corresponde con el proyecto aprobado o las especificaciones entregadas, o
• está provocando un defecto significativo en el aislamiento, eficiencia o habitabilidad de la vivienda.
Un saludo.
Gracias por tu respuesta y por tu tiempo
Tomo nota
Ay una normativa sobre el hueco que se debe dejar y suele ser de asta tres centimetros
Y donde se puede buscar esa normativa?
Es mucho espacio lo que te dejaron, claro que puedes reclamar.
Ya pero para reclamar necesito algo en lo que certifique que es mucho espacio
Hola
Normalmente se deja no mas de 5mm
1,5!cm es mucho
Tambien depende del suelo si esta muy al nivel
Escoge un tipo de trabajo
-
Únete a nuestra red de profesionales
Únete a Habitissimo para conectar con personas que buscan profesionales como tú
-
Crea tu perfil de empresa
Construye tu visibilidad mostrando tu trabajo y destaca con opiniones positivas de clientes
-
Contacta con clientes
Contacta directamente con clientes y elige los trabajos que deseas recibir en tu área