Buenos días:
Hace pocos días he adquirido una vivienda y estoy un poquito pérdida.
Tengo que hacer reforma por que la vivienda es muy antigua, la idea es poner suelo nuevo, tirar dos tabiques y hacer uno, cbiar las ventanas, chapar cocina y baño y quitar el gotele y pintar.
No se si esto se considera obra mayor o menor, ya que afecta a la distribución.
Por otro lado al intentar dar de alta los suministros me solicitan la licencia de segunda ocupación, la cual no tengo. Por lo que me han dicho si la casa no esta en condiciones no me la da, ¿tengo que pedirla antes o después de hacer la reforma?.
¿Alguien podría ayudarme con los pasos a seguir? La vivienda se encuentra en valencia capital.
Muchas gracias de antemano.
¿Qué pasos debo seguir para solicitar licencia de segunda ocupación y permiso de obra?
Buenos días:
Hace pocos días he adquirido una vivienda y estoy un poquito pérdida.
Tengo que hacer reforma por que la vivienda es muy antigua, la idea es poner suelo nuevo, tirar dos tabiques y hacer uno, cbiar las ventanas, chapar cocina y baño y quitar el gotele y pintar.
No se si esto se considera obra mayor o menor, ya que afecta a la distribución.
Por otro lado al intentar dar de alta los suministros me solicitan la licencia de segunda ocupación, la cual no tengo. Por lo que me han dicho si la casa no esta en condiciones no me la da, ¿tengo que pedirla antes o después de hacer la reforma?.
¿Alguien podría ayudarme con los pasos a seguir? La vivienda se encuentra en valencia capital.
Muchas gracias de antemano.
5 Respuestas
Buenos días Belén.
A falta de conocer la normativa específica de Valencia, que seguro algún compañero de allí nos podrá aclarar, pues cada Ayuntamiento es competente en la ordenación de su territorio y establece sus normas y tributos, por lo general, si se cambia distribución interior pero no afecta a elementos estructurales ni cambia la volumetría de la vivienda, se considera obra menor y se puede tramitar mediante acto comunicado, declaración responsable, etc... hay varias formulas.
En cuanto a la cédula o licencia de segunda ocupación / habitabilidad, es algo que tiene que realizar un técnico competente en materia de edificación, arquitecto o arquitecto técnico / aparejador y, sinceramente, si la intención es hacer una reforma de calado, insisto, salvo que en Valencia se especifique algo concreto que desconozca; mi consejo es que lo haga después de la reforma... pero que disponga de técnico antes de empezar dicha obra.
El técnico tiene que garantizar y certificar que la vivienda tiene y cumple unas condiciones mínimas de seguridad, estabilidad, distribuciones y espacio mínimos necesarios, con superficies mínimas necesarias, salubridad, etc... si usted cuenta con un técnico para el control y desarrollo de la obra, planificación, etc, usted se estará garantizando en fase de proyecto / planificación y ejecución de obra que, posteriormente podrá cumplir el trámite administrativo necesario.
Por mi perfil técnico, evidentemente, siempre recomiendo la presencia de un técnico de parte de la propiedad en obras de reforma aunque no se traten de obras LOE, pues puede llegar a ser de gran ayuda, control de facturación, materiales, de ejecución de obra, disponer de constancia y figura de técnico-perito en caso de problemas y, por supuesto, aunque sea una obra menor, dejar rastro documental en la Administración, nunca se sabe cuando puede ser necesario, así pues, aunque sea una obra menor, le recomiendo que busque un técnico que le asesore, máxime cuando tiene una tramitación administrativa a posteriori.
Ayer sin ir más lejos, visitaba a un particular al que le ha llegado un requerimiento en Alcalá de Henares por una denuncia de su vecino de arriba por humos desde la terraza (por supuesto, cerrada y fuera de normativa), la denuncia de hace dos años, el requerimiento llega en 2017 y se encuentra con un plazo de dos meses para presentar un certificado técnico de las obras realizadas (sobre las que denuncia el vecino)... no hay licencia ni de obra menor, no hay facturas, no hay nada... pero ahora el particular se encuentra con una orden de ejecución.
No arriesgue.
Gracias. Un saludo.

Hola Belén, la reforma que quieres hacer es obra menor, se tramita por Comunicación Previa y se pagan unos 140€ de tasas.
La segunda ocupación puedes obtenerla antes o después de la reforma, necesitas un certificado de habitabilidad firmado por un arquitecto donde se dice que cumple las condiciones para poder llamarse vivienda. Para las altas, puedes pedir un alta de obra y después la definitiva, es más caro pero te aseguras de que todo irá bien ya que si pides la definitiva con un certificado de la vivienda actual, puede que hayan partes de la instalación que no cumplan y el técnico de iberdrola te diga que cambies cosas y al final te cueste más dinero.
Suerte, un saludo.
Buenos días, lo ideal, en el caso que la vivienda sea habitable aunque esté antigua es solicitar primero la Licencia de 2ª ocupación en el Ayuntamiento (se puede realizar vía telemática) y se paga una tasa en función de los m2, que para una vivienda de 100m2 está sobre los 15€, más el certificado del técnico competente necesario para la tramitación; de esta manera podrías dar las altas de agua y luz que te vendrán bien para realizar las obras.
En cuanto a las obras, si el edificio no está catalogado se trataría de obra menor, donde se debe aportar certificado de superposición de pavimento y compromiso de mantener las dimensiones y color de los huecos de la carpintería exterior a sustituir.
Para mas datos y presupuesto puedes ponerte en contacto conmigo.
Buenos días Belén,
coincido con todo lo dicho por mis compañeros y el consejo es el mismo.
Sólo precisar "un par de detalles". Los técnicos no damos las licencias de habitabilidad u ocupación, eso es el Ayuntamiento correspondiente, nosotros hacemos "un informe técnico" para la solicitud de esas licencias, que acompañado de otros documentos, (en mi localidad se pide el último recibo del IBI, por ejemplo), se entrega en dicho Ayuntamiento.
Para los suministros de electricidad y agua que también comenta, recuerde que también necesitará los "boletines de enganche" firmados por los instaladores homologados (electricista y fontanero) que le hayan hecho dichas instalaciones.
Lo dicho, póngase en manos de un Técnico, como le aconsejan mis compañeros, y déjese guiar.
!! Que para eso estamos !!
Un saludo
SMBEstudio
Como muy bien indica mi compañero en su respuesta anterior, el consejo es que contacte Vd. con un arquitecto técnico a aparejador, el mismo le aconsejara si la distribución que Vd. quiere realizar en la vivienda cumple con habitabilidad y una vez realizadas las obras el mismo puede emitir la cédula de habitabilidad o segunda ocupación. También imagino que el técnico al cual realice el encargo le dirá que previamente hay que presentar un proyecto técnico con asume de obras al Ayuntamiento para que pueda tener esta obra legalizada.
Un saludo.
Amparo Comes
Escoge un tipo de trabajo

Contacta al instante con personas que buscan en tu zona a profesionales expertos en construcción, reformas, instalaciones, mudanzas, arquitectos, etc.