Hola. Tenemos un piso antiguo de 5 habitaciones y queria saber si es posible hacer dos apartamentos independientes, con una entrada comun al vestibulo y de este saldrian dos puertas, una para cada apartamento. ¿La ley de la propiedad horizontal dice algo al respecto?. Gracias
¿Se puede hacer dos apartamentos dentro de un piso?
Hola. Tenemos un piso antiguo de 5 habitaciones y queria saber si es posible hacer dos apartamentos independientes, con una entrada comun al vestibulo y de este saldrian dos puertas, una para cada apartamento. ¿La ley de la propiedad horizontal dice algo al respecto?. Gracias
8 Respuestas

Buenas tardes.
Por poder... se puede, pero no se podrán legalizar como tales, catastralmente, urbanísticamente, solo será un piso, un contador de gas, un contador de luz, un contador de agua... y si algún día quiere vender, que el piso tenga tal ilegalidad en su interior, puede jugar en su contra pues alguien que sepa que adquiere por cuerpo cierto y, sepa que lo que hay construido no es legal, le puede "forzar" a bajar precio bajo posible amenaza de denuncia (lo he visto y pasa... la gente hace negocio y usa cualquier opción para comprar más barato y, no les culpo).
Gracias. Un saludo.


Buenos dias
Para realizar la segregación en dos viviendas hay que seguir unos pasos legales. Primeramente, es importante informarse sobre el Plan General de Ordenación Urbana, que determinará si la segregación es posible en la zona donde se ubica el inmueble.
Pero será la comunidad de propietarios, si esa urbanización de chalets está en régimen de propiedad horizontal, quien finalmente autorice o no la segregación. En este sentido, la Ley de Propiedad Horizontal establece que “los pisos podrán ser objeto de división material para formar otros más reducidos o independientes y aumentados por agregación de otros colindantes del mismo edificio, o reducidos por segregación de alguna parte”.
No debemos olvidar que la división de un piso en dos afecta a la comunidad de propietarios, ya que se modifica el título constitutivo con la creación de una nueva propiedad. Por lo tanto, para realizar la reforma se requiere, además del consentimiento de los titulares afectados, la aprobación por unanimidad de la junta de propietarios. Además, será la misma junta la que fije las nuevas cuotas de participación para los pisos reformados, sin alteración de las cuotas de los restantes.
Una vez ha sido adoptado el acuerdo por unanimidad de la junta, el propietario solicitante debe un proyecto de obras a un técnico cualificado y solicitar al Ayuntamiento la licencia de obras. Finalizadas las obras correspondientes, sólo queda tramitar la cédula de habitabilidad en el Ayuntamiento correspondiente e inscribir las escrituras de segregación de las dos viviendas resultantes en el Registro de la Propiedad.
Cualquier duda póngase en contacto con nosotros y le informamos.
Un saludo





Se puede y de hecho se hace, un amigo mío de hecho se dedica a ello, pisos grandes los convierte en pisos más pequeños, los amuebla y luego los alquila. Un saludo.

Buenas días,
Legalmente no se si se puede, pero se de personas que lo hacen frecuentemente como inversión, dividiendo las viviendas en distintos apartamentos.
Lo normal en estos casos para no llamar la atención y no modificar la estética del edificio, es respetar la puerta Principal de entrada a la vivienda y a partir de hay hacer un recibidor en donde se da acceso a las distintos apartamentos.
Espero haberle sido de ayuda.
Saludos
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