Hola !!
Vivo en un edificio y a 4 metros de nuestras terrazas (8 metros a la fachada) tenemos una casa adosada que ha sacado una chimenea que nos queda a la altura del segundo piso (tenemos 3).
Ahora el ayuntamiento nos confirma que para regularizar la chimenea, que se hizo sin permiso, han aplicado el Código Técnico de Edificación.
Según lo que se dice en DB HS 2 pàgina 60 / 2.2.2 Condiciones particulares de las bajantes), nosotros entendemos que no lo cumple, ya que debería de estar a la altura de nuestro tejado.
¿Según esto, el ayuntamiento estaría obligado a notificar al propietario de la casa con la chimenea que suba la, salida de humos hasta estar por encima nuestro tejado?
¿Qué puedo hacer ante las molestias de una chimenea del vecino?
Hola !!
Vivo en un edificio y a 4 metros de nuestras terrazas (8 metros a la fachada) tenemos una casa adosada que ha sacado una chimenea que nos queda a la altura del segundo piso (tenemos 3).
Ahora el ayuntamiento nos confirma que para regularizar la chimenea, que se hizo sin permiso, han aplicado el Código Técnico de Edificación.
Según lo que se dice en DB HS 2 pàgina 60 / 2.2.2 Condiciones particulares de las bajantes), nosotros entendemos que no lo cumple, ya que debería de estar a la altura de nuestro tejado.
¿Según esto, el ayuntamiento estaría obligado a notificar al propietario de la casa con la chimenea que suba la, salida de humos hasta estar por encima nuestro tejado?
7 Respuestas
Buenas tardes.
Totalmente de acuerdo con las respuestas anteriores, no solo CTE, también RITE y, efectivamente, a su vecino le toca elevar un buen trozo la chimenea.
Saludos.
Muchas gracias.
Gracias a usted.
Saludos.
Buenos días María.
El documento CTE que indicas se utiliza para que la evacuación de aire viciado o para ventilación de bajantes y determina las condiciones para que las chimeneas se dispongan de manera que no se vean afectadas por obstaculos cercanos para un funcionamiento natural.
Para la consideración de la chimeneas de evacuación de humos se utiliza el RITE.
En tu caso podrías optar por hacer un escrito al ayuntamiento indicando la situación en caso para que tomen medidas, en caso contrario podrías ejercer acciones legales por tu cuenta contra la finca de la chimenea. De todas maneras te aconsejo contar con el asesoramiento de un técnico para verificar la situación que padeces.
Saludos.
Sergio Gonzalo
Arquitecto Técnico
Buenas,
Según el ayuntamiento ellos han regularizado la obra según el CTE y dicen que la dan por buena y el tema queda cerrado. Ante nuestra insistencia nos dicen que lo consideran un tema entre vecinos.
¿Me podrías informar si conoces algún técnico de aquí de la provincia de Girona que nos pudiera ayudar?
Muchas gracias
En principio y para poder cumplir con la legalidad, tendria que ceñirse al RITE, que efectivamente, obliga a subir por encima de cualquier tejado que no tenga una distancia lateral de al menos 6 metros, si esa distancia no se cumple, la descarga del humo, debería subir 1 metro por encima del punto mas alto del tejado del edificio colindante y dicho conducto deber ser instalado por un instalador con la homologación pertinente para poder realizar dichos trabajos y poder firmar la certificación.
Espero haberle servido de ayuda.
Un Saludo;
Chimeneas Arganda
David Meldaña
Buenas,
La distancia entre la salida de humos y nuestro edificio, ¿no debería de ser 10 metros y no los 6 que indicas?
Tenemos entendido que si no supera los 10 metros, tiene que superar en 1 metro nuestro tejado.
Muchas gracias
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