En mi comunidad autónoma (Baleares) muchos áticos los cierran total o parcialmente. Tengo entendido que si transcurrido un tiempo después de ejecutar la obra, no ha habido requerimiento de demolición ni sanción, la obra queda autorizada. ¿Es cierto? ¿Cuanto tiempo tiene que transcurrir para ello?
¿Puedo cerrar un ático sin autorización?
En mi comunidad autónoma (Baleares) muchos áticos los cierran total o parcialmente. Tengo entendido que si transcurrido un tiempo después de ejecutar la obra, no ha habido requerimiento de demolición ni sanción, la obra queda autorizada. ¿Es cierto? ¿Cuanto tiempo tiene que transcurrir para ello?
2 Respuestas
Buenas noches.
No es del todo cierto, esto es algo sobre lo que se ha hablado mucho en este foro... que estén cerrados no significa que sean legales o que se hayan legalizado, la Administración puede actuar por un problema de seguridad, chivatazo o a resultas de una sentencia judicial... además de a instancias de catastro, que si se topa con cerramientos, requiere a la autoridad competente en ordenación del territorio para que se ocupe con los propietarios de regularizar la situación.
Sin ir más lejos, dentro de un par de semanas me toca juicio como perito por un cerramiento de terraza... estoy seguro que en cuanto salga la sentencia, el Ayuntamiento "va detrás"...
Un saludo.

Lo principal es conocer el porcentaje de edificación que dispone y si ya lo a alcanzado o lo supera. De no superarlo, la mayoría de los ayuntamientos solicitan un proyecto y sus correspondientes tasas para poder realizarlo.
Además, deberá actualizar los metros del catastro y pagar el IBI de acuerdo a la nueva superficie.
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