¿Una vivienda de 7 plantas estaría obligada a tener una escalera con hueco?
Me gustaría saber si una vivienda de 7 plantas construida en 2010 en la comunidad valenciana estaría obligada a tener una escalera con hueco. Es decir, si la normativa obliga a que esa escalera tenga hueco. Gracias
19 Respuestas
...por cierto Francisco, ¿que diámetro tiene una manguera estándar?, ¿más de 10 cms?.
Gracias. Un saludo.

Los diámetros de las mangueras del Servicio son 25mm, 45mm y 70mm. Con una longitud de 20m cada tramo. Se unen mediante racor es de tipo Barcelona. En incendios de vivienda se suelen usar de 25mm.Hay mangotes de 100mm. Son más cortos y se usan para aspiración
Muchísimas gracias Francisco.
Uno nunca deja de aprender y al hilo de su consulta, me quedaba la duda si las mangueras cabrían entre los barrotes de las barandillas contando con la separación máxima de barrotes que permite el CTE.
Un saludo.

Buenas noches Francisco.
Adjunto fotografía de una escalera de un edificio en el que estoy involucrado... no hay hueco vertical, los planos de las zancas son coincidentes y la barandilla se resolverá con perfiles verticales tipo arpa, partiendo el cimbreo con elementos metálicos horizontales... como hueco, las ventanas de descansillos (tres plantas) y para manjar mangueras, pues supongo que algo se podrá mover entre barandilla... pero la verdad es que el proyectista nunca ha pensado en mangueras, a la vista que el CTE se cumplen en anchuras, vías de evacuación... pero lo que ha dicho usted ha despertado mi curiosidad y me sorprende gratamente que en las oposiciones se tenga en cuenta el CTE (anda que no he mencionado yo a los bomberos en reuniones de comunidades, en concreto una en la Avd. de Abrantes haciendo entender a los vecinos que un bombero hará lo que sea necesario para salvar una vida... pero si una vez lo ha hecho, resulta que por la escalera no se podría sacar una camilla (rectángulo 200 x 70 cms), ese bombero va a dejar constancia en su informe)... prometo en próxima promociones comentar esto del hueco con los compañeros y proyectistas...
Un saludo. Gracias.

Hola francisco. Según el CTE y DC09 no es obligatorio el diseño de la escalera con el hueco central. Nos obligan a iluminar y ventilar dicha escalera que puede ser de diversas formas. Puede no tener dicho hueco si está ventilada e iluminada según normativa vigente. Un saludo.
Muchas gracias Alberto. Ha quedado clarísimo. No existe obligación de tener hueco. Tendré que enfocar mi impugnación de otro modo. Un saludo
Hola, mirando el CTE-SI, lo que obliga para esas alturas es que haya huecos en la fachada para acceder a cada planta, no un hueco en la escalera.
Correcto. En el DBSI 5 creo recordar. Huecos para acceso por fachada de dimensiones mínimas 0,8x1,20m con distancia máxima entre huecos de 25m. Fue pregunta de examen también.
Buenos días.
Estoy de acuerdo con Jorge, eso es lo que dice el CTE, que tiene en cuenta la iluminación, ventilación, evacuación y aproximación de bomberos... pero claro, 7 plantas ya es una altura como para disponer de columna seca dónde enganchar mangueras (ahora mismo no tengo a mano el dato, pero lo mirare esta tarde para estar seguro).
Gracias. Un saludo.

