¿Cómo legalizar una vivienda?
Tengo una parcela rústica de 9487m y una vivienda construida en el año 1990 a mano sin planos rectangular de planta baja de 57m. ¿Se podría legalizar como vivienda, cómo se consigue la cédula de habitabilidad?
Gracias
2 Respuestas

Buenos días José Antonio.
Si no cumple la parcela mínima, no podrá legalizarla.
En el caso de la Comunidad Valenciana, existe una posibilidad cumpliendo una serie de requisitos, entre ellos:
Estar completamente construida antes del 20 de agosto del 2014.
Tener uso residencial.
Que no exista sobre ellas una sentencia judicial firme (éstas se deberán cumplir de acuerdo con lo que se disponga en las resoluciones judiciales de ejecución que los tribunales dicten).
Hay que ver en qué condiciones está la vivienda, que cumpla las normas de Habitabilidad, que disponga de tratamiento de aguas residuales, que cumpla norma Patricova, etc. Se deberá realizar estudio de impacto ambiental, etc.
Es un proceso algo costoso y lento.
Un saludo

Buenos días.
Su caso tiene pinta que deberá declararse como un FUERA DE ORDENACIÓN, debe contratar un estudio de arquitectura, preferiblemente de su ciudad o provincia, que analice el planeamiento urbanístico y vea si hay alguna opción, consultando además en su Ayuntamiento... al ser parcela rústica tal vez solo lo pueda legalizar como construcción asociada a la finca rústica, típica "casa de aperos" pero no como vivienda.
Gracias. Un saludo.

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