¿Es obligatorio tener baño en una tienda de ropa?
Quiero montar una tienda de ropa nueva y de segunda mano, pero el local no tiene cuarto de baño, es necesario u obligatorio tenerlo para ese tipo de negocio. Gracias. Un saludo.
5 Respuestas

Buenas tardes Delia.
Dependerá de lo que indiquen las ordenanzas municipales... pero por lo general precisará un baño para empleados (aunque sea usted sola) y, en función de la Comunidad Autónoma, puede que incluso tenga que estar disponible para uso público e incluso adaptado para uso de personas con movilidad reducida.
Si se trata de la Comunidad de Madrid o Guadalajara, puedo estudiar su caso.
Gracias. Un saludo.


Buenas Delia.
Dependerá de la ordenanza municipal; pero te puedo indicar que un aseo si que deberás instalar (excepto si estás en un centro comercial con aseos propios, con lo que dependiendo del tipo de comercio estarás obligada o no).
Además si el local es de media o alta concurrencia y con por ejemplo unos 60 m2, a partir de noviembre de este año será obligado instalar aseos para minusválidos.
Te pongo un ejemplo; hemos realizado en pamplona una peluquería con 45 m2 y la ordenanza municipal obliga a realizar un aseo y obligado para minusválidos.
Hola: necesito saber la normativa en Cataluña, para cuartos de baño en una tienda de ropa.
¿Y cada cuanto deberían pasar los de Sanidad?
Gracias.

Bon dia Delia, en primer lugar hay que conocer si se trata de una tienda en un Centro Comercial , o bien en un establecimiento individual; en el primer caso deben utilizarse los lavabos del propio centro comercial; en el segundo si debes disponer de camara higiènica y segon la superfície debe ser adaptada para minusvalidos. Deberías contactar con un ingeniero para analitzar el tema o bien con el propio ayuntamiento donde se ubique la tienda.
Saludos
Cristofol Palomares

Buenas tardes Delia.
El aseo prácticamente es obligatorio tenerlo en todos los locales, a excepción de centros comerciales, donde se pueden utilizar los del mismo centro, siempre que éste cuente con la correspondiente licencia municipal (tal y como ha comentado un compañero anteriormente).
Por ser centro de trabajo, la normativa de seguridad e higiene en el trabajo lo exije, además de otras normativas.
Además en cumplimiento del Codigo Técnico de la Edificación SUA (seguridad de utilización y accesibilidad) debería ser adaptado a minusvalidos.
Nosotros tenemos nuestro estudio de ingeniería en la Comunidad Valenciana, y aquí ademas tenemos normativa de accesibilidad que también lo exige.
En resumen, en la Comunidad Valenciana, para un establecimiento comercial (e imagino que en el resto de comunidades será igual o parecido) es obligatorio disponer de aseo de personal y ademas adaptado a minusvalidos conforme a las normativas en vigor.
Espero haber aclarado tus dudas, pero si te quedan dudas, no dudes y pregunta...
Un saludo.
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