¿Qué vecino debería insonorizar un piso?

Mi piso es un bajo cubierta y el suelo es de madera y no hay nada mas entre mi suelo y el techo del vecino. Al ser un problema estructural, ninguno de los vecinos tiene la culpa. Quien deberia insonorizar? Existe alguna ley? Por supuesto el mas afectado es el de abajo ya que no podemos ni caminar sin tenerlo arriba protestando. Gracias de antemano y un saludo.

¿Qué vecino debería insonorizar un piso?

Mi piso es un bajo cubierta y el suelo es de madera y no hay nada mas entre mi suelo y el techo del vecino. Al ser un problema estructural, ninguno de los vecinos tiene la culpa. Quien deberia insonorizar? Existe alguna ley? Por supuesto el mas afectado es el de abajo ya que no podemos ni caminar sin tenerlo arriba protestando. Gracias de antemano y un saludo.

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8 Respuestas

Respuestas útiles 2
Edificalia Viviendas SA
Edificalia Viviendas S.A. (Pozuelo de Alarcón, Madrid) Edificalia Viviendas S.A. - hace 5 años

Hola Mónica.

Leyendo tu pregunta encontramos algunas dudas...

Dices que tu piso es un bajo cubierta, ¿Podríamos decir como una buhardilla en la parte alta del edificio?

Tu suelo es de madera y ¿no hay nada más que separe con el techo del vecino? ¿No existe un forjado duro de obra?

¿Siempre ha estado habilitado el bajo cubierta como vivienda? ¿Se configuró inicialmente como vivienda o como zona no habitable y posteriormente se ha empezado a usar como vivienda?

Entendemos que si tu vecino era el último piso habitable del edificio y posteriormente se empezó a utilizar el bajo cubierta, es lógico que el vecino de abajo exija una un aislamiento acústico contra ruido de impacto efectivo...

Pero es una hipótesis, habría que conocer el caso con detalle...

Si puedes aportar algo más de información...

Gracias.

José Luis Búrdalo Martínez
compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 5 años

Buenas tardes Mónica.

En principio, usted es el emisor del ruido y le correspondería a usted acometer los trabajos de insonorización que buenamente se puedan, pues como bien indica, el elemento que comparten es estructural, un elemento común y además un elemento que transmite gran cantidad de ruido por vibración.

Por otro lado, su vecino también puede insonorizar por su techo / falso techo, pero insistiendo que el foco de emisión de ruido está en su propiedad, no en la de su vecino.

Gracias. Un saludo.

Ramón Jiménez Crespo
NOMO Concept (Albuixech, Valencia) NOMO Concept - hace 5 años

perdón por enviar la respuesta sin las imágenes que cito, aquí las tiene Mónica.

y reenvío la captura con la jornada de 2010...

3 fotos
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Ramón Jiménez Crespo
NOMO Concept (Albuixech, Valencia) NOMO Concept - hace 5 años

Estimada Mónica.

De verdad espero que su actual residencia sea de alquiler y no se le haya ocurrido la idea de comprar una infravivienda (de los varios millones de ellas que hay en España actualmente) por muy bien "situada" que esté porque como sea así el problema al que se enfrenta es de los gordos (económicamente hablando) y de los que pueden llegar a no tener solución (por eso mantengo que en España hay millones de infraviviendas).

La pléyade de normativa que "regula" (como si la física se pudiera "regular"...) este tema es extensa.

Solo citaré 3 niveles (estatal, autonómico y municipal):

-Ley de ruido.

-CTE DB-HR.

-Normativa autonómica sobre ruido

-Ordenanza municipal sobre ruido (busque en su ayuntamiento... busque... que seguro que la hay aunque viva usted en un pueblo de 8 habitantes, que aquí le pones una ley nacional sobre ruido redactada por doctores en física y acústica, ingenieros y arquitectos basada en ensayos e investigaciones internacionales y llega un alcaldete voluntarioso, se viene arriba y saca la suya propia que para algo es el Excelentísimo Sr. Alcalde (y encima se lo cree)... (pero del tema de la hiperregulación hablaremos en otro rato...)

Para terminar de redondear el tema le diré que se da, frecuentemente, el caso de que una norma contradiga lo que dice otra y que ante la duda hay que aplicar la más restrictiva (para usted...)

Dicho esto le comento que usted tiene la obligación de no emitir ruido por encima de un determinado nivel que suele estar regulado por la normativa municipal, pero que los elementos constructivos que configuran la envolvente de su vivienda (que es la forma que tiene de decir un arquitecto "paredes suelo y techo"...) deben tener una capacidad de contener el"río" (luego verá porqué hablo de agua) de ruido que usted (y yo) producimos. y ya le digo yo que un forjado de madera como que no (por eso Edificalia le decía eso).

Pero usted vive y resulta que eso produce una pléyade de ruidos que tienen diferente forma de incidir en la envolvente (le dejo un dibujo que ilustra "el camino" que coge el ruido y que si pone en vertical sirve igual para los ruidos que le llegan a su vecino de abajo) además existen tres tipos de ruido para lo que nos afecta, ruido aéreo (su voz, música, la tele...) ruido de impacto ( las pisadas, las sillas arrastrándose) y ruido por vibración (un jacuzzi por ejemplo) lo que amplifica (sin ironía) el problema.

Dicho esto, ¿qué puede usted hacer?

1º.- irse a otro piso.

