Tengo un primer piso con dos terrazas. Una interior y otra exterior de 80 metros. Querría hacer una especie de pérgola de aluminio con columnas de madera y tejado que de una buena sombra de unos 25 metros. Pueden protestar los vecinos o me pueden obligar a quitarla??
¿Se puede cerrar parte de una terraza?
Tengo un primer piso con dos terrazas. Una interior y otra exterior de 80 metros. Querría hacer una especie de pérgola de aluminio con columnas de madera y tejado que de una buena sombra de unos 25 metros. Pueden protestar los vecinos o me pueden obligar a quitarla??
4 Respuestas
...pues eso, tal como dice Ramón.
En más de una ocasión he puesto un ejemplo... el acuerdo privado (de la comunidad) no sirve para nada si está fuera de normativa municipal, otra cosa es que el Ayuntamiento "se haga el tonto" (que ganas tengo que salga una sentencia de un caso en el que estoy como perito sobre un cerramiento de más de 60 mts2).
Si dos personas nos ponemos de acuerdo para hacer el viaje Madrid / Santander a 250 km/h, si no nos pillan, pues nada... pero no habremos dejado de hacer algo ilegal, pero si nos pillan y nos para la Guardia Civil o nos llegan varias fotos de recuerdo del viaje acompañadas de sus correspondientes sanciones, ¿los justificamos como un acuerdo privado?.
En más de una ocasión (otra vez) he recomendado que, cuando haya un acuerdo de una comunidad que afecte a elementos comunes, fachadas, etc... no cuesta nada registrarlo en el Ayuntamiento y ya nos dirán si podemos o no podemos y, si no nos dicen nada, pues pasado un buen tiempo, podremos alegar prescripciones, silencios administrativos, etc... pero somos nosotros, los propietarios, los responsables legales del deber de conservación / mantenimiento, los que tenemos que ir al Ayuntamiento, el Ayuntamiento no va a venir a nosotros... y si viene, vendrán "dando caña".
Y por supuesto, la propiedad intelectual y si quieren ustedes "pasar" de ello, la estética, a mí, personal y profesionalmente, me hierve la sangre al ver algunas fachadas y terrazas.
Gracias. Un saludo.

Buenas tardes.
Si ese tipo de cerramientos no son legalizables en su municipio o, si lo son o no se consideran como tales en el Ayuntamiento y, en los estatutos de la comunidad de propietarios no están contemplados, si puede tener problemas con los vecinos.
Gracias. Un saludo.

En ático si esta la terraza no.
En cualquier otra parte del edificio, lo primero el acuerdo de Comunidad con diseño y color y pedir licencia al Ayuntamiento.
Buenos días José.
El instalar una pergola o una zona cubierta, por mucho que le digan algunas empresas que se dedican a ello, no suele ser ni legal ni conveniente (en algunos casos) para el edificio.
Basicamente se trata de impuestos (y limite de edificabilidad) lo primero y de sobrecarga lo segundo.
Los ayuntamientos gustan de pagar muchas cosas con nuestros impuestos y su voracidad es legendaria como todos sabemos.
SI fuera legal incrementar la superficie construida de una vivienda haciendo más grande una terraza el promotor de la vivienda ya lo habría hecho y le habría vendido la terraza a precio de vivienda... quiero decir, existe una normativa urbanística que limita la superficie del edificio por distintos medios (profundidad edificable, edificabilidad, tamaño mínimo de patio... etc.) esta limitación se agota por parte del promotor que ha pagado a precio de oro el suelo y se contempla en el proyecto sobre el que se otorga licencia. Obviamente, además, se traslada a los estatutos y escrituras la configuración final del edificio como bien le dice Jose Luis. De modo que unos u otros tienen interés en que usted no incremente su edificabilidad.
Sobre la cuestión de la "reversibilidad de la actuación" que se suele aportar como justificación para cubrir la terraza todos sabemos que una pérgola tiene una tendencia natural a acabar en un salón con parquet y molduras en el techo...
¿Tiene usted posibilidad de hacer lo que pretende?
1º consulta al ayuntamiento sobre si puede o no y como debe hacerlo (luego le explico porque primero al ayuntamiento)
2º en caso afirmativo, consulta al administrador de si los estatutos lo permiten (no los interprete usted, pídaselo al administrador, que se moje)
3º en caso afirmativo presente la propuesta en la junta de propietarios y que se apruebe ( de esta forma nadie le podrá decir nada)
4º busque un arquitecto en su zona que le aconseje (y realice el proyecto) de forma que el edificio asuma el incremento de cargas sin crear problemas derivados inexistentes hasta que se construye la ampliación (recogida de lluvia, cargas puntuales, empujes laterales de viento...)
por qué este orden? porque créame que si usted hace algo sin los pasos que le he dicho antes o después alguien (esos simpáticos vecinos que se enconan con argumentos de l estilo "este que se ha creído!!!") le denunciará en el ayuntamiento y entonces vendrá la inspección, la multa y hasta una posible demolición con lo que como verá el viaje puede salirle caro.
Hay una cuestión no menor, aunque la realidad sea tozuda y parezca que si lo es, y es que la fachada es propiedad intelectual del arquitecto redactor del proyecto original y nadie puede modificarla sin su autorización...
En cuanto a la formalización de la pérgola, si quiere mi consejo déjese de cubiertas de aluminio y coloque una vela que además de mucho más elegantes y discretas son reversibles si o si y le harán el tramite mucho más fácil y viable que poner la cubierta de marras de aluminio que todos sabemos como acaba ( y además mucho más baratas) Le dejo un par de fotos de lo que le propongo y una de lo que pueden acabar haciéndole... y no me negará que no hay comparación, ¿no?... (además si yo fuera el arquitecto redactor del edificio no se las haría quitar)
Espero haberle sido de ayuda.
Un saludo

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