¿Que es el apartado de seguridad y salud que incluyen en el proyecto de la construccion de nuestra vivienda?

En el desglose de la construcción de nuestra vivienda tenemos un apartado en el que pone seguridad y salud por el que nos cobran 8.100€, el constructor nos comenta que es obligatorio por ley. Alguno de vosotros podría ayudarme y explicarme hasta que punto estamos obligados a pagar dicha cantidad y si es negociable? Gracias

¿Que es el apartado de seguridad y salud que incluyen en el proyecto de la construccion de nuestra vivienda?

En el desglose de la construcción de nuestra vivienda tenemos un apartado en el que pone seguridad y salud por el que nos cobran 8.100€, el constructor nos comenta que es obligatorio por ley. Alguno de vosotros podría ayudarme y explicarme hasta que punto estamos obligados a pagar dicha cantidad y si es negociable? Gracias

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7 Respuestas

Particular - hace 7 años

Buenos días Mar, coincido en su mayor parte con lo contestado por los compañeros, si acaso matizarte algún extremo.

Evidentemente una cosa es el resumen del Presupuesto contenido en el Proyecto de tu vivienda y redactado y firmado por el arquitecto y otra el contrato que tu hagas con el constructor, pero no deberían alejarse demasiado,

Como te digo ese capítulo de Seguridad y Salud debe venir en el resumen de Presupuesto y Mediciones de tu Proyecto, y normalmente se calcula en una horquilla del 1%-3% del total de la obra, y como bien te dicen es el destinado a medidas de Seguridad y Salud.

Por otra parte el Proyecto tb lleva un documento q es el Estudio Básico de Seguridad y Salud. Con este documento el Constructor tendrá q elaborar (pagándolo él) un Plan de Seguriodad y Salud q aprobará el Coordinador de Seg y Salud.

Pero en fin, para todo esto has contratado a un Técnico, o mejor dicho a dos, Arquitecto y Aparejador o Arquitecto Técnico.

Ellos también están (estamos) para resover todo este tipo de dudas.

Y la primera es si el coste de ese capítulo se ajusta a la realidad...

Un saludo

SMBEstudio

Particular - hace 7 años

Muchas gracias por todas vuestras respuestas, me ha sido de gran ayuda. Ahora tengo claro a que se refiere y que obviamente en eso no vamos a escatimar gastos. Gracias de nuevo

Particular - hace 7 años

Hola ,

Por ley es obligatorio como te comentan los compañeros y no hay mas, ahora negociable siempre y esto no implica que descuide la seguridad, que por cierto en la mayoría de las obras no se cumple estrictamente con lo que se redacta en el proyecto.

Toma la referencia que comenta el compañero Sebastían, 2% ,3% del total del presupuesto.

Saludos.

Particular - hace 7 años

Hola Rosa;

Parece que me repito, pero es que cuando empecé a escribir mi entrada no había ninguna respuesta (he sido lento). Por cierto, tu explicación me gusta más que la mía.

Un saludo, compañera.

Particular - hace 7 años

Buenos días,

El coste de una obra en materia de Seguridad y Salud es tan necesario, imprescindible y obligatorio como el coste de los ladrillos.

Por ley, este coste debe aparecer indicado en el presupuesto de la obra, precisamente para que sea algo que no se olvide, y para que no se escatimen medidas de seguridad por no haber tenido en cuenta su coste. Si la ley obliga a incluirlo, esto da contestación a la obligación de pago por parte del propietario.

El importe de este capítulo, para una vivienda unifamiliar puede estar entre el 2 y el 3% del total del presupuesto.

En cuanto a la negociabilidad de esta cantidad, salvo que sea claramente exagerada, mi recomendación es que no se recorte en materia de Seguridad y Salud. Si necesitamos reducir el presupuesto de la obra, hay muchas otras partidas que se pueden revisar a la baja sin quitarle calidad a la edificación. Pero recortar en Seguridad Laboral es mal asunto, si además tenemos la desgracia de que ocurra algún percance.

Todo esto lo comento dando por hecho que hablamos de profesionales y empresas constructoras serias. No entro en el caso del constructor pirata que cobra la seguridad y salud y luego en la obra el único casco que se ve es el de la botella de colaloca.

Un saludo.

Particular - hace 7 años

Buenos días Mar,

El concepto de "seguridad y salud laboral" tiene su origen reciente en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales del 95 y el todo el desarrollo posterior. Como supongo que tu obra está amparada por un proyecto verás que en este están recogidos y explicados estos conceptos. El constructor lo que ha echo es ponerles precio. Un precio que puede ir incluido en cada partida o separado y desglosado (recomendable).

El proyectista está obligado a desglosar esta partida y enumerar y valorar las medidas necesarias de protección y seguridad que tu obra necesita y el contratista obligado a ponerles precio y tomarlas en consideración.

Por otra parte llama la atención que sea esta partida en la te hayas fijado teniendo en cuenta que si hay una accidente en la obra y no se ha considerado el cumplimiento de este apartado, como promotora de la obra, puedes incurrir en responsabilidades. Es un tema bastante más serio que el puramente económico del que sólo nos acordamos cuando pasa algo.

Respecto al importe, no entro a valorarlo, pero no parece desproporcionado. Espero haberte ayudado.

Saludos cordiales.

Particular - hace 7 años

Hola Mar,

la seguridad y salud es obligatorio en obras de construcción. Ese capítulo, corresponde a las medidas de seguridad necesarias para el correcto y seguro desarrollo de las obras, como: barandillas de escaleras provisionales, redes en el proceso de hormigonado, señalización, setas en la ferralla, andamios homologados, etc...

Ese coste, es evidente que se produce y que se tiene que pagar por el mero hecho de estar realizando una obra. Ahora bien, la forma en que se paga se puede hacer, bien repercutido en los precios de obra o bien como capítulo independiente.

Lo que este constructor ha hecho, para que sus precios en la comparativa no sean mayores ha sido sacar este coste repercutido y ponerlo aparte.

Usted, como promotora de la obra es tan responsable de la seguridad como el constructor, es decir, que si hubiera algún incidente de seguridad con fallecidos, usted va a la cárcel con el constructor.

La seguridad hay que hacerla, y hay que pagarla, por ley y por la seguridad de las personas que realizan un trabajo en su propiedad, que también ellos tienen familia y quieren llegar sanos y salvo a su casa tras un día de trabajo.

Cualquier duda, estaré encantada de responderle.

Rosa María Pérez

Arquitecta Técnica e Ingeniera de Edificación

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