¿Es obligatorio formar una comunidad?

Hola. Quisiera preguntarles porque estoy desconcertada. Mi casa en el pasado era con la de mi actual vecino una sola casa. Fue en principio de mi familia y como parte de una herencia cada uno de los propietarios herederos vendió. El caso es que la otra parte ha pasado por varios propietarios y jamás me ha solicitado formar una comunidad.

Nuestras casas comparten vigas muro medianero y bajante de los tejados. Cada casa tiene su propio tejado.

Creo que no me opongo pero hay algo que me ha dejado preocupada ya que dice que la ley le ampara y si no acepto lo presenta en el juzgado.

Alguien me puede decir si esto es así. Gracias

Jéssica
Jéssica preguntó sobre
Arquitectos
Hace 7 años

¿Es obligatorio formar una comunidad?

Hola. Quisiera preguntarles porque estoy desconcertada. Mi casa en el pasado era con la de mi actual vecino una sola casa. Fue en principio de mi familia y como parte de una herencia cada uno de los propietarios herederos vendió. El caso es que la otra parte ha pasado por varios propietarios y jamás me ha solicitado formar una comunidad.

Nuestras casas comparten vigas muro medianero y bajante de los tejados. Cada casa tiene su propio tejado.

Creo que no me opongo pero hay algo que me ha dejado preocupada ya que dice que la ley le ampara y si no acepto lo presenta en el juzgado.

Alguien me puede decir si esto es así. Gracias

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7 Respuestas

Respuestas útiles 2
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 7 años

Ante todo, gracias a usted Jéssica... si las viviendas son adosadas, no tienen obligación de constituir comunidad, sin ir más lejos yo vivo en una vivienda adosada y no tengo comunidad con mis vecinos, tenemos un muro medianero común, cubierta común, canalones comunes, lo mismo que usted.

No obstante, un abogado le podrá dejar esto más claro y ante el órdago de su vecino, poder responder adecuadamente.

Si se trata de Comunidad de Madrid le puedo poner en contacto con algún bufete con los que trabajo de forma habitual en peritaciones y casos conflictivos y que le asesoren si lo precisa.

empresas.habitissimo.es/pro/compas-y-cartabon

Gracias. Un saludo.

Jéssica replicó... Particular - hace 7 años

Muchas gracias. Soy de Galicia. Hoy es festivo así que mañana hablaré con mi abogada.

Muchas gracias por su amabilidad José Luis. Un saludo

José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 7 años

Buenas tardes Jessica.

Entiendo por su explicación que se trata de casas / viviendas adosadas ¿cierto?, si es así y si las viviendas no tienen nada que les genere gastos y mantenimientos comunes (piscina, jardines...) no tienen obligación de constituirse en comunidad de propietarios aunque el Código Civil, Ley del Suelo, etc... les obliga a la conservación y mantenimiento de los elementos comunes.

Gracias. Un saludo.

Jéssica replicó... Particular - hace 7 años

Si. Es una casa antigua. Pero tienen elementos comunes estructurales como vigas y una pared medianera y el canalón del desagüe de los dos tejados es común también. El en nuestra conversación me dijo que la ley le ampara y que él funciona así y si no acepto lo lleva al juzgado.

Jéssica replicó... Particular - hace 7 años

Lo único que podría dar gastos comunes era la limpieza de ese canalón de la bajante de los tejados. Antiguamente la limpieza la hacíamos de mutuo acuerdo y ambos propietarios subían y lo limpiaban.

CASCOSVELLOS ESTUDIO DE ARQUITECTURA
CASCOSVELLOS ESTUDIO DE ARQUITECTURA
CASCOSVELLOS ESTUDIO DE ARQUITECTURA respondió... Antonio Ramos Aguirre (A Coruña, A Coruña) Antonio Ramos Aguirre - hace 7 años

Buenos días, es importante en primer lugar saber cual es la situación registral de la finca. Si es una sola finca -como fué en origen- no sería necesario. Si por el contrario son dos fincas independientes registralmente pero que compartan cualquier elemento común entonces si podría ser requerible la constitución de una comunidad. No obstante cabe señalar que si lo único que se comparte aparentemente es un canalón (habría que estar seguro de este punto, es decir que no existan más instalaciones, acometidas,...) la medida parece un poco desproporcionada, por todo lo que conlleva una comunidad de propietarios (junta, administrador, fondo de reserva,...). Un saludo.

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