¿Puede el ayuntamiento derribar me edificio?
Soy heredera de un edificio rural en condiciones de ruina, el ayuntamiento me ha requerido para que lo repare o lo derribe, puede el ayuntamiento derribar dicho edificio a mi costa y si es así me interesa el procedimiento que tiene que seguir
4 Respuestas
Buenas tardes Juana.
El deber se conservación y mantenimiento es de los propietarios, pero si los propietarios no atienden dicha obligación y, efectivamente, hay un problema y peligro de ruina y derrumbe, el Ayuntamiento actuará subsidiariamente y le repercutirá los gastos, que no van a ser más económicos que si acomete usted la demolición, además de potenciales sanciones administrativas y procedimientos que se sumarían al coste subsidiario de la demolición pura y dura.
Un saludo.

Sí, si considera que hay peligro puede hacerlo.
Yo te recomendaría que hablaras con un técnico de la zona y consultar al ayuntamiento qué requisitos te pide para que no haga falta derruir. Así el técnico podrá decirte qué opción es más económica (derruir o arreglar).
tienes otra posible opcion, en algunos ayuntamientos la aceptan, realiza una donacion del edificio al propio ayuntamiento y se encargaran de todo, eso si, te quedas sin edificio si la aceptan.
en el caso de herencias de viviendas en mal estado, si no se tiene intencion de repararlas o venderlas pronto, o no se puede economicamente, lo mejor es no aceptar esa parte de la herencia, ya que solo puede generar gastos, en estos casos esa parte de la herencia pasa a propiedad del estado o del ayuntamiento
Si no hace caso al requerimiento el ayuntamiento realiza una ejecución subsidiaria de demolición y le requerirá el pago de las costas. Si no puede o no tiene intención de reparar es mejor que solicite presupuestos y realice la demolición ya que será mas económico que el coste que le pase el ayto.
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