¿Qué tipo de licencia necesito para alquilar un local a particulares?

Qué tipo de licencia necesito para alquilar un local a particulares destinado a fiestas infantiles?

La idea es adecuar el local (tengo visto 3 opciones) para poder alquilarlo por horas a particulares para celebraciones, principalmente infantiles. No sé qué pasos debo dar, qué tipo de licencias o permisos necesito?

No es un local que vaya a estar abierto al público, solo se ofrece el alquiler del espacio por horas.

Gracias.

¿Qué tipo de licencia necesito para alquilar un local a particulares?

Qué tipo de licencia necesito para alquilar un local a particulares destinado a fiestas infantiles?

La idea es adecuar el local (tengo visto 3 opciones) para poder alquilarlo por horas a particulares para celebraciones, principalmente infantiles. No sé qué pasos debo dar, qué tipo de licencias o permisos necesito?

No es un local que vaya a estar abierto al público, solo se ofrece el alquiler del espacio por horas.

Gracias.

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1 Respuestas

Respuestas útiles 1
José Luis Búrdalo Martínez
compás y cartabón (Alcalá de Henares, Madrid) compás y cartabón - hace 4 años

Buenas tardes Eliana.

Debe empezar por consultar en su Ayuntamiento si le van a permitir desarrollar ese tipo de actividad, he tenido varios casos, casi cada semana me llega alguna consulta similar a la suya y la opción de alquilar a un tercero, del que el Ayuntamiento no sabe si es buena o mala persona (perdón por el comentario), como que no es algo que el Ayuntamiento vaya a aceptar... de manera genérica, si usted figura como titular del local y de la actividad, usted será la responsable de todo lo que suceda en ese local, lo tendrá que legalizar como si fuese usted quien explotase la actividad recreativa de fiestas de cumpleaños y demás... es más, por mucho que usted crea que no estará abierto al público, en el momento que lo oferta, que lo va a alquilar, que entrará gente y al rato saldrá gente... es un negocio como otro cualquiera, por mucho que alguien quiera desarrollar una fiesta privada, con un aforo limitado (y lo veremos en pocos meses, como todos los años, con las fiestas de Nochevieja, las hay abiertas al público, las hay con aforo limitado a adquisición previa de entradas), el local deberá cumplir con toda la normativa que le corresponda y que esté en vigor.

Así pues, si el Ayuntamiento le autorizase el tipo de actividad, el siguiente paso es buscar un técnico que pueda visitar los locales e indicarle que es lo que deberá hacer, obras y proyecto, ya no solo de adecuación de la actividad para que sea operativa, también de adecuación normativa, accesibilidad, prevención y extinción de incendios, etc.

Además... mucho cuidado con temas como introducir alimentos elaborados o para su elaboración en el local, es más que probable que las Comunidades Autónomas lo consideren cátering y hay que pasar el proyecto por Sanidad y Consumo.

Gracias. Un saludo.

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