¿Cuáles son los argumentos que debo utilizar para justificar la inviabilidad económica de instalar un ascensor en el patio de luces?

El ascensor ocuparía un espacio que no es edificable, se situa en la parte interior de distintas viviendas que conforman una manzana y ahora lo que antes eran espacios de uso individual se ha convertido en un patio de isla , es decir mi patio no se puede edificar a partir de la segunda planta ya que en planta baja y planta piso ya tiene edificación parcial , así es pues que mi pregunta es : cuales son los argumentos que debo utilizar para justificar la inviabilidad económica de instalar en el interior el ascensor y por contra si hacerlo en el patio de isla del cual solamente invadiría unos pocos metros cúbicos a la altura del segundo piso planta y que conforme a la ley de accesibilidad en edificios existentes , la justificación por inviabilidad económica de emplazar en el exterior el ascensor , recoge que no computabiliza como edificación los elementos ,como ascensores si justificadamente rompen así con barreras arquitectónicas que de otra forma no facilitarían el acceso a las viviendas. Entonces que se entiende por inviabilidad económica?

¿Cuáles son los argumentos que debo utilizar para justificar la inviabilidad económica de instalar un ascensor en el patio de luces?

El ascensor ocuparía un espacio que no es edificable, se situa en la parte interior de distintas viviendas que conforman una manzana y ahora lo que antes eran espacios de uso individual se ha convertido en un patio de isla , es decir mi patio no se puede edificar a partir de la segunda planta ya que en planta baja y planta piso ya tiene edificación parcial , así es pues que mi pregunta es : cuales son los argumentos que debo utilizar para justificar la inviabilidad económica de instalar en el interior el ascensor y por contra si hacerlo en el patio de isla del cual solamente invadiría unos pocos metros cúbicos a la altura del segundo piso planta y que conforme a la ley de accesibilidad en edificios existentes , la justificación por inviabilidad económica de emplazar en el exterior el ascensor , recoge que no computabiliza como edificación los elementos ,como ascensores si justificadamente rompen así con barreras arquitectónicas que de otra forma no facilitarían el acceso a las viviendas. Entonces que se entiende por inviabilidad económica?

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4 Respuestas

Respuestas útiles 3
Particular - hace 6 años

Buenas tardes Lydia.

Por lo general, hay un orden de prelación que se establece en el Código Técnico de la Edificación y si no es viable la instalación según CTE, entramos en parámetros del DA SUA2 para edificios existentes... primero, si es posible, ascensor en el interior de los edificios, si no es posible, en el exterior justificando la imposibilidad técnica (siempre primero) antes que la imposibilidad económica.

Es un mundo complejo, tal como indica Jorge, a veces es muy conveniente hacer un informe previo de viabilidad técnica... pues si hay opción de que el ascensor quede en el interior de un edificio o edificios (sea por donde sea), por mucho que le digamos a un Ayuntamiento "lo queremos colocar fuera" si hay opción técnica, no nos autorizarán.

Hoy, precisamente día de visita con técnicos en Alcalá de Henares, he estado consultando dos casos, uno de ellos complejo pues implica como única opción posible paradas de planta en descansillo intermedio de escaleras, algo que no es viable para garantizar itinerario accesible según CTE, tengo otros dos proyectos de avance de portales al exterior por inviabilidad técnica interior, un par de casos en Madrid de inviabilidad técnica tanto interior como exterior... etc.

Conviene que un técnico estudie y evalúe su caso.

Gracias. Un saludo.

Particular - hace 6 años

Estimada Lydia,

La cuestión que planteas, en la Comunidad de Madrid, depende de varios factores anteriores. Pero para ser muy conciso, te puedo indicar que tras un estudio sobre la proporcinalidad del coste económico (y por tanto, su viabilidad), al coste de las obras se le detrae el de las ayudas oficiales, y éste debiera ser menor a 12 veces la cuota ordinaria de la comunidad de vecinos. Pero influyen conceptos como la duración de la obras, y los ejercicios anuales que computan.

Todo esto necesita un estudio en profundidad, te recomiendo el asesoramiento de un técnico.

Personalmente, soy Arquitecto, especialista en Evaluación de Edificios acreditado por la Comunidad de Madrid. Quedo a tu disposición.

Saludos cordiales!

Particular - hace 6 años

Buenos días.

En el Código Técnico se prevé, como posible justificación de la inviabilidad de obras en general y de instalación del ascensor en particular, la imposibilidad técnica y la desproporción económica del coste.

La inviabilidad técnica es demostrable objetivamente mediante un estudio y un informe de conclusiones que justifiquen la imposibilidad. En el caso de un patio, sería por ejemplo la ocultación de huecos de iluminación y ventilación naturales.

La inviabilidad económica es independiente de aquélla en el sentido de que, aunque fuera técnicamente posible la instalación, podría ello obligar a asumir costes desproporcionados. Esto es demostrable mediante un informe de valoración de las obras necesarias y su comparación con la capacidad económica de la Comunidad de Propietarios.

Pero el Código Técnico no es una norma sino un documento que define los objetivos que deben alcanzarse y permite lograrlos mediante alternativas debidamente justificadas. Quiero decir con ello que podría conseguirse la accesibilidad mediante otros sistemas más económicos que el ascensor que no justificarían entonces la inviabilidad económica. Son sistemas no tan eficaces ni cómodos pero que para un caso puntual pueden resolver el problema. Por ejemplo, la instalación de sillas o plataformas salva-escaleras. No son los más idóneas para el uso continuado pero sí permiten el uso para casos puntuales de personas especialmente necesitadas de ayuda para su movilidad.

Quedamos a su disposición para cualquier tipo de asesoramiento.

Un cordial saludo.

Particular - hace 6 años

Se entiende por inviabilidad económica cuando no hay posibilidad de hacer el ascensor salvo que se asumiesen costes desproporcionados para el fin. Un ejemplo sería que no existiese ojo de escalera y la única forma fuese hacer el ascensor por el exterior y comprar un paso a las viviendas para conectar con la zona común.

Si está en Madrid, podemos asesorarle para la redacción de un informe que pueda servirle.

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