¿Rampa no accesible escaleras y elevador?

Hola.

Vamos a rehabilitar el portal de acceso al edificio. Tenemos que instalar un elevador. A mayores hay sitio para unas escaleras o una rampa no accesible (15% de pendiente). Muchos vecinos queremos rampa y elevador y otros escaleras y elevador. El responsable del proyecto dice que no se puede poner esa rampa y elevador que no está permitido.

Esta obra es en Galicia, es correcto lo que dice el responsable? Me sorprende que no se permita una rampa así y si escaleras que en caso de fallo del elevador son una barrera infranqueable, pero como todo puede ser me gustaría confirmación.

Gracias

Pol
Pol preguntó sobre
Arquitectos
Hace 2 años

¿Rampa no accesible escaleras y elevador?

Hola.

Vamos a rehabilitar el portal de acceso al edificio. Tenemos que instalar un elevador. A mayores hay sitio para unas escaleras o una rampa no accesible (15% de pendiente). Muchos vecinos queremos rampa y elevador y otros escaleras y elevador. El responsable del proyecto dice que no se puede poner esa rampa y elevador que no está permitido.

Esta obra es en Galicia, es correcto lo que dice el responsable? Me sorprende que no se permita una rampa así y si escaleras que en caso de fallo del elevador son una barrera infranqueable, pero como todo puede ser me gustaría confirmación.

Gracias

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8 Respuestas

Pol respondió... Particular - hace 2 años

Muchas gracias por la respuesta. Ya digo que parece que estaba equivocado en lo referente a rampas comunes, pensaba que servirían casi de cualquier forma, dentro de unos límites, pero con mucha más flexibilidad.

Si puedo haré la consulta a los técnicos municipales (ahora hay que pedir cita y es un poco más difícil) y ya contaré.

Gracias otra vez.

José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez replicó... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 2 años

De nada... en el fondo, como dije, es un tema de responsabilidades y quien firma o verifica cumplimiento normativo y asume esas responsabilidades.

Saludos.

Jorge escudero domingo Escudero Domingo
Jorge escudero domingo Escudero Domingo
Jorge escudero domingo Escudero Domingo respondió... Ges Arquia (Zaragoza, Zaragoza) Ges Arquia - hace 2 años

Si lo entiendo bien, la cuestión técnica sería ésta: No cabe una rampa con una pendiente del 10%, para resolver la accesibilidad, pero pongo un elevador y problema resuelto. Entonces, ¿puedo sustituir las escaleras por una rampa al 15%?. La respuesta es , en principio, negativa, por el hecho de que la Normativa Básica no admite rampas de esa pendiente para el tránsito peatonal. Pero, como se ha resuelto el problema de la accesibilidad, no está tan claro que no se pueda hacer.¿ Es más "cómoda" una escalera o una rampa al 15%?. Lo que parece lógico es consultar la propuesta con los servicios técnicos municipales.

Pol replicó... Particular - hace 2 años

Si, básicamente, ese sería el dilema.

Como bien dice tendremos que consultar a los técnicos municipales y ver si se puede o va contra la norma. En mi ignorancia pensaba que al estar resuelto el tema de accesibilidad se podía construir, dentro de un orden, al "gusto" del usuario, siempre pensé que era mejor una mala rampa que una buena escalera, pero si, finalmente,no se puede, pues elevador y escalera.

Muchas gracias por las respuestas me resultan muy clarificadoras ya que leyendo la normativa autonómica no había sacado nada en claro.

Un saludo y gracias otra vez

José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 2 años

...no es lo que los vecinos quieran, es lo que cumpla normativa, supongamos que el Ayuntamiento no interviene en el proceso y no tiene que dar licencia... si los vecinos quieren una cosa que no cumple y el técnico lo firma, si hay un percance, un accidente, un siniestro y el edificio no se puede evacuar en condiciones, cualquier responsabilidad civil y penal recae sobre aquel que ha firmado planos y proyecto... y sobre aquellos que le contratan para que haga bien las cosas (ustedes).

Saludos.

José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 2 años

Buenos días.

El responsable del proyecto (espero técnico cualificado) deberá firmar y poner dicho proyecto bajo su seguro de responsabilidad civil... visado con toda seguridad (tendrá que aportar un certificado final de obra), etc...

Es de aplicación el CTE-SUA, pero si por espacio no se puede verificar dicha normativa, para edificios existentes se usa el DA-SUA/2 que permite ciertas "cosillas" respecto del CTE-SUA, forzar un poco pendientes, reducir anchuras o giros y la instalación de equipos mecánicos allá dónde no se puedan construir rampas.

