Para que la reforma de una vivienda se beneficie del IVA reducido del 10%,se deben cumplir de forma simultánea estos cuatro requisitos: Destinatario: Quien contrata y paga la obra debe ser un particular (para su uso propio) o una comunidad de propietarios. No se aplica si el cliente es una empresa o sociedad. Uso de la vivienda: El inmueble debe estar destinado exclusivamente al uso particular/vivienda. Antigüedad: Tienen que haber transcurrido al menos 2 años desde que la vivienda se construyó o desde la última reforma integral. Límite de materiales (el "truco"): Quien realice la obra no puede aportar materiales que superen el 40% del coste total de la factura (base imponible).
¿Sabías que puedes deducirte un 11% más del IVA si tu reforma cumple con ciertos requisitos?
Para que la reforma de una vivienda se beneficie del IVA reducido del 10%,se deben cumplir de forma simultánea estos cuatro requisitos: Destinatario: Quien contrata y paga la obra debe ser un particular (para su uso propio) o una comunidad de propietarios. No se aplica si el cliente es una empresa o sociedad. Uso de la vivienda: El inmueble debe estar destinado exclusivamente al uso particular/vivienda. Antigüedad: Tienen que haber transcurrido al menos 2 años desde que la vivienda se construyó o desde la última reforma integral. Límite de materiales (el "truco"): Quien realice la obra no puede aportar materiales que superen el 40% del coste total de la factura (base imponible).
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