Vivo en un bajo con salida desde mi terraza a un patio de uso privativo mio pero que es de la comunidad.
Debido a la orientación es imposible hacer vida en el por el calor (sol todo el dia).
Quiero montar una Pergola de aluminio con tela en el techo como están haciendo los vecinos de los áticos, pero no se si esto es considerado un cerramiento y necesito pedir permiso a la comunidad o tiene la consideración de toldo en cuyo caso solo debo guardar la estética en cuanto a colores.
¿Puedo instalar una pergola en el patio de mi casa?
Vivo en un bajo con salida desde mi terraza a un patio de uso privativo mio pero que es de la comunidad.
Debido a la orientación es imposible hacer vida en el por el calor (sol todo el dia).
Quiero montar una Pergola de aluminio con tela en el techo como están haciendo los vecinos de los áticos, pero no se si esto es considerado un cerramiento y necesito pedir permiso a la comunidad o tiene la consideración de toldo en cuyo caso solo debo guardar la estética en cuanto a colores.
6 Respuestas
Buenos días:
Coincido con José Luis en que la imagen del edificio es un tema comunitario y que cada propietario no debe ni puede hacer lo que le de la gana. Ahora bien, según en qué barrios, a cada paso que damos podemos encontrarnos con una terraza cerrada ilegalmente, o una pérgola junto a un cierre de terraza; y las comunidades no se denuncian para no perjudicarse unos a otros. Eso sí, cuando uno hace algo ilegal siempre, siempre, estará a expensas de que un vecino que quiera perjudicarle pueda denunciarle.
Hay un caso que salió en la prensa de un vecino de Salamanca a quien denunciaron por cerrar una terraza ilegalmente y que dijo que si se le multaban a él tenían que multar a todo el mundo en su situación; y presentó en el Ayuntamiento más de 800 denuncias de cerramientos ilegales. Esto fue el año pasado. No sé cómo habrá seguido el tema pero tengo entendido que el Ayuntamiento de Salamanca ha tenido que contratar más personal para poder responder a todas estas denuncias...
Bueno, dicho esto, quisiera hacer hincapié en la diferencia legal entre una pérgola y un porche: Una pérgola es un elemento, que aún teniendo vigas en el techo, éste no es ciego, es decir, no existe un tejado como tal, sino que el sombreamiento se consigue con un toldo extensible. El porche tiene el tejado ciego y como tal, computa a los efectos de los parámetros urbanísticos como ocupación, edificabilidad o retranqueo.
Por lo tanto, un porche modificaría los parámetros urbanísticos con los que se diseñó y construyó un edificio; mientras que una pérgola no tendría esa consideración. A todos los efectos, una pérgola sería como si tú pusieras un cenador desmontable en tu jardín. Si cumples con los criterios de acabados de la comunidad, nadie podrá decirte nada.
Ahora bien, además de cumplir los criterios de acabados acordados por la comunidad, deberías tener otras precauciones o consideraciones:
Como ha dicho José Luis, la fachada es un elemento común. Ojo con anclar o sujetar la pérgola a la fachada del edificio porque entonces sí deberías contar con el permiso de la comunidad. Pero si la sustentas sobre una estructura independiente de la fachada (mediante pilares y algún tipo de arriostramiento); nuevamente no podrán decirte nada porque a todos los efectos sería como el caso del cenador, colocado junto a la fachada pero sin sustentarse en esta.
Con estas premisas hay miles de pérgolas instaladas en bajos con patio, lo cual no indica que si tienes algún vecino "tiquis miquis"; no te de guerra; aunque de esta forma tendrás muchas probabilidades de que no puedan obligarte a retirarla.
Espero haberte ayudado algo. Un saludo.
De nuevo muchas gracias por vuestras respuestas y la diferenciación entre porche y Pergola.
Algunos vecinos de los áticos han aprovechado la estructura de la Pérgola para montar techos sobre ellas. Unos retráctiles por módulos, por lo cual los pueden quitar y poner, pero también fijos continuos de metacrilato.
¿Esto ya tendría la consideración de porche?
Todos los han anclado a fachada y suelo y yo he hecho lo mismo.
La verdad es que no me había ni planteado que pudiera estar haciendolo mal ya que seguía los mismos pasos que para el resto de vecinos no ha supuesto ningún problema.
El tema está en manos del administrador y los vocales de la comunidad. Ya os iré contando como se desarrolla y que solución se le da.
Gracias de nuevo.
Gracias a usted José Luis.
A ver como acaba la cosa.
El ejemplo que ha comentado el compañero del señor de Salamanca es cierto y yo también lo he reseñado en este foro en más de una ocasión, pero no es un caso aislado, fue muy mediático por la cantidad de viviendas denunciadas del tirón pero le puedo asegurar que eso mismo lo veo todos los días, he visto gente entrar en Juntas de Distrito y preguntar en información "¿para denunciar cerramientos de terrazas?", tengo un par de casos juzgados en lo que el Ayuntamiento actúa de oficio tras la sentencia, etc.
El problema que tenemos en este país a nivel de construcción, urbanismo, etc... es que nos pensamos que no hay reglas y que una vez que "tengo mi casa" es mía, y no debo rendir cuentas a nadie y por suerte o desgracia no es así y en comunidades, además de la legislación del Ayuntamiento en cuestión, la Ley de Propiedad Horizontal manda... y el Administrador debería ser el primero que les hubiese dejado clara la situación legal y normativa y, si ustedes se la quieren saltar, soy yo el Administrador, y desde luego que me eximo y pido que me lo firmen, que luego llegan las quejas.
Gracias. Un saludo.

