¿Debo comprar un inmueble con esas peculiaridades?

Hola! Estoy considerando la posibilidad de comprar un inmueble como residencia vacacional en un pueblo costero de Cádiz. Fue un local que ha sido habilitado a vivienda, pero en el registro no se ha hecho ese cambio, sigue registrado como local. Después de haber revisado los requisitos que debe cumplir el inmueble para que cumpla las condiciones de habitabilidad establecidas por la normativa urbanística para cambiar de local a vivienda puedo decir,sin ser arquitecto, que los cumple, así que no sé por qué no se ha hecho el cambio. La inmobiliaria me asegura que éso no supone ningún prejuicio para darle el uso de vivienda, puesto que ya tiene en el ayuntamiento cambiada la tarifa industrial de los servicios de luz y agua a vivienda, pero que ese cambio lo puedo hacer yo.

Cuando le pregunto si tiene la Licencia de Ocupación me dice que no la tiene, pero que no es necesaria teniendo los suministros de luz y agua instalados. La verdad es que estoy hecha un lío, ya que soy desconocedora de estos temas y no quiero lanzarme a comprar algo sin tener la certeza de que está todo en regla y que no me voy a llevar en un futuro sorpresas desagradables.

Me gustaría que alguien conocedor del tema pueda orientarme y ayudar a aclararme. ¿Debo comprar un inmueble con esas peculiaridades?

Espero respuesta. Gracias!

¿Debo comprar un inmueble con esas peculiaridades?

Hola! Estoy considerando la posibilidad de comprar un inmueble como residencia vacacional en un pueblo costero de Cádiz. Fue un local que ha sido habilitado a vivienda, pero en el registro no se ha hecho ese cambio, sigue registrado como local. Después de haber revisado los requisitos que debe cumplir el inmueble para que cumpla las condiciones de habitabilidad establecidas por la normativa urbanística para cambiar de local a vivienda puedo decir,sin ser arquitecto, que los cumple, así que no sé por qué no se ha hecho el cambio. La inmobiliaria me asegura que éso no supone ningún prejuicio para darle el uso de vivienda, puesto que ya tiene en el ayuntamiento cambiada la tarifa industrial de los servicios de luz y agua a vivienda, pero que ese cambio lo puedo hacer yo.

Cuando le pregunto si tiene la Licencia de Ocupación me dice que no la tiene, pero que no es necesaria teniendo los suministros de luz y agua instalados. La verdad es que estoy hecha un lío, ya que soy desconocedora de estos temas y no quiero lanzarme a comprar algo sin tener la certeza de que está todo en regla y que no me voy a llevar en un futuro sorpresas desagradables.

Me gustaría que alguien conocedor del tema pueda orientarme y ayudar a aclararme. ¿Debo comprar un inmueble con esas peculiaridades?

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5 Respuestas

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Particular - hace 5 años

...pero podemos ir un poco más allá Gema; el actual propietario, de conformidad con el Código Civil, Ley del Suelo, Ley de Propiedad Horizontal (por el edificio en el que esté el local) y normas urbanísticas del municipio, es el responsable legal del estado de conservación y uso (atención a este punto) del inmueble, de ahí que EL PROPIETARIO ACTUAL es quien debería hacer todo lo necesario para poder vender el inmueble en condiciones legales de lo que se supone que es y no dejar el "marrón" al comprador, pues eso de "el comprador asume toda la responsabilidad" tiene multitud de matices legales que no es tan sencillo... el comprador asume dicha responsabilidad si es técnico, si es experto en la materia o si en la documentación se deja constancia cierta y fehaciente de lo que está comprando y en que condiciones... vamos, si firma con conocimiento de causa, pero si, tal como le ocurre a usted ahora mismo, duda y, me alegro y aplaudo sus dudas; me remito a lo que le he indicado antes... "si tan fácil es, que lo haga el vendedor todo (aunque suponga un incremento de precios)", ya verá como de repente el inmueble ya no está en venta, ya no interesa, etc...

El problema es que además los consumidores no toman cartas ni actúan en casos así, pues si usted fuese al Ayuntamiento a informarse sobre el local en concreto y, resulta que es local y no vivienda y lo denuncia, el Ayuntamiento debería actuar contra el propietario del mismo.

Gracias. Un saludo.

Particular - hace 5 años

Buenos días Gema.

Tal como indican los compañeros, si no existe el correspondiente proyecto de cambio de uso, licencia de primera ocupación / cédula de habitabilidad, NO ES UNA VIVIENDA.

