Tamara Barragan Pérez
Tasas de ayuntamiento para abrir peluquería

Quiero saber cómo serian las tasas del ayuntamiento de roquetas de mar para abrir una peluquería.

Tamara Barragan Pérez
Tamara Barragan Pérez preguntó sobre
Licencias
Hace 8 años

Tasas de ayuntamiento para abrir peluquería

Quiero saber cómo serian las tasas del ayuntamiento de roquetas de mar para abrir una peluquería.

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4 Respuestas

Respuestas útiles 3
Juan Antonio
Juan Antonio
Juan Antonio respondió... Método Técnico Ingeniería (Ocaña, Toledo) Método Técnico Ingeniería - hace 8 años

Buenas tardes.

Cierto, pregunta en el ayuntamiento.

Aunque aquí puedes tener una información muy válida, pues es la ordenanza del propio ayuntamiento que fija esas tasas.

static.aytoroquetas.org/public/contenidos/documentos/ordenanzasFiscales/10.pdf

Ojo, ahí viene únicamente la tasa a pagar al ayuntamiento, no el resto de gastos, costes, impuestos, pagos y tasas asociados a abrir una actividad.

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José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez
José Luis Búrdalo Martínez respondió... compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 8 años

Buenas tardes Tamara.

Puede localizar esa información en la web del Ayuntamiento de Roquetas o consultar en el propio Ayuntamiento.

No obstante he sacado de la web los siguientes datos, por si le son de utilidad.

CAPITULO IV: BASE IMPONIBLE Y CUOTA TRIBUTARIA

Artículo 4º.-

1.- La cuota tributaria consistirá en una cantidad fija, por unidad de local, que se determinará en función de la superficie en metros cuadrados construidos de los inmuebles destinados a la actividad de que se trate.

2.- A tal efecto, se aplicará la siguiente Tarifa:

Epígrafe primero: ACTIVIDADES INOCUAS

SUPERFICIE

1º .Hasta 100 metros cuadrados de superficie: 2,00 euros/metro cuadrado

2º .De más de 100 metros cuadrados de superficie: 2,50 euros /metro cuadrado.

Sin perjuicio de los apartados anteriores, se establece una cuota mínima de 125 euros y una cuota máxima de 700,00 euros, cualquiera que sea la superficie.

Epígrafe segundo: ACTIVIDADES ENUMERADAS EN EL ANEXO I DE LA LEY 2/2007 DE GESTIÓN INTEGRADA DE CALIDAD AMBIENTAL

SUPERFICIE

1º .Hasta 100 metros cuadrados de superficie: 3,00euros/metro cuadrado

2º .De más de 100 y hasta 250 metros cuadrados de superficie: 3,50 euros /metro cuadrado.

3º. De más de 250 metros cuadrados de superficie: 4,00 euros/metro cuadrado.

Sin perjuicio de los apartados anteriores, se establece una cuota mínima de 175 euros y una cuota máxima de 1.200,00 euros, cualquiera que sea la superficie.

Gracias. Un saludo.

José Mª Boj de Diego
José Mª Boj de Diego
José Mª Boj de Diego respondió... Consultoría Precamed (Vera, Almería) Consultoría Precamed - hace 8 años

Buenos dias Tamara;

No tengo mucho más que añadir a mis compañeros, salvo ofrecerte mi ayuda para lo que necesites ya que me encuentro en la localidad de Vera en Almería.

Un Saludo;

Habitium
Habitium
Habitium respondió... Habitium (Cornellá de Llobregat, Barcelona) Habitium - hace 8 años

Buenas tardes,

Las tasas varian en funcion de cada ayuntamiento, asi como el tamaño y tipo de local a abrir.

Lo mejor es preguntar el el ayuntamiento correspondiente para saber exactaente caracteristicas y tasas a abonar.

Atentamente,

Habitium

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