Hay alguna normativa en Tarragona capital que previa la autorización de la comunidad de vecinos pueda impedir ampliar un salon cerrando con aluminio un balcon o terraza?
¿Hay alguna normativa en Tarragona que previa la autorización de la comunidad de vecinos para cerrar con aluminio un balcon o terraza?
Hay alguna normativa en Tarragona capital que previa la autorización de la comunidad de vecinos pueda impedir ampliar un salon cerrando con aluminio un balcon o terraza?
8 Respuestas
las terrazas y balcones son comunitarias de uso privativo ,la comunidad debe darte permiso, si algun vecino ya lo ha hecho y nadie ha dicho nada , se considera precedente y tienen que dartelo. Por otro lado no puedes aumentar la superficie de la vivienda sin permiso del ayuntamiento, que no te daran. tan solo puedes pedir permiso a los vecinos para evitar cualquier denuncia a posteriori y rezar para que el ayuntamiento haga la vista gorda, mi consejo es que si lo haces no realizes mucha inversion , es posible que tengas que retirarlo y si has gastado mucho dinero duele mas . siempre queda lo de poner unas velas a la patrona y tener fe.
Antes de hacer nada asegurate de que la estructura de soporte tenga resistencia suficiente.
Como solucion que a veces es valida ( averigua en tarragona) mirate los cerramientos de terrazas sin estructura , tan solo con vidrio , estan homologados en algunos ayuntamientos.
Como muy bien explica mi anterior compañero el cierre de una terraza computa como ampliación de superficie construida y casi nunca son autorizables por parte del Ayuntamiento (si bien hay muchas así).
Otra cosa es si dispones del permiso de los vecinos para hacerlo que te arriesgues sin solicitar licencia al Ayuntamiento, el riesgo está en que cambie algún vecino, le moleste y te denuncie, ante esto el Ayuntamiento te ordenará retirarlo.
Un saludo.
Amparo
Efectivamente Amparo, tienes mucha razón.
Un saludo.
Buenas tardes Buenaventura.
Así a bote pronto... normas urbanísticas municipales, medición de superficies construidas (Catastro)...
Toda ganancia superficial de incorporación de terrazas y espacios exteriores (tendederos, porches) a viviendas son ilegales de base... cierto que España está llena de terrazas cerradas, pero también es cierto que cuando un Ayuntamiento por el motivo que sea, fija su mirada en una vivienda de un bloque, se lleva por delante el bloque entero (tengo una no-cliente (pues no se pudo hacer nada cuando me llegó su caso) que tras años litigando con el Ayuntamiento de Madrid, no le quedó otra que abrir la puerta de su casa (con sentencia judicial firme) y permitir el desmontaje de su cerramiento de terraza de planta ático, con costes subsidiarios).
En su Ayuntamiento le informarán con mayor detalle si puede o no puede hacerlo, básicamente hay tres casos:
1.- Si la terraza es completamente exterior (sobresale de fachada por completo) la superficie de la terraza no computa catastralmente por lo que es como si "no existiera" como suelo pisable, cualquier cerramiento no es legalizable.
2.- Si la terraza está cerrada verticalmente por dos planos (plano de fachada y otra pared lateral) la terraza computa superficie construida al 50 %, un cerramiento de la mitad de la superficie sería legalizable siempre que de proyecte cumpliendo normativas y además, cumpla con los estatutos de la comunidad de propietarios.
3.- La terraza está cerrada por tres planos verticales, es decir, tipo tendedero... la terraza solo tiene una cara exterior, esa terraza computa superficie al 100 % por lo que es legalizable su cerramiento completo proyectado según normativas urbanísticas y conforme a estatutos de la comunidad de propietarios.
Los estatutos de las comunidades NO APORTAN LEGALIDAD URBANÍSTICA, que una comunidad decida por mayoría, en junta e incluso se incorpore en estatutos que, por ejemplo,... el edificio crezca hacia el exterior 2 mts para ganar superficie y además, con la fachada pintada de amarillo chillón (todo esto es un ejemplo para que sea fácilmente compresible), no autoriza de manera automática nada... la legalidad de las propuestas primero tiene que ser municipal, después del los copropietarios.
Gracias. Un saludo.
Debieras hablar con el ayuntamiento y explicar que es lo que quieres hacer y en que edificio mostrandole fotos de la fachada y explicando los materiales que vas a utilizar y la obra a realizar. Ellos deben dar el permiso de obra.
Completamente de acuerdo con José Luis y Amparo. Sin embargo, me gustaría matizar lo siguiente:
Tu pregunta hace referencia a la autorización de la comunidad de propietarios; pues bien, en ese sentido debo decirte que el cerramiento de una terraza afecta a la fachada en cualquiera de los casos que ha descrito José Luis. La fachada es un elemento común del edificio y como tal, para cumplir con la Ley de la Propiedad Horizontal, debe aprobarse por la comunidad de propietarios; salvo en el caso de que en los estatutos de la comunidad y/o en la escritura de división horizontal ya se haya regulado el cierre de estas terrazas.
En algunos casos puede ocurrir incluso que las terrazas sean también elementos comunes; pero cuyo uso y disfrute se otorga a alguna de las viviendas. Esto es más frecuente en los patios de luces, en los que el uso de dicho patio se asigna a una vivienda pero el patio en sí es un elemento común. Pero en cualquier caso, la fachada sí es un elemento común y por lo tanto es obligatorio contar con el permiso de la comunidad de vecinos.
Por ponerte un ejemplo similar, aunque sea la fachada de tu piso tú no puedes unilateralmente decidir pintarla de otro color. Pues en este caso igual.
En conclusión: necesitas el permiso de la comunidad y el permiso del Ayuntamiento. Sin ellos te arriegas a tener un problema en el futuro...
Claro Juan. Efectivamente tienes razón, pero por mucho que la comunidad de propietarios lo autorice y en los estatutos así lo reflejen, éstos no pueden ir contra la normativa urbanística.
1º Ayuntamiento / 2º Comunidad de Propietarios.
Un saludo.
...de hecho, tengo un caso en Madrid dónde hemos sido los primeros que han hecho las cosas bien y hemos comunicado con proyecto y solicitud de licencia un cambio de ventanas y el técnico municipal de Cuidad Lineal (hasta ahí puedo leer...) se personó en el bloque, miró para arriba y ha solicitado a la comunidad criterio ajustado a normas urbanísticas para justificar el resto de carpinterías (un glosario de ellas, PVC, aluminio... bronce, blancas, doradas...) de modo que nuestra obra está legalizada y aprobada y el resto del bloque tiene un serio problema.
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