Hola, me gustaría que me orientasen sobre un cerramiento de terraza. Mi idea es realizar un cerramiento de aluminio y tirar el muro que separa la terraza con el dormitorio. Ya he solicitado y está concedida la licencia de obra. En la comunidad ya se han realizado cerramientos similares y en acta de reunión de la comunidad se daba permiso para realizar cerramiento con aluminio y no de obra en las terrazas. Mi pregunta es si necesito un nuevo permiso de la comunidad para quitar ese muro que separa la terraza con el dormitorio para integrarlo en él, ya que lo que modifica la fachada será el cerramiento y ya está aprobado. Adjunto fotografías , en el plano señaló en rojo el muro a quitar y en azul donde iría el cerramiento y en la fotografia aparece un cerramiento que ya ha hecho un vecino.
¿Es necesario un permiso para incorporar la terraza en el dormitorio?
Hola, me gustaría que me orientasen sobre un cerramiento de terraza. Mi idea es realizar un cerramiento de aluminio y tirar el muro que separa la terraza con el dormitorio. Ya he solicitado y está concedida la licencia de obra. En la comunidad ya se han realizado cerramientos similares y en acta de reunión de la comunidad se daba permiso para realizar cerramiento con aluminio y no de obra en las terrazas. Mi pregunta es si necesito un nuevo permiso de la comunidad para quitar ese muro que separa la terraza con el dormitorio para integrarlo en él, ya que lo que modifica la fachada será el cerramiento y ya está aprobado. Adjunto fotografías , en el plano señaló en rojo el muro a quitar y en azul donde iría el cerramiento y en la fotografia aparece un cerramiento que ya ha hecho un vecino.

4 Respuestas
Buenos días Margarita.
Tal como comenta Jesús, depende de cada Ayuntamiento y, depende de lo que hayan acordado en Junta de Propietarios, me explico con un ejemplo exagerado y ridículo, pero que espero haga comprensible mi explicación... una Junta de Propietarios puede acordar pintar toda la fachada de color rosa chicle, o sacar todas las terrazas un metro más... total, en la calle hay sitio, lo acuerdan, lo votan y lo incorporan a actas o en el mejor de los casos, a los estatutos, pero, si ese acuerdo va contra las normativas municipales, no tiene validez alguna.
Por ejemplo, en Madrid (capital) los acuerdos de modificaciones exteriores de fachadas y elementos comunes se les tiene que dar forma mediante Proyecto de Conjunto y, tiene que ser registrado y aprobado por el Ayuntamiento para que surta efecto y validez (urbanística y jurídica); no son pocos los casos que ya han pasado por mis manos y como el criterio de acabados suele ser el que cada propietario considerase que era el mejor para su casa en su terraza en su fachada sin saber que ni si terraza ni su fachada son completamente suyas, pues se montan unos líos y problemas tremendos que por desgracia, muchas veces acaban costando dinero, pues hay que desmontar, recolocar, etc... para alcanzar un criterio lo más común posible y sobre todo, que sea legal y urbanísticamente viable.
Por ejemplo, en la imagen que usted adjunta (por cierto, el proyecto de conjunto y criterios también se aplica a toldos, en la fotografía veo que son iguales, pero este verano, en Alcalá de Henares, me he encontrado con dos solicitudes de certificado técnico de ejecución y seguridad de los anclajes y fijaciones... que si se descuida, el informe cuesta más que el toldo y es que en el fondo, el Ayuntamiento lo que quiere es tener una firma y un seguro de responsabilidad sobre ese toldo (o sobre todos los posibles) por si acaso un día el toldo sale volando, se precipita y sucede algo), en la terraza superior (que desconozco si es la suya que quiere cerrar) hay un equipo de aire acondicionado que, está dentro de la terraza (eso estaría correcto) pero a la vista desde el exterior (eso no sería correcto) y, si esa terraza fuese la suya, a la hora de cerrarla, ya tendría un problema por ver dónde se coloca ese equipo.
Por otro lado, en su caso concreto, la eliminación del cerramiento de fachada es una modificación estética de la fachada común del edificio, urbanística y catastralmente tiene un cómputo determinado que pertenece / entra en el IBI de su vivienda, pero sin embargo, es un elemento común del edificio que teóricamente, no puede eliminar. Es evidente que tras el cerramiento del vecino de la fotografía, no se puede saber si se ha eliminado o no la fachada, pero legalmente, no podría hacerlo y el Ayuntamiento no concedería esa licencia, pues solo sería viable en las condiciones que indiqué al principio, el cerramiento exterior según acuerdo, proyecto de conjunto o lo que pida su Ayuntamiento.
Gracias. Un saludo.

Gracias por las respuestas.
Como tenía muchas dudas al respecto, esta misma mañana he hablado con el arquitecto del ayuntamiento de mi ciudad y me ha confirmado que no preciso más permisos de la comunidad para retirar ese muro , ya que ya tenemos acta de la comunidad para realizar el cerramiento en aluminio blanco, con lo que la configuración exterior ya se ve alterada.
Mi piso no es el que tiene el aire acondicionado, está situado en otro bloque con la misma configuración que el que aparece ahí cerrado.
Gracias a usted Margarita.
En muchos casos (y Ayuntamientos) es recomendable o se pide que quede constancia de esos acuerdos de comunidades, lo digo, por si fuese su caso (de su edificio), sin llegar a lo que exige el Ayuntamiento de Madrid, por ejemplo, con el proyecto de conjunto, pero si es posible y viable registrar una copia de determinadas actas o acuerdos que afecten a fachadas, elementos de la misma susceptibles de desprendimientos y demás... etc, lo dicho, puede llegar a ser conveniente, que llegado el caso, sea el Ayuntamiento el que les diga "oigan esto si, pero esto otro no..." o no, dependerá luego de cada Ayuntamiento, de cada caso.
Gracias. Un saludo.

Buenas tardes,
Dependiendo de cada ayuntamiento, en un principio necesitas un proyecto de obra menor donde se incluyan planos actuales y reformados, una pequeña memoria descriptiva y un presupuesto de ejecución sobre el que se pagará la correspondiente tasa. No deberías empezar la obra hasta tener la licencia. Si ya lo tienes todo no tienes más problemas.
Respecto a la comunidad solo afecta a fachada. Si autoriza a realizar su cerramiento el muro ya queda en el interior de tu vivienda y no necesitas un nuevo permiso.
Por otra parte y si el ayuntamiento no te pone impedimento, deberías actualizar el catastro y pagar los futuros IBI conforme a los nuevos metros. De esta forma tendrás totalmente legalizada la obra.
Un saludo.
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