Buenos días, vivo en una vivienda unifamiliar adosada que es un bloque de varias viviendas en hilera con paredes medianeras,portantes o muros de carga es decir, que es una estructura única común, pero en los estatutos no mencionan para nada la estructura, sí los demás elementos comunes, ¿Cómo puedo probar que la estructura es elemento común? Gracias.
¿Cómo probar que mi bloque de adosados tiene una única estructura común?
Buenos días, vivo en una vivienda unifamiliar adosada que es un bloque de varias viviendas en hilera con paredes medianeras,portantes o muros de carga es decir, que es una estructura única común, pero en los estatutos no mencionan para nada la estructura, sí los demás elementos comunes, ¿Cómo puedo probar que la estructura es elemento común? Gracias.
17 Respuestas
Algún día nos tenemos que tomar tú y yo un café... si además fueses el Carlos Muñoz que conocí hace años... me iba a reír la verdad.
El ejemplo de pintar la fachada no era por patologías, era por señalar que uno no puede hacer lo que le venga en gana en las fachadas (por ejemplo) así como así, o en cubiertas, o en patios, terrazas, etc...
Un saludo.
Efectivamente es un tema de coeficientes, COEFICIENTES DE PROPIEDAD. Todo elemento común es así por ser COPROPIETARIO, y es en los estatutos y division horizonal donde aparece. Es un tema de reparaciones y de a quien le corresponde reparar, (si de eso que he hablado). El ejemplo que has puesto de pintura de fachada no tiene nada que ver con patologías. Como dijiste en otro comentario lo tuyo es "contestar por contestar".
Gracias a usted María.
Me alegra ver por su respuesta que NO SE TRATA DE UN TEMA DE COEFICIENTES y si de algo que, como me imaginaba (e indiqué) se trata de algo más allá de la estructura, cubierta, ladrillos, etc...
Cuando pongo un ejemplo Carlos y menciono pintar una fachada de verde chillón se trata de eso, un ejemplo exagerado, que haga al público ajeno a la materia entender que uno no puede hacer todo lo que se le antoje en un inmueble.
Un saludo.
Hola, josé Luis gracia por los consejos, efectivamente he conseguido planos que me ha proporcionado un antiguo propietario conocido y todo indica que la estructura es elemento común con su junta de dilatación como es lógico, de todas formas no quiero alterar la configuración del edificio solo quiero hacer que repare la comunidad la patología de los ladrillos y la cubierta, según me dice el antiguo vecino ya se había reparado algo similar anteriormente en la comunidad pero esta vez no se preocupaban del tema, eso me ha hecho repasar PH Y código civil aunque no te creas es un poco pesado pero ya esta resulto.Muchas gracias otras vez y os lo agradezco a todos. Saludos.
Buenas tardes María.
Si se trata de viviendas adosadas, como usted dice, los muros de carga (medianeros) o pilares (medianeros), forjados, etc... son propiedad común, incluso un pilar que no sea medianero y esté en su vivienda, que ese pilar sera modificado supondría una afección y esfuerzos no previstos al resto de la estructura, así que tenga mucho cuidado por qué no es tan sencillo simplemente por qué se trata de vivienda unifamiliar.
El único caso en el que uno es responsable de su estructura es en viviendas unifamiliares aisladas, pero en el momento en el que tenemos pareadas o adosadas, las cubierta (por ejemplo) suelen ser continuas, si uno tiene goteras o cambia tejas y afectan a la unión con las tejas del vecino... no es algo que sea susceptible de estar individualizado, es evidente que afecta a muchos menos inmuebles, pero afecta.
Además, hay determinados requerimientos estéticos que aunque se trate de una vivienda unifamiliar adosada o aislada, aunque la fachada del chalet sea susceptible de individualizarse, no por ello quiere decir que uno "la puede pintar de color verde chillón", pues las viviendas fueron concebidas, proyectadas y diseñadas bajo unos parámetros de proyecto y normativa municipal (como mínimo).
... por explicarlo de manera sencilla.
Así pues, le sigo recomendando que consulte en su Ayuntamiento y/o un técnico que pueda bucear en la normativa específica.
Gracias. Un saludo.
Buenos días nuevamente, según la LPH. Articulo 9,
"1. e) (Son obligaciones de los propietarios) Contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título o a lo especialmente establecido, a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, cargas y responsabilidades QUE NO SEAN SUSCEPTIBLES DE INDIVIDUALIZACIÓN. "
Es decir, si son elementos independientes debe consultar en la división horizontal para comprobar la individualización.
En un bloque de viviendas, se es propietario de un piso y copropietario del suelo sobre el que se edifica el resto de elementos que pueden ser comunes, fachadas, cubiertas, portales, escaleras... En el caso de viviendas adosadas, cada finca tiene un perímetro independiente (y por lo tanto propiedad privada) que incluye fachadas y cubiertas y por lo tanto no hay copropiedad de estos elementos. De ahí que deba estudiar la escritura de obra nueva y división horizontal.
Buenas tardes María.
