¿Puedo construir en la cubierta de un ático dúplex?

Tengo un ático duplex, pero la parte de arriba es más pequeña. En las escrituras pone que somos propietarios de la cubierta y bajo cubierta (si bien he leído en otros foros que estos son elementos comunes de los edificios), el caso, es que le sugerimos al arquitecto y constructor durante la obra la idea de hacer la planta superior más grande, bueno igual que la de abajo en cuanto a construcción se refiere(pagando lo necesario claro) , pero nos dijo que no; que eso en cualquier momento lo podíamos hacer nosotros en cuanto escriturásemos.La pregunta es si podemos ampliar el piso haciendo uso de la parte de cubierta y bajo cubierta de nuestro piso. De ser así también me gustaría alguna idea de distribución para conseguir en la planta superior 3 habitaciones cada una con su baño y un aseo para la terraza.A modo de información sé que en nuestra calle la norma que se aplica para la altura máxima permitida es de 5 o 6 con retranqueo

Juana
Juana preguntó sobre
Arquitectos
Hace 2 años

¿Puedo construir en la cubierta de un ático dúplex?

Tengo un ático duplex, pero la parte de arriba es más pequeña. En las escrituras pone que somos propietarios de la cubierta y bajo cubierta (si bien he leído en otros foros que estos son elementos comunes de los edificios), el caso, es que le sugerimos al arquitecto y constructor durante la obra la idea de hacer la planta superior más grande, bueno igual que la de abajo en cuanto a construcción se refiere(pagando lo necesario claro) , pero nos dijo que no; que eso en cualquier momento lo podíamos hacer nosotros en cuanto escriturásemos.La pregunta es si podemos ampliar el piso haciendo uso de la parte de cubierta y bajo cubierta de nuestro piso. De ser así también me gustaría alguna idea de distribución para conseguir en la planta superior 3 habitaciones cada una con su baño y un aseo para la terraza.A modo de información sé que en nuestra calle la norma que se aplica para la altura máxima permitida es de 5 o 6 con retranqueo

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3 Respuestas

Rafael Paez Riol
Rafael Paez Riol
Rafael Paez Riol respondió... Riol Fisac Arquitectura (Madrid, Madrid) Riol Fisac Arquitectura - hace 2 años

Buenos días,

En referencia a su pregunta la edificabilidad (lo que se puede construir) es una superficie legalmente establecida por la normativa.

Lo habitual es que los edificos cuando se construyen agoten esa edificabilidad, es decir que el propmotor construya el maximo de m2 que se pueden edificar.

En base a esto que le explico usted no podria ampliar su ático.

Voy a señalarle una excepción:

Si la edificabilidad del edificio no estuviera agotada y por tanto el edificio si se podria ampliar cumpliendo con el resto de parametros urbanisticos, como alturas, fondo, etc.

En este caso la edificabilidad sobrante perteneceria a la comunidad de propietarios y usted podria llegar a materiarizarla en su atico, previo acuerdo económico con la Comunidad de Propietarios, proyecto y licencia municipal.

saludos

Rafael Páez Riol

-Arquitecto Director-

RIOL FISAC ARQUITECTURA

Ángel Engo
Ángel Engo
Ángel Engo respondió... Plus Render (Bilbao, Vizcaya) Plus Render - hace 2 años

Buenos días Juana,

Podemos ayudarte a visualizar cómo quedaría la cubierta construida en tu ático. Nuestro estudio está especializado en ofrecer servicios de visualizaciones arquitectónicas (renders) de alta calidad hiperrealistas, que ayudan a visualizar mejor el potencial de la reforma antes de realizarla.

Un saludo.

Responder
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 2 años

Buenos días Juana.

Usted misma, al final de su exposición, se ha respondido a la pregunta... si la norma son 5 alturas o 6 con retranqueo... es lo que tienen, la planta inferior es la 5ª y la 6ª es la que tiene el retranqueo de la terraza, es decir, no pueden hacer que la 6ª planta sea igual de grande de que la 5ª, además de que seguramente la edificabilidad esté agotada o próxima a estarlo...

La respuesta del constructor y arquitecto... "eso lo puede hacer usted cuando escriture" viene a ser "déjenos en paz y no nos complique la vida, total, no va a encontrar quien le firme un proyecto así..." y perdone la vehemencia, pero es que es así, por mucho que usted quisiera proponer y pagar la diferencia, por un lado, no iban a incumplir normativa y ordenanzas urbanísticas y por otro lado, no iban a modificar un proyecto de ejecución con licencia a nivel volumétrico de cara a final de obra.

Gracias. Un saludo.

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