2º.- en defecto de la anterior, llamar a un arquitecto que estudie el problema y aporte las soluciones (que por una cuestión FISICA no por falta de criterio del arquitecto SIEMPRE SERÁN PARCIALES Y LAMENTABLEMENTE EN LA MAYORIA DE LOS CASOS POCO EFICIENTES).

3º.- cenar con su vecino y explicarle el problema, sus causas, las posibles soluciones de compromiso y llegar a un "entente cordiale" y ver si el vecino quiere poner algo de dinero en la solución ( ya que salvo para el tema del ruido por impacto el problema es bidireccional!!)

Dicho esto HUYA de los POFESIONALES que le digan que no se preocupe que eso se arregla echando una "espumilla" en casa de su vecino "como la de los pubs" o que se arregla poniendo una "laminita antiimpacto" y una "losita" de hormigón... más que nada porque lo primero no sirve para nada y lo segundo puede acabar con usted, su forjado (incluidos los posibles hongos o termitas), la "losita", la "laminita" y sus muebles en casa del vecino (obviamente estoy exagerando pero créame que prefiero meterle el miedo en el cuerpo antes que acometa unas obras sin el consejo, proyecto y supervisión de un compañero ESPECIALISTA en estos temas y sobre todo antes que se le ocurra a alguien sobrecargar un forjado de madera).

La cuestión acústica en nuestros edificios se "mueve" con dos teorías, la ley de masas y la de masa resorte masa y aportar la solución correcta a cada edificio implica un estudio serio del tema porque el tema acústico es probablemente (y estoy seguro que mis compañeros estarán de acuerdo) de los más difíciles de solucionar, básicamente porque el ruido es una onda y para entendernos (así lo hago yo cuando me enfrento a este tema) el ruido viene a comportarse como el agua, es decir, como se deje un poro sin sellar ya tiene usted la "gotera" en este caso de ruido (vea la otra foto).

No quiero terminar mi respuesta sin decirle que probablemente pueda resolver una parte del problema, pero que lo más seguro es que no pueda hacerlo totalmente, así que valore seriamente el punto 3º y sobre todo el 1º...

Gracias por llegar hasta aquí ;-)

un saludo

Responder
Javier Cabrerizo
Javier Cabrerizo
Particular - hace 5 años

El Problema está en que las transmisiones de ruido en viviendas son por vibraciones, realizar un techo o un cierre solo hará que se aisle parte del ruido aéreo, es inviable la solución técnica, los arquitectos deberían de estudiar el CTE-DB HR Protección al ruido, que a día de hoy no hacen caso alguno.

Ramón Jiménez Crespo
NOMO Concept (Albuixech, Valencia) NOMO Concept - hace 5 años

Buenas tardes Javier.

Estoy convencido de que haces un gran trabajo como técnico en acústica. Supongo que en tu sector habrá de todo como en botica y por suerte es tan pequeño que al final os acabamos conociendo a todos...

Te agradezco como arquitecto que me recuerdes que existe una cosa que se llama CTE, fíjate que algo había oido... y que además me adviertas de que no le hago caso alguno, más sabiendo que como arquitecto soy el técnico responsable y director del trabajo del resto de técnicos bajo mis órdenes y directrices (como el resto de mis compañeros, no te creas...) Prometo enmendarme y no te preocupes que le comentaré a mis compañeros tu preocupación por nuestra dejadez y falta de profesionalidad al no hacerle "caso alguno" para ver si podemos ponerle remedio.

Fíjate que al recordarme lo de la acústica y el CTE me ha sonado, que gracia "sonado", algo y, desmemorariado que es uno, me he puesto a buscar en mi curriculum (te he puesto unas capturas de pantalla) a ver si había oido hablar alguna vez del tema y mira por donde que fue en 2001 cuando empezó a sonarme la cosa...

Nada, lo dicho, que muchas gracias.

Un saludo

3 fotos
José Luis Búrdalo Martínez

Buenas tardes.

La verdad es que tras leer su respuesta hace unos días, no quise ni tan siquiera responder... pero aplaudo a Ramón por sus respuestas, está claro que "se siente ofendido" y con razón... decir que un arquitecto debe estudiar el CTE-DB HR es como decirle a usted que debe estudiar su normativa específica en materia de ruido... algo que por cierto, un arquitecto sabe, pues la aplicación de normativa es general, no solo en el caso particular de ruido; dicho lo cual, para empezar... supongo estará usted Javier, al tanto desde que fechas se aplica el CTE-DB HR y en que tipo de edificaciones ¿cierto?, me temo que el caso de Mónica no es un edificio reciente ni caso en el que aplicar esta normativa, máxime si dice que solo tiene por suelo las láminas o capas de madera, es más, puede que sea uno de tantos espacios ganados a viejos trasteros o bajo cubiertas sin uso... ¿le va a exigir usted a un solado de madera cumplir CTE-DB HR?, caramba, no le arriendo la ganancia y es más, siempre estoy dispuesto a aprender, me encantaría ver sus propuestas para un edificio existente con verificación del CTE-DB HR.

En fin. Un saludo.

Luis González Alfonso
lugalarquitectos (Madrid, Madrid) lugalarquitectos - hace 5 años

Buenos dias, el forjado es un elemento comun y segun el artículo 10.1.a) de la Ley de Propiedad Horizontal, la reparacion es responsabilidad de la comunidad, incluidos los requisitos basicos de habitabilidad. Segun los datos facilitados es un forjado deficiente, por lo que podrian plantearlo a la comunidad mediante un informe tecnico con una solución y su presupuesto. Saludos cordiales.

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