El jardín tiene 30 metros cuadrados y el porche tendría unos 16 metros cuadrados. Saldría desde mi fachada y no llega a los limites de los vecinos que tengo a cada lado, ya que dejare un margen. Vivo en una urbanización de adosados. ¿Necesito en permiso de los vecinos?
Quiero construir un porche en mi jardin
El jardín tiene 30 metros cuadrados y el porche tendría unos 16 metros cuadrados. Saldría desde mi fachada y no llega a los limites de los vecinos que tengo a cada lado, ya que dejare un margen. Vivo en una urbanización de adosados. ¿Necesito en permiso de los vecinos?
1 Respuestas
Buenas tardes Martín.
Necesita permiso del Ayuntamiento, y de los vecinos si no conserva la separación mínima que marquen las ordenanzas y normativas municipales.
Sepa que de base, todo cerramiento es ilegal, contando con eso, es cuestión de ver como se legaliza el cerramiento que cada cual quiera hacer.
Debe consultar en primer lugar con los técnicos municipales, ellos le indicarán que debe hacer y los trámites a seguir, y casi seguro, precisará un proyecto técnico (en mi Colegio se denomina estudio valorado en estos casos) para encajar el trabajo en las normativas municipales (cada Ayuntamiento tiene las suyas, donde uno dice que que hay que dejar 1 metro de salvaguarda con un vecino, puede que otro pida más distancia).
Si hay acuerdo e información al vecino y consiente (por escrito, por favor, e incorporado al proyecto) en adosar el porche a medianeras, por lo general, el Ayuntamiento consentirá.
Si su vivienda está en la Comunidad de Madrid o Guadalajara, puedo estudiar su caso
www.habitissimo.es/compas-y-cartabon
Ah... ante la tentación de "no pasa nada", mi vecino lo ha hecho y lleva así x años, sepa usted que a finales de 2014 la Dirección General de Catastro revisó con fotografía aérea el municipio de Parla (y así con muchos municipios cada año) y se llevó por delante 600 viviendas de la Urbanización Laguna Park en todo lo tocante a piscinas, porches, cerramientos de terrazas, etc... de hecho no se andan con tonterías, lo notifican al Ayuntamiento y allí ni siquiera buscan si hay o no licencia, requieren a los propietarios para que presenten licencia (si la tienen) o legalicen. En ese punto, cuando la administración tiene constancia "del hecho", comienzan a contabilizarse los plazos de posibles prescripciones (aunque lleve muchos años construido) y eso si no se ha iniciado el trámite de orden de demolición con coste subsidiario.
Gracias. Un saludo.
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