Muchas gracias Jose Luis.
Por mis limitados conocimientos del CTE el DBSI Si 4 habla de columna seca a partir de una altura de evacuación de 24m (te hablo de memoria porque me examiné la semana pasada y aún tengo los datos medianamente frescos).
La altura de evacuación a nivel bomberos se calcula grosso modo como 3m por planta, por lo que el edificio que nos ocupa no cumpliría el requisito.
Además por sistemática propia la columna seca no se emplea como instalación de extinción prioritaria casi nunca ya que suele presentar daños o fallos debidos a un mal mantenimiento, uso indebido, vandalismo...
Muchas gracias de nuevo. Saludos
Buenos días Francisco,
El hueco o ojo de la escalera, creo recordar que de 1,10 m de diámetro, debe existir si no se dispone de iluminación y ventilación de la escalera por un hueco a fachada o patio, en edificios de 4 alturas, y sí de forma cenital.
En el caso de 7 alturas, no es obligatorio, pero sí la iluminación por un hueco al exterior, y la ventilación por ese mismo hueco o forzada.
En definitiva deberá cumplir las DC-09 de la Comunidad Valenciana y el DB-SI del Código Técnico de la Edificación
Un saludo
Muchas gracias por tu respuesta Jorge.
Mi duda está relacionada con una oposición de bomberos en la que respondí que en un incienso en la vivienda descrita yo montaría la instalación de mangueras por el hueco de la escalera y no me la dieron por buena alegando que en ningún sitio decía que la vivienda dispusiera de dicho hueco.
Intento informarme para demostrar que la instalación que yo propuse es correcta.
Gracias de nuevo y un saludo
Buenas tardes Francisco.
Los datos que te aporto son de las DC09 normas de habitabilidad y diseño de la Comunidad Valenciana.
Respecto a lo que estima la DB_SI debería estudiarlo.
Un saludo
Buscando en la Ordenanza Municipal de la edificación y el uso del suelo, en el Artículo 70, dice que "los tramos de escalera deberán cumplir las siguientes condiciones:
Ancho mínimo: 1m
Huella minima: 0,27me
Tabica máxima: 0,19m
Ojo entre tramos de escalera: 0,20m
Esto refuerza la opción de instalación por hueco
Hola Francisco,
no me sonaba de nada esa limitación. He mirado el CTE y las normas de Valencia y no veo que exista.
De todas formas, tengo curiosidad. ¿A qué se debe la pregunta?
Buenos días Raúl y gracias por tu respuesta.
Soy opositor a bombero y recientemente he participado en la oposición del Consorcio de Alicante. Ha habido mucha polémica con una pregunta relacionada con el hueco de escalera.
Para resumir, preguntaban por donde monterías la instalación (mangueras) en un incendio de vivienda con las características descritas (7 plantas y construido en 2010). La mayoría pusimos por el hueco de la escalera, ya que así lo marca la sistemática de bomberos, pero no la dieron por buena alegando "que en ningún sitio dice que el edificio disponga de hueco".
Intento encontrar alguna referencia en la normativa que afirme que una vivienda así ha de tener hueco de escalera. Dado que mis conocimientos se reducen a los DBSI del 3 al 6 del CTE espero que podáis ayudarme, ya que mis opciones de acceder a una plaza pasan por ello.
Gracias y un saludo
Si te refieres por hueco a una ventana, sí, porque debe haber un hueco de ventilación de escalera de superficie mínima igual a 1 m2 en cada planta.
La primera consideración se encuentra en la diferencia entre una vivienda y un edificio de viviendas, haces referencia a una vivienda.
La segunda consideración es que las escaleras no tienen porqué ser de ida y vuelta, podrían ser lineales, de caracol, etc y estás presuponiendo que se trata de una escalera de ida y vuelta o, al menos, de dos tramos.
La tercera consideración es que se viene obligado a ventilar e iluminar las escaleras que tienen condición de recorrido de evacuación y estás de nuevo presuponiendo que se trata de una de ellas.
Y así, poco a poco, has ido presuponiendo supuestos hasta llegar al punto de tu respuesta. Sin dilatarte más la respuesta decirte que NO. Que una escalera no tiene porqué tener un hueco central, es más, normalmente los que proyectamos utilizamos esos huecos en el centro de las escaleras para ubicar el ascensor.
Saludos y suerte con el resto de tu exámen.
Gracias por tu respuesta Jesús. Yo no presupongo nada pero la pregunta es tan ambigua que se presta a interpretaciones. Por otro lado, cuando me hablan de escalera a secas interpreto que es la escalera de acceso a las plantas de la vivienda, al igual que si me hablan de una puerta considero que es una puerta normal, ni giratoria, ni corredera o plegable, ni abatible.
El examinador basa la defensa de su pregunta en un supuesto que es que no tiene porque haber hueco y yo intento hacer una impugnación lo más motivada posible y ello pasa por informarme acerca de normativa que desconozco.
Gracias de nuevo por aclarar mis dudas. El resto del examen, gracias a años de estudio, ha ido muy bien.
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