¿Tengo obligatoriamente que pagar para arreglar infiltraciones de un garaje de una comunidad si no tengo garaje?

Vivo en una comunidad de vecinos con una zona de jardín común, de acceso a los portales y un garaje debajo de éste no vinculado a la vivienda. Soy propietaria de la vivienda pero no tengo garaje y son comunidades distintas. La ite obliga a arreglar la cubierta del garaje por filtraciones del jardín,. para lo cual hay que levantarlo entero con las consiguientes pérdidas de árboles y otras especies vegetales de más de 30 años de antigüedad ¿Tengo obligatoriamente que pagar esta parte a pesar de no ser propietaria y de los consiguientes daños colaterales que esto va a ocasionar en el jardín?

¿Tengo obligatoriamente que pagar para arreglar infiltraciones de un garaje de una comunidad si no tengo garaje?

Vivo en una comunidad de vecinos con una zona de jardín común, de acceso a los portales y un garaje debajo de éste no vinculado a la vivienda. Soy propietaria de la vivienda pero no tengo garaje y son comunidades distintas. La ite obliga a arreglar la cubierta del garaje por filtraciones del jardín,. para lo cual hay que levantarlo entero con las consiguientes pérdidas de árboles y otras especies vegetales de más de 30 años de antigüedad ¿Tengo obligatoriamente que pagar esta parte a pesar de no ser propietaria y de los consiguientes daños colaterales que esto va a ocasionar en el jardín?

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7 Respuestas

Respuestas útiles 3
Particular - hace 6 años

Según la descripción facilitada por Estrella, la comunidad de propietarios y de la que ella es copropietaria de una vivienda, causa daños en el garaje de la Comunidad vecina. A lo anterior la Comunidad de Estrella deberá acometer las obras necesarias para subsanar el origen de los daños, y la Póliza de la citada Comunidad indemnizaría los daños causados en la Comunidad vecina por la Garantía de Responsabilidad Civil dentro de los límites que esta establezca. A la pregunta de Estrella, como copropietaria de la Comunidad causante está obligada a sufragar proporcionalmente los gastos de las obras necesarias en el jardín.

Particular - hace 6 años

Buenos días Estrella.

Independientemente de como estén constituidas las comunidades, si un tercero (el garaje) sufre unos daños provocados por la impermeabilización de jardines y los jardines forman parte de la comunidad a la que pertenece su vivienda, me temo que si te toca pagar la parte correspondiente de las reparaciones.

Como parte integrante de la finca, la legislación española establece que el deber de conservación, uso y manteniento es de los propietarios.

Gracias. Un saludo.

Particular - hace 6 años

Si son elementos comunes, sí. Pero hay una matización, y es que dices que son dos comunidades distintas. Si perteneciera a una única comunidad, claramente sí, pero si el garaje está constituido como otra comunidad, de la que supongo tu cuota es 0%, entonces te corresponde pagar el 0%. Aclara este punto, pues no es habitual que se trate de dos comunidades. Otra cosa es que los jardines causantes de las filtraciones pertenezcan a la comunidad de las viviendas, por tanto en ese caso si te corresponde pagar tu cuota.

Particular - hace 6 años

Yo entiendo Pablo, que Estrella se refiere a que hay dos comunidades distintas, a saber...

1.- Comunidad del garaje, dónde no todos los propietarios de viviendas tienen plaza.

2.- Comunidad del edificio, que incluye zonas comunes, jardines, accesos... y que en cierto modo tiene toda la lógica, que para acceder al edificio, se haga uso de los accesos y dichas zonas comunes, por lo que entiendo que pertenecen a esta segunda comunidad y no a la comunidad del garaje.

Entiendo que los jardines y zonas comunes exteriores (comunidad 2) son los que tienen problemas de impermeabilización y causan los daños en el garaje (comunidad 1), por lo que, aunque no tenga propiedad alguna en el garaje, como condueña de la comunidad 2, tiene que asumir la parte proporcional de costes de reparación.

Y si no es así (la distribución de comunidades), supongo que Estrella nos sacará de dudas.

Un saludo. Gracias.

Particular - hace 6 años

si el jardin es de la comunidad de vecinos a la que perteneces, o una parte de el, los problemas que ocasione los tienen que pagar a partes iguales todos los propietarios

Particular - hace 6 años

Buenos días Estrella, Jose Luis y Pablo. He visto la consulta y respuestas a la misma y en mi modesta opinión estimo que Estrella no está consultando un tema técnico competente a un Arquitecto sino un tema legal que debería asesorarse por un Abogado.

Es evidente que lo primero que hay que hacer es determinar qué siniestro se ha producido y quién es el titular del inmueble causante del mismo.

Por tu relato Estrella se deduce que el jardín puede ser propiedad de tu Comunidad de Vecinos, o bien puede ser mancomunidad de varias Comunidades de Vecinos. Por tanto, lo primero que tienes que aclarar acudiendo para ello al Administrador de Fincas de tu Comunidad de Propietarios, viendo igualmente lo dispuesto en tu Escritura de Propiedad de tu vivienda, así como lo dispuesto en el Registro de la Propiedad es:

1º Quién es el propietario del jardín causante del siniestro

2º Si la Comunidad Propietaria tiene contratado seguro de siniestros a terceros y si cubre el importe del arreglo

Por tanto, todas estas cuestiones, en caso de duda, es un asesor jurídico quien tiene que asesorarte, no un Arquitecto.

Un cordial saludo. Félix

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