El responsable del proyecto debe verificar un orden de prelación establecido en dicho documento de apoyo para edificios existentes que, no está ahí por mero capricho... en ocasiones, las empresas que venden e instalar elevadores van a lo que van, a su producto y su técnicos se olvidan de ver si caben rampas, sencillamente, comercialmente no les interesas pues no venden su producto... sin embargo, si el técnico que redacta el proyecto está contratado por la propiedad (Ley de Ordenación de la Edificación) debería verificar y demostrar el orden de prelación (en el fondo cualquier técnico pero bueno, como digo, personalmente, que llevo varios casos para varias comunidades, uno se encuentra un proyecto de empresa de... y muchos tienen esa carencia).

El orden de prelación es sencillo, de menor a mayor dependencia... si una persona con limitación de movilidad en silla de ruedas puede ayudarse con los brazos, efectivamente, si hay una avería del elevador podrá usar rampa, pero la rampa debe ser cómoda y "usable"... una pendiente elevada supone un esfuerzo terrible, es más, invito a que cualquiera pruebe a impulsarse con una silla de ruedas en una rampa de más del 12%...

Si una persona depende de otra para desplazarse, le va a dar igual rampa que elevador que silla salva escaleras... al final depende de otra persona pero una persona que se puede valer, en rampa puede moverse, en elevador puede moverse en silla salva escaleras necesita otra persona que le suba o baje la silla... y por eso la silla salva escaleras está la última en el orden de prelación, es el sistema más dependiente (además de ocupar un espacio por lo generar el tramos de escalera que, debe verificarse en caso de avería o necesidad de evacuación, permite una anchura de tramo de escalera suficiente).

Así pues, el orden de prelación es el siguiente, primero rampas (que cumplan), después elevador (de semicabina, camina o plataforma vertical o inclinada) y por último silla salva escaleras.

Si el responsable del proyecto no puede verificar cumplir normativa a nivel de rampas, automáticamente tiene que pasar al elevador, les guste o no... el problema no está en "el peor de los males", en usar una rampa del 15%, que solo PODRÍA ser autorizada por técnicos municipales a sabiendas que no hay otra opción técnica viable y seguramente, previa información a usuarios que la rampa no cumple normativa... el portal en el fondo es un espacio abierto al público, está claro que la mayor parte del tiempo la usarán los vecinos del edificio pero cualquier persona puede acceder al edificio, familiares, amigos, etc... una tercera persona con problemas de movilidad puede tener dificultades para usar una rampa fuera de normativa o puede tener un percance y entonces, un perito entraría a evaluar si la rampa cumple o no cumple... y si no cumple, quien responde es el proyectista si resulta que una rampa al 15% está fuera de normativa.

Por otro lado, si una rampa al 15% no cumple, no van a tener licencia de obra pues los técnicos municipales no van a acceder a esa pendiente si no se ha demostrado previamente que se pueden adoptar otras soluciones en rango de prelación normativo y, si cabe un elevador, el proyecto deberá salir con elevador o rampa que cumpla más elevador.

Evidentemente los medios mecánicos pueden averiarse o puede irse la luz... pero para ello la comunidad debe disponer de servicio de mantenimiento lo más diligente posible.

Y es que no hay mucho más... es un tema de prelación normativa, legislación, responsabilidad de firmantes, etc.

Saludos.

Pol replicó... Particular - hace 2 años

Muchas gracias por las respuestas. Quizás me expresé mal. Entiendo que una rampa del 15% está fuera de la norma, lo que vamos a hacer en el portal es colocar un elevador de 1'20 X 1'20 y nos queda libre medio portal (mide algo más de 2'60 de ancho) en el hueco libre se van a poner escaleras, ésto es lo proyectados. Ahora bien algunos vecinos nos planteamos si en lugar de la escalera no podría ir una rampa con la pendiente reseñada, 15% y así quedaría el portal con un elevador y una rampa. De todas formas gracias por la respuesta y si no puede ir con rampa tendremos que quedarnos con escalera.

Saludos

José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez replicó... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 2 años

Ah... vale, ahora lo entiendo, pues teóricamente no, el itinerario peatonal debe cumplir también normativa y si la rampa no cumple pues es un pendiente incómoda, debería ser escaleras que si cumplen, no obstante, es una buena consulta para los técnicos municipales, pero en principio, yo como técnico, proyectaría lo que tienen, elevador y escalera.

Gracias. Un saludo.

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