Buenos días.
He adquirido un ático que pienso reformar por completo, pero tengo una duda respecto al baño.
Quiero cambiarlo de sitio, estaría muy cerca, pero no donde está.
Adjunto foto del plano original y del cambio que me gustaría hacer.
Como veréis, el water y el vidé están muy cerca de su posición original, lo que más cambia son la ducha y el lavabo.
No habría problema alguno en poner el baño un poco más alto del resto de la casa... vamos, que al entrar tengas que "subir un pequeño escalón"... Más que nada porque no pienso poner doble techo.
Gracias de antemano a tod@s.
¿Sería posible hacer este cambio de ubicación de un baño completo?
Buenos días.
He adquirido un ático que pienso reformar por completo, pero tengo una duda respecto al baño.
Quiero cambiarlo de sitio, estaría muy cerca, pero no donde está.
Adjunto foto del plano original y del cambio que me gustaría hacer.
Como veréis, el water y el vidé están muy cerca de su posición original, lo que más cambia son la ducha y el lavabo.
No habría problema alguno en poner el baño un poco más alto del resto de la casa... vamos, que al entrar tengas que "subir un pequeño escalón"... Más que nada porque no pienso poner doble techo.
Gracias de antemano a tod@s.

11 Respuestas

Buenas tardes Miguel Ángel.
Mientras el inodoro se mantenga en un radio de unos 100 cms aproximadamente alrededor de la bajante, no habría excesivos problemas para hacer el cambio, si bien es cierto que al ser la última vivienda de la vertical de saneamiento, en función de como esté construida dicha bajante, por dónde discurra y márgenes que tenga, podría acomodarla a sus necesidades, contando con que es una parte de instalación común del edificio y que deberá comunicarlo en junta de propietarios y garantizar que no se producirán daños ni prejuicios a terceros.
Resolviendo la evacuación del aparato más delicado, que es el inodoro, ducha, bidé y lavabo suponen menos problemas.
La solución del escalón, es posible, de hecho es una opción que tenemos abierta en una vivienda en zona Lavapiés a comenzar en breve, pero personalmente, en su caso creo que no lo necesitaría, no obstante, le recomiendo lo consulte con un técnico viendo la vivienda in situ.
Si se trata de la Comunidad de Madrid o Guadalajara, puedo estudiar su caso. Puede solicitar contacto a través del perfil profesional compás y cartabón, usando la casilla Pide Presupuesto Gratis, Habitissimo generará el contacto.
Gracias. Un saludo.

Muchas gracias.
Ya lo ha visto un técnico y a falta de un estudio más exhaustivo si parece posible. Está a 1 metro exacto, y lo del escalón se hará de cualquier forma.

Gracias a usted.
Me alegro que parezca viable.
Suerte con el proyecto. Un saludo.


El problema es que al cambiar su ubicación del inodoro es el desagüe que hay que llegar a la bajada por lo cual al no haber espacio por dónde llevar no hay falso techo en el piso de abajo depende de la dirección de las vigas del forjado para poderlo encontrar en el forjado y llevarlo hasta la bajada un saludo
Muchas gracias por su respuesta

pues la ducha, si la quieres poner donde esta le mesa, lo tienes dificil, porque se tendria que pasar el desagüe por el piso inferior y seguro que no tienen falso techo en ese trozo, porque puede ser otro salon como el tuyo
Muchas gracias por la respuesta.
El cambio es al revés... las flechas indican donde estaba cada elemento, no donde los pienso poner.
De todas formas, supongo que para el caso, La problemática será la misma.

Buenos días Miguel Ángel.
Casi siempre se puede hacer, de una u otra forma, sin embargo seria necesario visitar la vivienda para valorarlo in-situ y concretar las alternativas que se pueden tomar.
Si estás en la Comunidad de Madrid estaré encantado de atenderte. Gracias.

No se puede y no esta permitido un saludo
Muchas gracias, Pero no estoy en Madrid
Por cierto, La respuesta de Nicolás Fotache es el paradigma de la claridad y la sabiduría.
Eso es explicar un tema y lo demás son tonterías.
Lo que si me gustaría es una aclaración acerca de la no permisividad del tema: se trata de una normativa europea, del estado español, de la comunidad autónoma de turno, del municipio en cuestión, o de la correspondiente comunidad de vecinos?
Eso es importante aclararlo, ya que según el rango de acción de dicha normativa, lo mismo tengo suerte y yo puedo hacerlo (crucemos los dedos).
Y por otro lado, respecto a lo de no poder, se refiere a que usted no podría hacerlo? O que no puede hacerlo nadie por ser un tema harto difícil?
Muchas gracias
(Sarcasm mode off)
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