Buenas noches.
Tanto usted como sus vecinos de los áticos deben solicitar permiso a la comunidad, pues sean o no propietarios de los patios o terrazas de los áticos, son elementos exteriores que alteran o modifican la estética de fachadas y, por lo general, los Ayuntamientos tienen sus correspondientes ordenanzas al respecto, aquí, en Madrid, es preciso un proyecto de conjunto.
Gracias. Un saludo.

Muchas gracias por su interés en contestarme.
En la comunidad se realizó un acuerdo sobre la tela y color para montar los Toldos o pergolas. Cumpliendo esto no hay más limitaciones. En los áticos se recomendó el uso de Pergola por la mayor resistencia al viento. Se pidió que los bajos tuvieran el mismo tratamiento, pero no se transcribió al reglamento.
Posteriormente se "descubrio" que las terrazas de los áticos son propiedad (según ellos) y mi patio es comunitario con uso privativo mio. En los áticos montan Pergola o toldo a elección del propietario y ningún vecino pide permiso para hacerlo.
¿Puedo ampararme en este acuerdo o tengo que pedir algúna autorización especial?
Muchas gracias por su segura aclaración a mi duda.
Otro tema. El último artículo de habitissimo sobre las piscinas te habrá sentado a cuerno quemado. Habitualmente leo tus respuestas a las dudas del personal y creo que el contenido del artículo va contra lo que explicas habitualmente y puede incitar a que la gente se anime a montarse la piscinita en su ático.
Buenos días.
Pues no he leído el artículo de Habitissimo sobre piscinas, lo miraré luego.
Sobre las comunidades, si hay un acuerdo para acabados de algo, toldos, ventanas, etc... y sobre la marcha surgen modificaciones consensuadas por la comunidad, se tienen que incorporar mediante el acta correspondiente, si no se hace, es como si no existiesen y aún así, esos acuerdos no pueden ir contra normativas u ordenanzas municipales (o de cualquier rango... en más de una ocasión he puesto ejemplos "absurdos" para ilustrarlo, por mucho que una comunidad decida ampliar un edificio en su perímetro 2 mts pues la acera es muy ancha, si va contra normativa eso no va a prosperar)... como dije, por ejemplo, en Madrid, ese acuerdo de acabados, telas, o de carpinterías en su caso se plasma en un proyecto de conjunto que debe ser aprobado en Junta de Propietarios y presentado al Ayuntamiento por afectar a exteriores.
En cuanto a los áticos, tres cuartas partes de lo mismo, aunque sean propietarios del suelo de la terraza, la vista y estética exterior, las fachadas, son responsabilidad solidaria de la comunidad y la estética exterior está igualmente sujeta al proyecto de conjunto o normas urbanísticas en su caso.
Gracias. Un saludo y muy agradecido que me siga en mis intervenciones, me honra.

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