¿Se puede quitar esta columna de carga hasta el suelo?

Por lo que se, es una columna muy importante que sujeta y carga la estructura de los pisos pero no creo que haga falta que este hasta esta altura en la terraza que podria estar hasta la altura del suelo

¿Se puede quitar esta columna de carga hasta el suelo?

Por lo que se, es una columna muy importante que sujeta y carga la estructura de los pisos pero no creo que haga falta que este hasta esta altura en la terraza que podria estar hasta la altura del suelo

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9 Respuestas

Respuestas útiles 6
Particular - hace 1 año

buena tardes, todo hace indicar que es una punta de un pilar de carga , pero antes de manipular aconsejaría que le diera el visto bueno un arquitecto técnico sobre los planos del edificio . un saludo

Particular - hace 1 año

Reafirmar lo anteriormente comentado por los compañeros y resaltar que los elementos estructurales de los inmuebles son propiedad de la Comunidad de propietarios por lo que está obligado a comunicar cualquier actuación o defecto en ellos a la Comunidad, de lo contrario se le derivará toda la responsabilidad.

Consulte con un Arquitecto, es lo más responsable y coherente.

Saludos!

Particular - hace 1 año

Si es un elemento importante como usted dice, la respuesta es clara, no puede. Pero a mi me parece mas un pilar de obra para sujetar los petos, igualmente tampoco podría.

Particular - hace 1 año

Lo mejor acudir al proyecto principal o hablar con un arquitecto antes de ejecutar nada.

Y como dijo....que es un elemento muy importante, yo ni la tocaría.

Saludos.

Rouco Álvarez Carpintería

Particular - hace 1 año

Buenas tardes.

La única forma que tiene de saber la importancia es acudir al proyecto original del edificio, o que un técnico lo pueda ver in situ, o puede que incluso las dos cosas.

Si usted afirma que es un elemento MUY IMPORTANTE, sobra el argumento posterior de NO CREO QUE HAGA FALTA... pero como supongo no lo puede saber a ciencia cierta, lo dicho, acuda a un técnico (arquitecto o arquitecto técnico de su ciudad o provincia) y a lo mejor in situ puede saber que es (yo tengo una opinión pero por prudencia me la tengo que reservar) o si tiene duda dicho técnico, le dirá que solicite acceso al proyecto.

Eso sí, si finalmente es un elemento estructural y está calculado para que funcione como está ejecutado, es un elemento común, ya sea MUY IMPORTANTE o no, es un elemento estructural y común de todo el edificio, independientemente de que esté en su terraza, no es de su propiedad por lo que no podrá alterarlo.

Saludos.

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