Como indican algunos de los compañeros, primero consulta documental en el Ayuntamiento, segundo contacte con un técnico que emita un informe.
Si se trata de Comunidad de Madrid o provincia de Guadalajara, puedo estudiar su caso.
www.habitissimo.es/compas-y-cartabon
Gracias. Un saludo.
Hola soy Daniel, vivo en una casa adosada en la que una paded linda con un vecino, hace unos meses instale dos equipos de aire acondicionado en el techo de mi vivienda en en tabique que supera aprox un metro y medio mi tejado donde se fijaron los equipos pues la casa del vecino es mas alta que la mia puesto que es un tabique de aislamiento pensaba que pertenecia a mi vivienda , pues se a quejado por burofax amenazandome si no los quito.
Como podria saber si tiene razon o no?
Aunque habria sido mas facil que en su momento hubiera hablado conmigo, pero me fastidia que la gente se comporte de esa manera.
Gracias.

Buenas tardes Daniel.
Creo que debería haber sido al revés... y no ser su vecino el que hable ahora con usted, al contrario, usted tenía que haber hablado antes con su vecino y el instalador también debería haber preguntado.
Su casa llega hasta el plano imaginario/teórico de medianera y, si su casa es más baja, por lo general, ese muro es enteramente propiedad de su vecino, así que me temo que él tiene razón y las de ganar.
Gracias. Un saludo.

Pensé (y así indiqué) que la consulta era sobre coeficientes, no sobre autorizaciones, pero ya que JoseLuis saca temas nuevos:
Si no se indica nada al repecto en la division horizontal en los estatutos cada uno es responsable de su mantenimiento. Cada vecino debe mantener sus canalones, bajantes de pluviales, fecales, posibles reparaciones de sus goteras, si tiene acometidas distintas de sanemamiento cada cual se encarga de su mantenimiento, es decir, la LPH sólo obliga a crear comunidad de propietarios de los elementos que sean comunes, por tanto si no hay comunidad no hay autorización de la misma.
Si un vecino quiere pintar la fachada de verde chillón y no hay comunidad, ya se encargará el Ayto de autorizar o no, y al revés, si hay comunidad y deciden pintar la fachada en verde chillón, si me niego a que me pinten la fachada de mi casa, el ayto no "pinta" nada.
Resumiendo:
Autorización de la comunidad: Depende de la division horizontal y estatutos.
Autorizacion Municipal, como mínimo comuncacion previa.
Buenos días María, como veo que mencionas los estatutos, imagino que te refieres a un conjunto de viviendas adosadas constituidas en comunidad con división horizontal. En ese caso, lo más probable es que, aunque tus forjados (techos) sean mediante el elemento que los cubre, independientes de los demás, el hecho de estar constituidos en comunidad de propietarios hace que cerramientos, cubierta, estructura y terrazas, jardines y demás espacios exteriores sean comunitarios (aunque de uso privativo) para lo cual, para hacer cualquier modificación (imagino que por eso lo preguntas) deberías tener consentimiento o simplemente informar (en función del tipo de intervención) al resto de vecinos. De todas maneras, puedes consultar planos en el archivo municipal, eso es información pública.
Si estas en Catalunya, podemos estudiar tu caso.
www.habitissimo.es/lpa-arquitectura
Espero que entre todos te hayamos ayudado.
Saludos cordiales,
Amaia López
Buenas tardes, si lo que necesita es una consulta legal por un tema de coeficientes deberá consultar en el registro de la propiedad de su localidad la escritura de obra nueva o división horizontal de los adosados.
Unos adosados no necesariamente deben compartir los gastos de cubierta o estructura, no tienen por que ser elementos comunes y no tienen porqué repercutirse los gastos de mantenimiento de cubiertas, fachadas o estructura. (A no ser que así lo indiquen los estatutos o el registro de la propiedad)
María
Lo mas immediato es conseguir el proyecto de ejecución o contactar con alguno de los tecnicos que intervino.
Si esto no es posible, avise a un tecnico que haga una visita. Casi con toda seguridad, con una inspeccion visual podra determinar si es o no una estructura comun. Por experiencia casi aseguraria que la estructura es conjunta al grupo de viviendas, porque es la forma mas habitual de construccion de las viviendas adosadas.
Saludos
Hola María,
yo lo primero que haría sería dar unos golpecitos sobre el muro para comprobar si el sonido es de un elemento macizo o hueco, pero esta solución nunca servirá para resolver la duda ya que el muro puede tener un trasdosado.
Para resolver su duda de una manera eficaz tiene dos opciones:
La primera sería investigar en el proyecto de ejecución de la vivienda ya que ahí deberían venir los planos estructurales del edificio.
Lo suyo sería hacer una cata sobre la propia pared ya sea levantando la pintura o picando sobre el paramento si Y la segunda sería hacer una cata sobre la pared levantando la pintura que haya o el trasdosado (en su caso) y comprobar si el muro es de hormigón o de elementos cerámicos estructurales.
Espero haberla podido ayudar, un saludo!!
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