¿Puede el ayuntamiento derribar me edificio?

Soy heredera de un edificio rural en condiciones de ruina, el ayuntamiento me ha requerido para que lo repare o lo derribe, puede el ayuntamiento derribar dicho edificio a mi costa y si es así me interesa el procedimiento que tiene que seguir

¿Puede el ayuntamiento derribar me edificio?

Soy heredera de un edificio rural en condiciones de ruina, el ayuntamiento me ha requerido para que lo repare o lo derribe, puede el ayuntamiento derribar dicho edificio a mi costa y si es así me interesa el procedimiento que tiene que seguir

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4 Respuestas

Respuestas útiles 1
Particular - hace 5 años

Buenas tardes Juana.

El deber se conservación y mantenimiento es de los propietarios, pero si los propietarios no atienden dicha obligación y, efectivamente, hay un problema y peligro de ruina y derrumbe, el Ayuntamiento actuará subsidiariamente y le repercutirá los gastos, que no van a ser más económicos que si acomete usted la demolición, además de potenciales sanciones administrativas y procedimientos que se sumarían al coste subsidiario de la demolición pura y dura.

Un saludo.

Particular - hace 5 años

Sí, si considera que hay peligro puede hacerlo.

Yo te recomendaría que hablaras con un técnico de la zona y consultar al ayuntamiento qué requisitos te pide para que no haga falta derruir. Así el técnico podrá decirte qué opción es más económica (derruir o arreglar).

Particular - hace 5 años

tienes otra posible opcion, en algunos ayuntamientos la aceptan, realiza una donacion del edificio al propio ayuntamiento y se encargaran de todo, eso si, te quedas sin edificio si la aceptan.

en el caso de herencias de viviendas en mal estado, si no se tiene intencion de repararlas o venderlas pronto, o no se puede economicamente, lo mejor es no aceptar esa parte de la herencia, ya que solo puede generar gastos, en estos casos esa parte de la herencia pasa a propiedad del estado o del ayuntamiento

Particular - hace 5 años

Si no hace caso al requerimiento el ayuntamiento realiza una ejecución subsidiaria de demolición y le requerirá el pago de las costas. Si no puede o no tiene intención de reparar es mejor que solicite presupuestos y realice la demolición ya que será mas económico que el coste que le pase el ayto.

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