¿Qué puedo hacer para regularizar licencia de obras en Madrid?

Hola,

Hace 2 años realicé una pequeña reforma en mi vivienda en la que entre otras cosas tiré dos tabiques para unir la cocina y el salón y moví tuberías, además de puertas, suelos, ventanas, azulejos... No pedí licencia de obras (hablo de Madrid capital). Mis vecinos se han enterado a estas alturas (un familiar de uno de los vecinos trabaja en el ayuntamiento y ha debido de pasarles información que pensaba era confidencial) y ahora amenazan y en cierta forma, aprovechan a la mínima para chantajearme con denunciarme.

Por un lado me gustaría saber:

1. ¿Qué puede pasar si realmente me denunciaran teniendo en cuenta que es mi domicilio habitual?

2. ¿Se puede regularizar la obra? ¿Cuál sería el coste y cuál sería el procedimiento? pues en el 016 no me ayudan sobre este tema y para solicitar información me piden datos personales que me comprometerian.

Muchas gracias

Álvaro Docal
Álvaro Docal preguntó sobre
Licencias
Hace 3 años

¿Qué puedo hacer para regularizar licencia de obras en Madrid?

Hola,

Hace 2 años realicé una pequeña reforma en mi vivienda en la que entre otras cosas tiré dos tabiques para unir la cocina y el salón y moví tuberías, además de puertas, suelos, ventanas, azulejos... No pedí licencia de obras (hablo de Madrid capital). Mis vecinos se han enterado a estas alturas (un familiar de uno de los vecinos trabaja en el ayuntamiento y ha debido de pasarles información que pensaba era confidencial) y ahora amenazan y en cierta forma, aprovechan a la mínima para chantajearme con denunciarme.

Por un lado me gustaría saber:

1. ¿Qué puede pasar si realmente me denunciaran teniendo en cuenta que es mi domicilio habitual?

2. ¿Se puede regularizar la obra? ¿Cuál sería el coste y cuál sería el procedimiento? pues en el 016 no me ayudan sobre este tema y para solicitar información me piden datos personales que me comprometerian.

Muchas gracias

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2 Respuestas

José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 3 años

Buenos días Álvaro.

Entiendo que se ha equivocado con el número 016 (violencia de género) y quería decir 010 (información y contacto municipal).

En el 010 no le van a informar de nada, como mucho, le van a derivar a cita con informador urbanístico y a que cumpla usted con la legalidad.

La Administración es garantista, ahí tienen ustedes las leyes, cumplan con ellas... aquello de "el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento", usted como ciudadano debe cumplir y, usted como ciudadano puede (y debe) situarse en parámetros de legalidad cuando quiera.

Catastro solo va a regularizar e intervenir si hay una modificación del título constitutivo de la propiedad, es decir, si hay ampliaciones de viviendas, buhardillas en las que de repente aparecen ventanas y no figura en catastro esa planta, cerramientos de terrazas de áticos, de patios, piscinas, etc, por lo que entiendo, usted solo ha modificado la distribución interior de su vivienda, eso a Catastro le da igual pues si usted no ha ganado metros, en Catastro solo consta superficie construida y repercusión de zonas comunes... como si usted dentro de la vivienda quiere cegar una habitación y llenarla de bolitas de foam (que no pesen, no comprometamos la estructura del edificio) para perder la superficie útil de esa habitación, a Catastro le da igual pues sus datos serán los de superficie construida con repercusión de zonas comunes, dato procedente del Registro de la Propiedad, si busca un poco en internet sobre esa regularización de 2016 verá que se refiere a volumetría de obras exteriores, a locales reconvertidos en viviendas, etc... es decir, a cambios de tipología de suelo o uso que generarían un tipo impositivo distinto de IBI.

Ahora bien, el Ayuntamiento en sus ordenanzas establece diferentes tipos de actuaciones y comunicaciones administrativas en función de la entidad de las obras a realizar, por lo general en materia de acabados son relativamente sencillas, declaración responsable o similar que solo precisan la licencia de contenedor y ocupación de vía pública e ICIO del 4% del presupuesto.

Si se modifica tabiquería interior ya nos metemos en comunicación previa y son actuaciones que precisan de esperar a tener la licencia para poder empezar a trabajar, pero una vez pasado el tiempo, se podría solventar con un proyecto o documento técnico que verifique la corrección de las obras ejecutadas y presupuesto de las mismas para regularización de licencias urbanísticas y gestión de residuos (siempre y cuando no haya tocado estructura o instalaciones generales).

La parte más compleja seguramente va a ser la referida a ventanas pues puede entrar en juego el proyecto de conjunto, es decir, el acuerdo de la comunidad de propietarios, convenientemente registrado en el Ayuntamiento, para modificaciones de elementos comunes en fachadas (carpinterías, terrazas, toldos, etc), si ese documento en su comunidad existe y la obra se adecúa a él, no hay demasiado problema, si ese documento no existe, la cosa se puede complicar pero para todas las partes, usted y resto de vecinos en cuanto varias carpinterías sean diferentes.

Al tratarse de Madrid, puedo estudiar su caso si lo desea, puede solicitar contacto a través de mi perfil profesional Habitissimo.

Gracias. Un saludo.

Kauma
Kauma
Kauma respondió... Kauma (Lucena, Córdoba) Kauma - hace 3 años

Hola Álvaro. El Ayuntamiento de Madrid, puso en marcha en 2016 un proceso de regularización catastral para conocer los cambios, obras y reformas realizados sin comunicación ni licencia previas. El ayuntamiento dio un plazo para prescribir estas obras ilegales: cuatro años. No sería tu caso porque la obra se realizó hace dos años. Así que, respecto a tus dudas:

- Podría quedarse en una sanción administrativa (multa) o sanción administrativa + vuelta a la configuración original de la vivienda (el coste deberías asumirlo tú, claro está).

- Sí, se puede legalizar la obra siempre que esta se entienda como "legalizable" (ahora lo explicamos). Para iniciar el proceso, hay que solicitar al ayuntamiento la Licencia de Obras con un Expediente de Legalización (es decir, un proyecto técnico visado firmado por un arquitecto). En este documento se describen las obras realizadas y se justifica el cumplimiento de la ordenanza al respecto. El documento incluye: planos, memoria de las obras realizadas, mediciones y presupuesto de ejecución.

Con estos documentos, el ayuntamiento estudiará si tu obra es "legalizable". Aquí ya pueden pasar tres cosas:

1. Que tu obra sin licencia esté de acuerdo a la normativa urbanística: se entregará la solicitud de licencia, proyecto, certificado fin de obra y abono

de las tasas (entre el 4%-6% del presupuesto de obra). Pasado un tiempo nos llega la concesión de licencia.

2. Que tu obra sin licencia no se ajuste a la normativa pero puedas hacer las reformas pertinentes para ajustarla: toca arremangarse de nuevo. Junto al proyecto de legalización se incluirán los nuevos documentos pertinentes, se vuelve a pedir licencia de obras, se pagan las tasas, se realizan las obras, y al terminar se emite el certificado final de obra.

3. Que tu obra sin licencia no se ajuste (ni pueda ajustarse) a la normativa: aquí no te concederán la licencia.

Por eso, antes de iniciar cualquier proceso, debería estudiar el caso un arquitecto técnico para observar la "legabilidad" de tu obra. Saludos.

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