Que me disculpen aquellos inmobiliarios que puedan leer esta respuesta, pero por lo general, por la experiencia que llevo en más de 22 años de oficio, la inmobiliaria quiere vender, punto... la responsabilidad no es de ellos, es el propietario actual y si usted compra, como la transmisión se hará como CUERPO CIERTO, asumirá la responsabilidad.

En casos así, en los que "la otra parte dicen que es muy fácil todo", siempre respondo lo mismo, "perfecto, hazlo tú y que el inmueble se transmita correctamente", verá como en ese punto usted deja de interesar para esa compraventa...

Por un lado, cada Ayuntamiento es competente en la ordenación de su territorio, en sus planes urbanísticos establecen las condiciones de desarrollo, por ejemplo, lo he comentado no hace mucho en este mismo foro.... en Alcobendas (Madrid) no se puede hacer un cambio de uso de inmueble terciario / comercial a residencial si el local no tiene posibilidad física de acceso directo desde el portal del edificio o si el local no está a ras de calle... en el momento que un local (como ocurrió con mi cliente por el que estuve averiguando ésto) esté en una equina de un edificio y no haya forma de que se pueda hacer la puerta de acceso al mismo desde el interior del portal, no hay forma legal de hacer el cambio de uso, mientras en otros municipios, si es viable... así pues, el primer paso es consultar en el Ayuntamiento.

El segundo paso, si el cambio de uso es viable, es que un técnico competente (en este ámbito, tanto arquitectos como arquitectos técnicos / aparejadores, son legalmente competentes para el desarrollo de proyectos de cambio de uso) redacte el correspondiente proyecto de cambio de uso que encaje la distribución interior, espacios mínimos necesarios, superficies, instalaciones, etc... en las condiciones mínimas normativas y legales de proyecto y de habitabilidad, lo que le llevará a poder solicitar la Licencia de Primera Ocupación / Cédula de Habitabilidad e inscribir el inmueble en el Registro de la Propiedad como vivienda y no como local.

Que la agencia inmobiliaria diga que tiene luz, agua, gas, etc... no hace más que reafirmar su desconocimiento o dejadez... ¿acaso un local no puede tener dichos servicios?... pues eso, si "no tienen nada que ocultar", que le faciliten los boletines de las instalaciones y haga la consulta con ellos en Industria de su Comunidad Autónoma, verá como le dicen que son instalaciones para uso terciario, no para uso residencial.

Incluso, puede usted llegar a tener problemas a la hora de financiar la operación de compraventa, pues puede que las condiciones de hipoteca varíen al no ser vivienda legalmente considerada y registrada.

Gracias. Un saludo.

Particular - hace 5 años

yo le recomendaria que contacte con algun arquitecto para que le asesore para valorar el cumplimiento de la normativa y tambien consulte en el ayuntamiento la posibilidad de hacer el cambio de uso previo a la compra del inmueble.

Particular - hace 5 años

los locales no tienen cedula de habitabilidad porque son locales, no son vivienda independientemente del acondicioanmiento interno del mismo. Hay que hacer un cambio de uso, mediante proyecto tecnico. Pueden ser necesarias obras o no para adaptarlo a las condiciones de habitabilidad de una vivienda. Cunado se finamizan las obras se aporta el certificado de fin de obras y se solicita la primera ocupacion LPO. Una vez que se dispone de la LPO, se inscribe en el registro ya como vivienda y se hace la declaracion de alteracion catastral.

Particular - hace 5 años

pues blanco y en botella, si no esta declarado como vivienda, ya que esta como local, pues es un local y no una vivienda, puede estar por dentro como quieran, pero sigue siendo un local, lo de la luz es indiferente y lo del agua en muchos pueblos igual,

primero informese en el ayuntamiento si se puede cambiar el uso de local a vivienda y su coste, en mucos bloques de pisos, los metros cuadrados disponibles para viviendas ya estan ocupados por las viviendas que tiene y los locales no se pueden pasar a vivienda, en caso de que lo emplee de vivienda, pueden incluso impedirle el acceso al local, aparte de una sancion importante.

conozco un caso aqui en mi pueblo, vendian un local y el comprador se queria realizar una vivienda, por los requisitos si que cumplia, ventilacion, luces y todo eso, pero el bloque ya tenia el 100% construido y el ayuntamiento desestimo la reforma y sigue siendo local

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